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Condenaron a una pareja que vendía drogas en Gauchito Gil

El fiscal penal de UFINAR, Gustavo Torres Rubelt, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia desarrollada en la Sala IV del Tribunal de Juicio, que condenó a un hombre y una mujer por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Néstor Alberto Durán, fue condenado a la pena cinco años de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de autor, mientras que Sonia Esther Carabajal, fue condenada a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional por el mismo delito, en carácter de partícipe secundaria.

Las actuaciones de la Unidad Fiscal contra la Narcocriminalidad, iniciaron tras la recepción de denuncias anónimas registradas en la página web del Ministerio Público Fiscal, en las que se indicó que Néstor Alberto Durán, alias “Cordobés” y Sonia Esther Carabajal, comercializaban estupefacientes en inmediaciones de su vivienda ubicada en barrio Guachito Gil, de la Ciudad de Salta.

Un allanamiento autorizado por el Juzgado de Garantías interviniente realizado el 11 de marzo pasado, permitió la detención de los acusados y el secuestro de 99 envoltorios con cocaína y sus derivados y de dos cigarrillos de marihuana.

También fueron secuestrados elementos para acondicionar el estupefaciente como, tijeras y cuchillos; teléfonos celulares y dinero en efectivo por un total de $23.330.

Tartagal: Imputaron al conductor del camión por el siniestro en el que murió un motociclista

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas de Tartagal, Gonzalo Ariel Vega, imputó provisionalmente a Oscar Hugo Mendoza, de 68 años, por el delito de homicidio culposo en accidente de tránsito, en grado de autor y en perjuicio de José María Salazar. Durante la audiencia de imputación celebrada por videollamada este lunes, Mendoza, asistido por su defensa particular, optó por declarar. Permanece detenido.

La intervención del fiscal penal Gonzalo Ariel Vega, se produjo a partir de las actuaciones del personal de la Comisaría 42 de Tartagal, en las que consta que el pasado 21 de agosto, cerca de las 9, la víctima se desplazaba como acompañante en una moto Zanella negra de 150 cc, que circulaba por la avenida 20 de Febrero de la ciudad de Tartagal.

Al llegar a la esquina con calle España, el conductor de la moto intentó sobrepasar a un camión Chevrolet 6500 conducido por Oscar Hugo Mendoza, quien según consta en el decreto de imputación, circulaba en el mismo sentido que la moto e inició un giro sin observar debidamente las circunstancias generales del tránsito.

Al notar el conductor de la moto la maniobra imprudente del camión, frenó rápidamente e hizo derrapar el motovehículo, que impactó con el vehículo de mayor porte.

El conductor de la moto pasó por debajo del camión y salió por su lado derecho sin sufrir lesiones, mientras que el acompañante Salazar fue alcanzado por las ruedas traseras del camión y murió como consecuencia de politraumatismos gravísimos.

Para formalizar la acusación, el fiscal penal Gonzalo Ariel Vega, tomó en consideración el informe policial realizado por el personal de la División de Infantería y del Centro de Video Vigilancia, y las pericias de rigor realizadas por Criminalística, que permitieron esclarecer la mecánica del siniestro.

Investigan daños y posible construcción de una pista de enduro en el Parque Natural

El fiscal penal 1, Ezequiel Molinati, tomó intervención en la investigación originada tras la denuncia radicada en la Subcomisaría de barrio Castañares por la subsecretaria de Espacios Verdes de la Municipalidad de Salta, Constanza Colorito. Hoy tomará declaraciones testimoniales, mientras se concretan otras diligencias tendientes a esclarecer responsabilidades.

La funcionaria realizó la denuncia tras tomar conocimiento por vecinos y alertó que el pasado 18 de agosto, un grupo de motociclistas ingresó sin autorización a la reserva Parque Natural de la Ciudad, ubicada al noreste de la ciudad de Salta, que forma parte del tramo central de las Sierras de Mojotoro.

La situación tomó estado público a través de los medios de comunicación y redes sociales, a través de las cuales se viralizaron protestas y la convocatoria para reunir firmas a través de la plataforma Change.org, con el fin de oponerse al emplazamiento de la pista de enduro.

Uno de los vecinos describió que un grupo de diez personas, todos hombres a bordo de motocicletas tipo motocross y con un líder definido, ingresó de manera violenta al parque natural y causaron daños.

El fiscal penal Ezequiel Molinati, dispuso una serie de medidas tendientes a esclarecer los hechos y responsabilidades sobre los daños ambientales ya producidos.

Investigan la muerte de una menor wichí de Pacará

Las actuaciones en torno a la situación de la menor embarazada, integrante de una comunidad wichí de Pacará, del departamento General José de San Martín, y que posteriormente falleció en el hospital de Tartagal, iniciaron de oficio el 11 de agosto pasado, en función del supuesto abuso sexual sufrido por la menor. La Fiscalía de Graves Atentados contra las Personas de Tartagal intervino a partir de la muerte del feto y el posterior fallecimiento de la niña.

La investigación penal en torno a la situación de la menor, de 14 años, se originó el 11 de agosto pasado y de oficio, en la Fiscalía Penal de Violencia Familiar y de Género de Tartagal, ante la posibilidad de abuso sexual. En ese marco, y dado que los padres de la niña declararon que convivía con su pareja desde hacía más de un año -un menor de 16 años-; el fiscal penal 2, Rafael José Medina –interino en la Fiscalía de Violencia-, pidió la inmediata intervención de la Asesoría de Menores, del Juzgado de Menores y del Juzgado de Violencia Familiar y de Género de Tartagal.

Mientras se diligenciaban las medidas solicitadas por la Fiscalía de Violencia -en el marco de la investigación por la supuesta comisión del delito de abuso sexual-, se produjo la muerte del feto, posiblemente por un cuadro de preeclampsia (caracterizado por presión arterial alta y signos de daños en otros sistemas de órganos, más frecuentemente el hígado y los riñones), y la niña fue intervenida quirúrgicamente. Entonces, se dio intervención a la Fiscalía de Graves Atentados de Tartagal, a cargo del fiscal penal Gonzalo Vega, quien investiga las causas de muerte del feto, para determinar si la preeclampsia fue determinante o se avanza en la hipótesis de una caída, como trascendió públicamente.

La Fiscalía de Graves Atentados solicitó el secuestro de la historia clínica el 11 de agosto pasado, y la medida fue autorizada por el Juzgado de Garantías interviniente, pero los profesionales del hospital Juan Domingo Perón respondieron que la necesitaban mientras la menor siguiera bajo tratamiento, en terapia intensiva. El fallecimiento de la niña se produjo este martes 17. La orden del secuestro de la historia clínica se hará efectiva este viernes, mientras se llevan adelante otras diligencias tendientes a esclarecer el posible abuso sexual y las causas de muerte del feto y la menor.

Piden el juicio contra un abuelastro abusador

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, requirió ante el Juzgado de Garantías 5, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 60 años, acusado del delito de abuso sexual simple agravado por la guarda.

Del requerimiento, surgió que el acusado aprovechó el trato familiar que tenía con la menor, al ser padrastro del padre de la niña y ostentó la condición de guardador de la niña, para someterla a tocamientos sobre sus partes pudendas.

Los hechos así descriptos fueron corroborados con la declaración de la víctima en circuito cerrado de televisión y su relato previamente expuesto a su grupo familiar.

A su vez, las conclusiones de las pericias psicológicas a las que la víctima debió someterse, dieron cuenta del daño psíquico que presenta, al tiempo que descartaron indicadores de mendacidad o confabulación.

La denuncia fue radicada en abril de 2018, por el padre de la niña, de 7 años en ese momento.

En sus fundamentos, el fiscal penal Rodrigo González Miralpeix, sostuvo que el acusado se valió de su superioridad física y de la diferencia de edad existente, como así también de la guarda que tenía sobre la menor, para perpetrar serios acometimientos en su contra, lo que vulneró su libertad, dignidad e integridad sexual.

Piden juicio contra un productor de modas por seis víctimas de abuso sexual

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, requirió ante el Juzgado de Garantías 8, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a Pablo Marcelo Rangeón, acusado de abusar sexualmente de seis víctimas.

Rangeón fue imputado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de S.G., abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C.F.R., abuso sexual con acceso carnal y estafa en perjuicio de P.J.P., abuso sexual simple en perjuicio de M.L.B., abuso sexual simple continuado en perjuicio de M.P.G. y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C.A., todo en concurso real.

El accionar delictivo del acusado se corrobora con las denuncias de las seis víctimas, que fueron ratificadas en la Fiscalía, declaraciones testimoniales e informes psicológicos de las víctimas, que dan cuenta de los indicadores de experiencias traumáticas compatibles con una vivencia disruptiva en la sexualidad de las mismas.

A su vez, el accionar del imputado fue corroborado por el informe psicológico, que dio cuenta que su mundo pulsional interno, -es decir, aquello instintivo que lo empuja a desenvolverse-, es capaz de salirse de control, desviarse, en especial cuando lo afectivo y emocional está en juego.

Y destaca que persisten aspectos inmaduros e infantiles y parcializados, que no ha podido integrar convenientemente en su psicosexualidad, a la vez que se aprecia una representación psíquica indefinida de sí mismo.

Coacción con arma de fuego y amenazas: Imputaron al diputado Orozco y a un efectivo policial

La Unidad Fiscal conformada por Verónica Simesen de Bielke y Gabriel Alejandro González, imputó provisionalmente al diputado del departamento de Rosario de la Frontera, Gustavo Orlando Orozco, por los delitos de coacción agravada por el uso de arma de fuego, en perjuicio de una víctima, en concurso real con el delito de amenazas, en perjuicio de otra. Durante la audiencia de imputación celebrada este miércoles, Orozco, asistido por su defensa particular, optó por declarar.

Previamente y en el marco de la misma causa, el efectivo policial Sergio Gustavo Guzmán, fue imputado por el delito de coacción agravada por el uso de arma de fuego.

Las actuaciones de la Unidad Fiscal iniciaron tras la denuncia radicada por la primera víctima, a través del Sistema de Denuncias Web.

Del decreto de imputación, surgió que el 1 de julio del corriente año, cerca de las 15, mientras la primera víctima circulaba con su moto por Avenida Palau, esquina Juan Carlos Dávalos de Rosario de la Frontera, fue interceptado por varios pegatineros, por lo que frenó su marcha.

En ese momento, Orozco junto con el efectivo policial Sergio Gustavo Guzmán, se le acercaron y le anunciaron un mal futuro, cierto y posible con el fin de obligar a hacer algo en contra de su voluntad, al expresarle que “iban a meterle un tiro si no levantaba las denuncias”, radicadas previamente.

La conducta se agrava debido a que para infundir temor, ambos exhibieron un arma de fuego, por lo que menoscabaron la libertad o tranquilidad de espíritu al procurar crear una sensación de inseguridad en la victima.

En relación al segundo hecho, se verifica a prima facie que el 28 de julio, el imputado Orozco llegó al domicilio de la segunda víctima, también ubicado en la ciudad termal, para proferirle amenazas, al decirle “te voy a hacer cagar, no te vas a salvar”… “te voy a encontrar en la calle y te voy a matar”, por lo que también le anunció un mal futuro, cierto y posible con el fin de infundirle temor.

La audiencia de imputación debió ser postergada en distintas oportunidades, debido a que no fue posible dar con el legislador para notificarlo y por la posterior presentación de un certificado médico por “lumbalgia”. Si bien la última citación oficial fue convocada para el viernes 20 del corriente mes, el acusado se presentó este miércoles en la Fiscalía Penal de Derechos Humanos.

Importante capacitación en Biología Molecular Forense

La Escuela del Ministerio Público de Salta ofrecerá una capacitación virtual en Biología Molecular Forense, organizada por profesionales del Cuerpo de Investigadores Fiscales.

Desde el lunes 23 de agosto, la capacitación sobre toma, conservación y transporte de muestras biológicas y serología y genética forense, tendrá una duración de dos meses y se dictará los lunes, de 14 a 16.

Los especialistas que capacitarán son Alejandra Guinudinik, Gabriela Liliana D’Anscenzo, Marcelo Luis Parada, Sandra Soledad Ramírez y Silvia Elizabeth Ramírez.

Podrán acceder magistradas y magistrados, funcionarias y funcionarios y profesionales, además de estudiantes del último año de las carreras de abogacía, criminalística y afines, bioquímica, biología y genética.

El primer módulo versará sobre toma, recolección, envío y preservación de muestras para análisis de ADN; muestras dubitadas y de referencia; obtención de alícuotas; deberes y obligaciones de los peritos, y el documento de cadena de custodia.

El segundo, sobre hematología forense; semiología forense e interpretación de perfiles genéticos en evidencias y el tercero, sobre serología y genética forense; obtención de perfiles genéticos en evidencias y factores que influyen en la transferencia de material genético.

El cuarto módulo estará destinado a la valoración del informe pericial en genética forense, la genética de poblaciones, estudios de paternidad y otros vínculos, además del uso de diferentes software y el último, estará dedicado a los estándares de calidad de la evidencia aplicada al análisis de ADN forense, además de los perfiles únicos y mezclas simples y complejas.

Las inscripciones se reciben en http://gestion.escuelampsalta.gob.ar/HjcGAy1Pk=/Formulario-Pre-Inscripcion_1063, a través del el sitio www.escuelampsalta.gov.ar

Imputado por vender cocaína y marihuana en Villa San José

El fiscal penal de UFINAR, Gustavo Torres Rubelt, imputó provisionalmente a Maximiliano Carlos Francisco Franco Cardozo, de 26 años, acusado del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Las actuaciones de la Unidad Fiscal contra la Narcocriminalidad, iniciaron tras la recepción de un informe remitido por la Delegación Salta de la Policía Federal, que puso en conocimiento que el imputado comercializaba estupefacientes en su domicilio, ubicado en Villa San José de la capital salteña.

Una vez reunidos los elementos de convicción necesarios durante la etapa investigativa, se requirió al Juzgado de Garantías interviniente el allanamiento del domicilio, que fue realizado el pasado 13 de agosto.

Al momento de la irrupción, el investigado intentó huir por la medianera del patio interno, maniobra que fue impedida por el accionar policial.

Tras esto, el acusado refirió espontáneamente y en presencia de testigos haber comprado pasta base y marihuana, que estaba distribuía en una mochila guardada en su dormitorio y en su vehículo.

Durante la requisa a la habitación del imputado, fueron encontrados sobre la cama la suma de $78.950, un teléfono celular, una balanza de precisión, varios recortes de nylon y dos con sustancia blancuzca compacta.

En tanto, en el vehículo se encontró una bolsa con sustancia vegetal picada, otros cinco envoltorios más pequeños de la misma sustancia y 11 envoltorios con sustancia blanca.

El narcotest dio resultado positivo para marihuana y cocaína, por lo que se ordenó la detención del acusado.

Por el riesgo de vida de la víctima, el MPF apeló la domiciliaria de Sanz Navamuel

La fiscala penal 2 de Violencia Familiar y de Género, María Luján Sodero Calvet, cuestionó en un recurso la decisión del Juzgado de Garantías 3, a cargo de Ada Zunino, que se le otorgara el beneficio al acusado. Solicitó, además, que se de tratamiento urgente a la causa por tratarse de una situación de violencia de genero considerada de alto riesgo.

La fiscala penal 2 de Violencia Familiar y de Género, María Luján Sodero Calvet, presentó una apelación al Juzgado de Garantías 3 solicitando que se revoque el arresto domiciliario concedido a Matías Sanz Navamuel con vigilancia policial ambulatoria durante el tiempo que dure el proceso y en custodia de Rubén Alejandro Rojas.

En el escrito, Sodero Calvet consideró que se “torna imperativa la revisión de esta decisión” ya que las “particulares circunstancias del caso ameritan la detención del imputado en virtud de existir peligrosidad procesal y también peligrosidad personal”.

«Si bien es sabido que la peligrosidad personal en principio no justifica per se la restricción de la libertad física en esta instancia, en los casos en que se presenten situaciones de violencia de género, tal restricción se impone como medida cautelar en aras de salvaguardar la integridad física, psíquica y hasta la vida de quien viene como víctima”, sostuvo la fiscala penal 2 de Violencia Familiar y de Género y señaló que todo ello se encuentra plasmado en las obligaciones internacionales que ha asumido nuestro país, a través de la Convención de Belem do Pará que coloca en cabeza del Estado el deber de prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género.

Además, recordó que justamente la provincia de Salta declaró la Emergencia Social por Violencia de Género en 2014 y se mantiene a la fecha, “lo que significa evidentemente un deber de especial atención por parte de todos los operadores del Estado (entre ellos los operadores jurídicos, sin duda alguna) a la hora de adoptar cualquier acción o determinación que pueda afectar la seguridad de una víctima o ponerla en riesgo”.

En el recurso de apelación, Sodero Calvet expuso que “se han inobservado absolutamente estas premisas siendo que se trata de un caso de marcada violencia de género, que se ha desarrollado in crescendo de manera sistemática, constante e incesante, que ha derivado en una cantidad enorme de denuncias por parte de la víctima que ha recurrido a la Justicia suplicando medidas de protección reales y eficientes ya que todas las adoptadas previamente resultaron infructuosas y estériles”.

Para sustentar el recurso de apelación presentado, la fiscala explicó que había solicitado la prisión preventiva del imputado pues abrió imputación formal por un número elevadísimo de hechos cometidos en perjuicio de la misma víctima, a saber:

Comisaría 9:
• Ampliación 3: Coacción agravada y desobediencia judicial en concurso ideal;
• Ampliación 6: amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal;
• Ampliación 8: amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso 2 ideal;
• Ampliación 9: turbación de la posesión y desobediencia judicial en concurso ideal;
• Ampliación 10: amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal:
• Ampliación 13: amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso real;
• Ampliación 18: amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal;
• Ampliación 19: amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal:
• Ampliación 20: amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal;
• Ampliación 21: desobediencia judicial;
• Ampliación 22: amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal.
Comisaria 9:
• Amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal,
• Amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal.
• Amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal;
• Amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal.
UOP 9:
• Amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal.

Todo ello, a su vez en concurso real.

A esto se suma que el imputado cuenta ya con un requerimiento de juicio que se halla en trámite por un hecho también en perjuicio de la víctima. Por otra parte, también existen otros antecedentes del imputado por violencia de género hacia otra pareja suya, que se encuentran en trámite en las Fiscalías de Violencia de Género 3 y 5.

La fiscala Sodero Calvet, advirtió, además, que de las denuncias de las dos víctimas surge que los hechos de violencia muestran gran similitud, lo que indicaría que el acusado desarrolla “idéntico modus operandi con las mujeres que forman o formaron parte de su vida, a quienes les profesa un trato sumamente violento que se traduce en agresiones, intimidaciones, atropellos y ultrajes de toda índole.”

“Tales datos no pueden ser inadvertidos a la hora de evaluar la situación de total vulnerabilidad de quien viene como víctima a la par que debe evaluarse el perfil claramente hostigador de quien viene como agresor, quien evidentemente menosprecia a la mujer como tal y desde ese posicionamiento se comporta con ellas agraviándolas permanentemente, lo que pone en evidencia la real situación de violencia de género que se configura”, apuntó en el recurso la fiscala penal.

Respecto al arresto domiciliario concedido, Sodero Calvet puntualizó que no se han dispuesto medidas suficientes para, por lo menos, neutralizar los riesgos y proteger a la víctima, sobre todo cuando se cuenta con elementos fehacientes que dan cuenta de la peligrosidad del imputado, tal como consta en el informe psicológico.

Sobre la vigilancia ambulatoria y el custodio del imputado

Párrafo aparte dedicó la fiscala en su escrito a la medida del Juzgado de Garantías de “disponer una vigilancia policial ambulatoria” en el domicilio donde el imputado cumpliría su arresto domiciliario y la calificó como “carente de razonabilidad” dado que “todos y cada uno de los muchísimos hechos han sido justamente en un contexto de total desconocimiento o desmérito de la autoridad policial ya que esos hechos han sido cometidos mientas la denunciante contaba con consigna policial personalizada…está muy clara la ausencia de respeto del imputado hacia la fuerza de seguridad”.

La fiscala Sodero Calvet también se refirió a la custodia que ejerce quien oficia de caución personal, es decir Rubén Alejandro Rojas, ya que nada se conoce ni se sabe de esta persona “que fue admitido nada menos que como fiador del cumplimiento de las medidas dispuestas, cuando se desconoce por completo su idoneidad para tan trascendente tarea ni tampoco se conocen sus posibilidades reales de cumplir con ese rol”.

En efecto, Sodero Calvet señaló que, según el acta labrada, el Juzgado se limitó a tomar sus datos personales y a interrogarlo sobre su consentimiento para comprometerse a hacer cumplir las medidas que “se dispongan en caso de otorgarse la libertad” al imputado, a lo que respondió afirmativamente, siendo que ni siquiera se le hizo conocer cuáles serían tales medidas que tampoco estaban aún dispuestas.

Además, profundizó en este punto al remarcar que se desconocen los tiempos de los que dispone Rojas para cumplir con la importantísima tarea que le ha sido atribuida así como el hecho de que el cuidador reside, supuestamente, en un domicilio distinto del informado por Sanz Navamuel para el arresto domiciliario.

Entre otros, Sodero Calvet también cuestionó la caución tomada por el Juzgado de Garantías al asegurar que “ha aceptado el citado inmueble como caución real sin haber realizado, tampoco en relación a esto, diligencia alguna que permita evaluar su eventual admisibilidad a través de las constataciones oficiales pertinentes; con lo que en este punto también su decisión carece de fundamentación válida”.

Sodero Calvet finalizó el Recurso de Apelación solicitando que se dé tratamiento urgente a la causa por tratarse de una situación de violencia de genero considerada de alto riesgo.