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Condenaron a una pareja por vender cocaína en barrio Palmeritas

El fiscal penal de UFINAR, Santiago López Soto, representó al Ministerio Público Fiscal en el juicio abreviado por videoconferencia en el que el Tribunal de Juicio Sala V -en feria-, condenó a Cristian Rolando Cuéllar a la pena de cuatro años y dos meses de prisión efectiva, por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de autor y fue declarado reincidente por segunda vez. También fue condenada Florencia Valeria Villalba a la pena de tres años de prisión condicional por el delito de tenencia simple de estupefacientes en calidad de autora y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de partícipe secundaria.

El fiscal penal López Soto había requerido la elevación a juicio de la causa en junio pasado.

Del requerimiento surgió que la comisión del delito quedó comprobada tras el resultado de un procedimiento realizado en mayo pasado, en el domicilio de los imputados ubicado en barrio Palmeritas, donde se logró la detención de los acusados y el secuestro de 28 gramos de sustancia blanquecina, positivo para cocaína según la prueba de narcotest.

También fueron secuestrados elementos para acondicionar el estupefaciente, como un colador metálico con restos de sustancia, un cuchillo, diferentes envoltorios de color azul y bolsas azules, dos teléfonos celulares y la suma de $2740 en efectivo.

El fiscal penal Santiago López Soto consideró que la cantidad secuestrada excedió cualquier parámetro de consumo personal y que los acusados tampoco pudieron justificar el origen del dinero secuestrado.

La vigilancia del personal policial confirmó que Villalba y Cuellar entregaban estupefacientes a diferentes consumidores a cambio dinero, mientras que en la fiscalía a través de declaraciones testimoniales, distintas personas reconocieron haber comprado estupefacientes en el domicilio allanado.

Plasma: Investigan posibles negociaciones incompatibles con la función pública

El fiscal penal Ramiro Ramos Ossorio, lleva adelante la investigación iniciada de oficio el fin de semana pasado, cuando se hizo público que una empresa comunicó la decisión de facturar por las transfusiones de plasma de convalecientes, a pacientes afectados por la Covid-19.

El fiscal interino de Delitos Económicos Complejos, Ramiro Ramos Ossorio, solicitó informes a distintos organismos públicos y entidades privadas, para avanzar en la investigación sobre la posible comisión del delito de negociaciones incompatibles con la función pública.

Las solicitudes fueron remitidas al Ministerio de Salud Pública de la Provincia y de Nación, a clínicas y sanatorios privados, a la obra social provincial Instituto Provincial de Salud de Salta, al centro privado HemoSalta SRL y al Ministerio de Economía de la Provincia, entre otras medidas ordenadas en el marco de la investigación preliminar.

A partir de esa información es que el fiscal determinará si existió la comisión de delitos provinciales, como el de negociaciones incompatibles con la función pública o, el de comercialización de plasma, contemplado en el Art. 91 de la Ley 25990, conocida como «Ley de Sangre».

Dicha normativa establece que: “será reprimido con prisión de seis (6) meses a cinco (5) años y con multa de diez mil pesos argentinos ($a 10000) a quinientos mil pesos argentinos ($a 500000) el que intermediare comercialmente y/o lucrare en la obtención, donación, clasificación, preparación, fraccionamiento, producción, almacenamiento, conservación, distribución, suministro, transporte, actos transfusionales, importación y exportación y toda forma de aprovechamiento de la sangre humana, sus componentes y derivados, fuera de los casos autorizados en la presente ley o el que diere a la sangre, sus componentes o derivados, un destino distinto del que ella autoriza.

De verificarse que existió comercialización de plasma, la investigación correspondería al fuero federal.

Los hechos que se investigan se conocieron el sábado 26 del corriente mes, a través de redes sociales y medios de comunicación de la provincia y el país, que la empresa denominada HemoSalta SRL informó mediante una nota dirigida a sanatorios y clínicas firmada por su gerente, Martín de la Arena, que “la trasfusión de plasma del paciente convaleciente, al ser una práctica no nomenclada, se facturará al paciente por su reintegro en la obra social y/o prepaga, de acuerdo al siguiente detalle: Transfusión de plasma de paciente convaleciente de Covid-19 por aféresis, $30.000”.

Las actuaciones fueron remitidas desde la Fiscalía Penal 2 a la de Delitos Económicos Complejos, en atención a la temática.

Por inadmisible ante el crecimiento exponencial de la pandemia, dictaminan contra un amparo

La fiscal penal de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Cecilia Flores Toranzos, emitió su dictamen ante el Juzgado del Tribunal de Juicio Sala I, en relación al amparo constitucional interpuesto por el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia y por la Caja de Seguridad para Abogados de la Provincia.

El Presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Salta y la Presidenta de la Caja de la Seguridad para Abogados de la Provincia de Salta, promovieron una demanda de amparo constitucional, con el objeto de que se ordene el inmediato restablecimiento de la prestación plena y efectiva del Servicio de Justicia en la Provincia de Salta.

También pidieron que se declare la inconstitucionalidad de las Acordadas N° 13.175 y N° 13.201 de la Corte de Justicia y la Resolución N° 1079 del Ministerio Público, por no hacer efectivo el derecho de Acceso a Justicia, Tutela Judicial Efectiva y en particular, de las abogadas y abogados, a trabajar y ejercer la profesión. Sostuvieron que se dictaron normas que impiden y obstaculizan de manera insalvable el Acceso a Justicia, la Tutela Judicial Efectiva y el derecho a trabajar de los profesionales de la abogacía.

En este sentido, el Ministerio Público Fiscal emitió, sin mayores dilaciones, el dictamen desestimatorio de la pretensión incoada por los actores, por ser manifiestamente inadmisible, por distintas razones.

En sus consideraciones, la fiscal penal Cecilia Flores Toranzos, advirtió que los actores no calificaron su pretensión como colectiva, más allá de aludir a la defensa de “los derechos individuales y homogéneos de los abogados”, así como tampoco optaron por la vía de la acción de inconstitucionalidad. No obstante, dirigieron su pretensión de impugnar sólo las Acordadas N° 13175 y 13201 de la Corte de Justicia de Salta y las resoluciones N° 1079, 257 y 1173 dictadas por el Ministerio Público.

Sentado ello, dijo que debe considerarse que el amparo es un proceso utilizable con carácter excepcional, porque sólo procede en situaciones en las que, por carecerse de otras vía aptas, peligra la salvaguarda de derechos fundamentales. Ello conlleva a que para su apertura, se exijan circunstancias particulares caracterizadas por arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, frente a las cuales, los procedimientos ordinarios resultan ineficaces. Es necesario que esté probado un daño concreto, actual y grave, el que sólo eventualmente sea reparable por la vía urgente y expedita del amparo, según surge del artículo 43 de la Constitución Nacional y del 88, de nuestra Carta Magna Provincial.

En este caso, dijo Flores Toranzos que no surge que la actuación de la Corte de Justicia y del Ministerio Público se haya traducido en actos arbitrarios, (que implicaría que la discrecionalidad habilitada por la norma es aplicada en forma insostenible, caprichosa, irrazonable o abusiva), ilegales (sin sustento normativo) ni inconstitucionales (en tanto repugna a las leyes superiores).

En cambio, señaló la fiscal, que transitamos una situación excepcional en atención a la pandemia causada por el coronavirus, y en este contexto, es que se adoptaron distintas disposiciones para hacerle frente y que se plasmaron en normas cuyos parámetros determinaron la adecuación del funcionamiento de los organismos del Estado.

La fiscal citó la Ley 8188, que encomienda implementar un sistema de horarios rotativos para los agentes de la Administración Pública, Centralizada y Descentralizada, para asegurar un funcionamiento ininterrumpido del servicio a su cargo evitando un inconveniente congestionamiento de personal y que invita a los poderes Legislativo y Judicial, al Ministerio Público, a los Municipios y a las organizaciones privadas a adoptar similares medidas, a fin de evitar la propagación del COVID-19. A su vez, la Ley 8206, prorroga la vigencia de la Ley 8188, que declara el estado de emergencia sanitaria en el territorio de la provincia de Salta.

Además, la petición realizada olvida que la normalización del sistema implicaría no sólo la concurrencia a las dependencias judiciales de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público, y de los letrados litigantes, sino también de las fuerzas de seguridad, demás auxiliares de justicia y del público en general y, con ello, la movilización de un gran número de personas, lo que apareja, en la situación epidemiológica actual, un gran riesgo para la salud pública, la vida e integridad física de aquellos, entre ellos, los justiciables a quienes el servicio de justicia está llamado a proteger.

Es que, resulta una pretensión incomprensible la formulada por los actores, al no advertir que al requerir la concurrencia masiva a los tribunales locales en la actualidad –sin medir que la estructura edilicia tal como se encuentra dispuesta podría constituirse en un serio foco de contagio- y de esa manera, la propagación epidemiológica del Covid-19 podría llegar a ser inusitada en su magnitud e incontrolable en estos momentos en que la curva de contagios tanto en la Capital y en varios Distritos del Interior de la Provincia se encuentra en un franco proceso de ascenso, tal como lo expusieron en reiteradas oportunidades el Presidente del COE y el Ministro de Salud Pública de la Provincia.

Trabajo remoto y virtual

A su vez, y en relación a la modalidad de trabajo adoptada priorizando el uso de los recursos tecnológicos disponibles, la legislación brindó herramientas a través de las leyes 7850 y la reciente ley 8196, que establece disposiciones procesales transitorias que resultan necesarias para adecuar los trámites judiciales a la emergencia sanitaria establecida en virtud de la pandemia del COVID-19.

Y norma que “Las disposiciones de esta Ley rigen en todos los distritos judiciales y fueros del Poder Judicial de la provincia de Salta, mientras dure la situación sanitaria causada por la pandemia del virus COVID19 y regula los actos correspondientes a todos los procesos de los distintos fueros del Poder Judicial de la Provincia, aún cuando se hayan iniciado con anterioridad, respetando el principio de preclusión y aplicando la Ley más favorable a los actos en curso de ejecución y garantizar el debido proceso legal y el derecho de defensa en juicio.”

En este contexto, la fiscal hizo notar que si bien a la fecha las acordadas y resoluciones cuestionadas fueron superadas en el tiempo, no resultaban arbitrarias, ilegítimas ni inconstitucionales. Por el contrario, tradujeron un modo de prestación del servicio de justicia adecuado al momento en que fueron emitidas y en resguardo de la salud pública local.

Tampoco se advierte que con ello se hubieran afectado los derechos constitucionales de los justiciables ni de los abogados del foro, pues se implementaron herramientas informáticas para la realización de presentaciones por ante los Tribunales, Fiscalías, Defensorías y Asesorías y se dio la oportunidad de requerir la habilitación a Feria de las causas que lo ameriten; por lo que claramente se ha tramitado durante el periodo en cuestión algo más que “el par de causas” mencionado por los presentantes.

Tanto es así que en el Ministerio Público Fiscal, las Resoluciones N° 969/20 y 976/20, tienen un apartado especial para los matriculados, y se realizó un instructivo adaptado con nuevas funcionalidades a disposición de los letrados.

Flores Toranzos también dijo que los amparistas hicieron una errónea interpretación a la Resolución N° 1.079/20 de la Procuración General, cuando dijeron que el Ministerio Fiscal sólo actúa en “guardias rotativas”. Por el contrario, todas las dependencias se encuentran en actividad, por los medios y con los alcances mencionados en la resolución.

Además, la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación, dispuso medidas como las implementadas en Salta, a través de las Acordada N° 17/20 y 19/20, entre otras, la que mantiene las amplias facultades de superintendencia en el ámbito de sus propios fueros o jurisdicciones, y recomendó las acciones pertinentes a fin de que su actuación se cumpla de acuerdo a las previsiones dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y por las autoridades locales y para adecuar el funcionamiento de los tribunales de forma de garantizar la prestación del servicio de justicia, arbitrando las medidas que tiendan a la protección de la salud del personal.

Justicia Ágil

Sin perjuicio de lo hasta aquí expuesto y en relación a los procesos de digitalización de los expedientes judiciales, el Ministerio Público Fiscal presentó un proyecto integrador que llama la atención que los amparistas, en su carácter de entes públicos no estatales y auxiliares de la justicia, no hayan advertido la importancia de su implementación.

Es más, la propuesta planteada en un marco del consenso y diálogo institucional no fue acompañada. Si bien en su presentación los actores aludieron al expediente digital, nada señalaron en cuanto a la necesidad de su urgente implementación, lo que en definitiva confluiría en asegurar el derecho a trabajar de todos aquellos profesionales que representan.

Y resulta paradójico que los amparistas, auxiliares de justicia, pretendan “el restablecimiento con carácter de urgente en forma definitiva del normal funcionamiento del servicio de justicia en la Provincia de Salta”, cuando ello contraría leyes de rango superior, algunas de las cuales se citaron precedentemente, conocidas por los presentantes y cuya constitucionalidad no fuera cuestionada.

En definitiva, la paradoja radica en que la pretensión realizada por la vía excepcional del amparo, no es otra que el incumplimiento de la ley, el desconocimiento de la situación sanitaria preocupante y de extrema vulnerabilidad social. que se agravara en las últimas semanas.

Por otra parte, más allá de las alegaciones genéricas de que los letrados se ven imposibilitados de trabajar y de que se afectó el derecho de acceso a justicia, no surge de la presentación realizada, ninguna referencia a situaciones concretas en las que hubiere habido una afectación de derecho de imposible reparación.

Finalmente, la fiscal advirtió que le está vedado al Juez del Amparo incursionar en esferas que le son propias a otros organismos y más aún si se trata de atribuciones propias sobre cómo se brindará el servicio en un período de emergencia. Esas atribuciones fueron conferidas por la Constitución Provincial, la Ley Orgánica del Poder Judicial y las leyes 7328 y 8188, a la Corte de Justicia y al Ministerio Público.

Por todo lo expuesto, la fiscal penal Cecilia Flores Toranzos, dictaminó que las pretensiones resultan manifiestamente inadmisibles y, por lo tanto, deben ser rechazadas.

Una mujer y un hombre irán a juicio por vender pasta base en barrio Ceferino

El fiscal penal de la Unidad contra la Narcocriminalidad, Santiago López Soto, requirió ante el Juzgado de Garantías 7, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputados a Ivana Analía Espíndola y Daniel Ernesto Troncoso, acusados del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Las actuaciones del fiscal penal Santiago López Soto, iniciaron tras la recepción de una denuncia anónima en la página web del Ministerio Público Fiscal, en la que se indicó que Espíndola, de 39 años y con domicilio en avenida Costanera de Barrio Ceferino, vendía pasta base y que todos los días llegaban compradores.

Al iniciar la investigación, se confirmó que la mujer investigada ya contaba con antecedentes por infracción a la ley 23.737 de estupefacientes.

Además, de entrevistas con vecinos que pidieron mantener el anonimato por temor a represalias, pudo conocerse que el grupo familiar de la investigada era muy problemático y que Ivana alias “Iva”, vendía drogas en su domicilio, lo que provocaba que sus compradores cometieran diferentes delitos, tales como robos, hurtos, amenazas y daños a instituciones públicas.

En base a tareas de vigilancia y la demora de algunos compradores a quienes se les secuestraron sustancias, se llegó a la conclusión de que la mujer llevaba a cabo de manera organizada actividades ilícitas relacionadas con el fraccionamiento y la comercialización de estupefacientes, por lo que se pidió al Juzgado de Garantías interviniente la realización de un allanamiento.

El procedimiento en el domicilio de la acusada fue realizado el pasado 22 de julio por personal policial de Drogas Peligrosas Sector 5 “B”, donde Espíndola fue vista junto a Troncoso, de 39 años, quien según se determinó, actuaba como “pasamanos”.

De una de las habitaciones se secuestraron 28 envoltorios de polietileno color rosado con sustancia blanquecina en forma de “pipas”. Además, en una caja se encontró un envoltorio de polietileno color blanco con sustancia blanquecina en forma granulada.

Otra requisa realizada a Troncoso permitió el secuestro de una bolsa con 101 envoltorios color rosado con sustancia blanquecina en forma en forma de pipas.

Durante el allanamiento también se secuestraron $ 45.910 en efectivo.

Listado de Fiscales afectados hasta el 11 de octubre

En virtud de la prórroga de la Feria Extraordinaria, vigente hasta el domingo 11 de octubre próximo inclusive, en el ámbito del Ministerio Público Fiscal de la provincia de Salta, se mantiene la restricción de ingreso de público a las oficinas y el trabajo remoto de las fiscalías, con disponibilidad durante las 24 horas.

COORDINACIÓN DE FISCALES

DR. PABLO ALEJANDRO RIVERO

DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO

FISCALÍA DE CORTE Nº 1 y 2 Y FISCALÍA DE CAMARA CIVIL, COM. Y LABORAL

EDUARDO ALBERTO SYLVESTER

SECRETARÍA LETRADA

GONZALO FERNANDEZ SABATE

MARCELA DAVALOS

SUMARIANTE

MARIA LORENA DEL CURA

FISCALÍA CIVIL, COM. Y LABORAL N° 1° Y 2°

RODRIGO MARTÍN ERAZO SCHMIDT

SECRETARIAS LETRADAS

PATRICIA CABERO SANTAMARIA

BLANCA PUCHETA

DANIELA FRANCO

SUMARIANTE

NORA FIGUEROA NAVAMUEL

DELFINA JÁNDULA

OSCAR VARGAS

FISCALÍA DE IMPUGNACIÓN Nº 1, 2 y 3

ANA INÉS SALINAS ODORISIO

AUXILIARES FISCALES

KARINA HOLMQUIST MOREIRA

SUMARIANTE

ALEJANDRA CORNEJO

RAQUEL DEL VALLE DIAZ

FISCALIA DE DERECHOS HUMANOS

VERÓNICA SIMESEN DE BIELKE

AUXILIAR FISCAL

CELINA MORALES TORINO

SUMARIANTES

MARIANA IBAÑEZ

ANA LAURA SALAZAR

UNIDAD DE DELITOS ECONÓMICOS COMPLEJOS

LEANDRO JOAQUÍN FLORES

AUXILIAR FISCAL

CLAUDIA GERALDINA ABRAHAM

SUMARIANTES

MARIA VIRGINIA ACUÑA

BURGOS LAURA MERCEDES

IVÁN RODRIGO JAIME

FISCALIA PENAL CERRILLOS Y FISCALÍA PENAL ROSARIO DE LERMA

FEDERICO GABRIEL PORTAL

AUXILIAR FISCAL

VALERIA TANJILEVICH

ANALIA ALISIO

SUMARIANTES

ALBERTO CORNEJO

VERONICA VANESA DIAZ

ANTONIETA ARAMAYO SILADJI

EDGARDO DONELLI

VERONICA PATRON URIBURU

FRANCO FIGUEROA WAYAR

FISCALIA PENAL DE DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL N° 1, 2 y 3

FEDERICO OBEID

RODRIGO GONZÁLEZ MIRALPEIX

MARÍA CECILIA FLORES TORANZOS

AUXILIARES FISCALES

VERONICA PATRICIA SALCEDO

FEDERICO GONZALO VALE

SILVIA L. PALIZA

SUMARIANTES

ROXANA DURAND

SERGIO SUFFI

SILVINA RIZZOTI

MARÍA EMILIA BRAVO HERRERA

VERONICA CAROLINAJEREZ SALAZAR

LORENA ISABEL BASSO

EQUIPO TÉCNICO – PROFESIONALES

CECILIA LEIVA

PAOLA PERETTO

ANDREA VILLARREAL

FISCALÍA PENAL DE MENORES Nº 1 Y 2 y FISCALIA DE TRANSICIÓN

NADIA LORENA CRUZ

AUXILIARES FISCALES

ANDREA VERÓNICA BARRIONUEVO

NORMA ELENA MARTÍNEZ

SUMARIANTES

MARIA ANASTACIA CANEPA

MARÍA INÉS CASTRO

MARIA FLORENCIA ROJO

OMAR ALFREDO MOLINA

NORMA CLAUDIA REINOSO

MERCEDES RUIZ DE LOS LLANOS

IRMA BEATRIZ GOMEZ

FISCALÍAS PENALES DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO

1-CLAUDIA N. GERIA

2-FACUNDO RUIZ DE LOS LLANOS

3-GABRIELA R. DÁVALOS

4-ELISA V. PÉREZ

5-LILIANA JORGE

AUXILIARES FISCALES

1-MARIA MERCEDES DE LA CUESTA

2-NATALIA SARAVIA LIZONDO

3-MARCOS VEGA ORTIZ

4-RAQUEL BARRIONUEVO MERLANI

5-ANDREA BETIANA GÓMEZ

SUMARIANTES

MÓNICA MABEL COPA

TOMAS ALVARADO RIVERA

MARIA IRMA SOSA

MARÍA ELENA PEREIRA

PABLO DIAZ

SERGIO TERÁN

DEBORA JUDITH CARRASCO

GRACIELA DEL VALLE MAURELL

FLORENCA DIAZ PERGHER

VIRGINIA ALONSO BUDIÑO

EQUIPO TÉCNICO – PROFESIONALES

2-MARIA FERNANDA LERMA

3-CAROLINA TEJERINA

4-SILVANA BEATRIZ LIZARRAGA

5-CAROLINA TEJERINA

FISCALÍA PENAL GENERAL GÜEMES

GABRIEL ALEJANDRO GONZÁLEZ

AUXILIARES FISCALES

FERNANDA JORGE ROYO

SUMARIANTES

MAGDALENA VARGAS

GABRIEL TULA

FISCALÍA PENAL N°1

PABLO RODRIGO PAZ

AUXILIAR FISCAL

MARIANA LECUONA DE PRAT

SUMARIANTES

GUADALUOE ROMERO

MARIA PIA PONCE DE LEON

FISCALÍA PENALN°2

MÓNICA S. POMA

AUXILIAR FISCAL

DANIEL GAVEZ

SUMARIANTES

MONICA VILLARREAL

JOSEFINA DAVALOS RUBIO

FISCALÍA PENALN° 3

HORACIO CÓRDOBA MAZURANICK

AUXILIARFISCAL

ALEJANDRO CAMPOCCIA

SUMARIANTES

MARIELA GONZALEZ

ROSA ZANGARA

FISCALÍA PENAL N°4

MARÍA EUGENIA GUZMÁN

AUXILIAR FISCAL

MARIA EUGENIA LÓPEZ AHANDUNI

SUMARIANTES

MARCELO ESTEBAN ROMERO

MARTIN ATENCIO

FISCALÍA PENAL N°5

GABRIELA BUABSE

AUXILIAR FISCAL

MARIANELA SÁNCHEZ HULET

SUMARIANTES

NICOLAS ESNAL

FATIMA GIL

FISCALÍA PENAL N°6

MARCOS EZEQUIEL MOLINATI

AUXILIAR FISCAL

MARIA LUJÁN CARRIZO

SUMARIANTES

JORGE AMADO SKAF

ELIANA GUADALUPE SÁNDEZ

FISCALÍA CIVIL Y PENAL CAFAYATE

SANDRA GRACIELA ROJAS

AUXILIAR FISCAL

MARTÍN MARCHETTI

SUMARIANTE

FLORENCIA CUSSI

FLORENCIA NACIF

DELEGACIÓN FISCALÍA PENAL CACHI

AUXILIAR FISCAL

MARÍA DE LOS ÁNGELES JUÁREZ MATTAR

SUMARIANTE

NATALIA VERDÚM

UNIDAD DE GRAVES ATENTADOS CONTRA LAS PERSONAS

1-ANA INÉS SALINAS ODORISIO

2-RAMIRO RAMOS OSSORIO

3-GUSTAVO TORRES RUBELT

AUXILIARES FISCALES

1-PATRICIA UCHINO

2-NICOLÁS ALONSO LÓPEZ

3-MARÍA JORGELINA BRANDON SUÁREZ

SUMARIANTES

LUCÍA JERÉZ

DAIANA PAZ

IGNACIO CARRIZO

BRENDA VALERGA

GABRIELA DEL CURA

CAMILA RUIZ DE LOS LLANOS

DELIA PAZ SARAVIA

UNIDAD FISCAL CONTRA LA NARCOCRIMINALIDAD (UFINAR)

SANTIAGO J. LÓPEZ SOTO

AUXILIAR FISCAL

JOAQUIN COSTELLO

SUMARIANTES

GISELLA MARISOL TULA

FEDERICO BALBI

UNIDAD CONTRA ROBOS Y HURTOS

PABLO A. RIVERO

AUXILIAR FISCAL

CRISTIAN MEDINA

SUMARIANTE

MARTÍN NICOLÁS MONTERO BANDUR

LUCAS LÓPEZ CASANOVA

UNIDAD FISCAL CONTRAVENCIONAL

GABRIELA MARÍA BUABSE

SECRETARIO LETRADO

HERNAN BLANQUEZ

SUMARIANTE

DANIELA ZULETA

OFICINA DE ORIENTACIÓN Y DENUNCIA PROFESIONALES – SAVIC

BLANCA GRACIELA CARI

EQUIPO PROFESIONAL

FERNANDA CARECCHIO

LAURA FLORES

SUMARIANTES

MARÍA BELEN BORDÓN

MARÍA JOSÉ MARTINEZ

SOLEDAD RACEDO

CÁMARA DE OBSERVACIÓN – SALTA (CCTV)

SUMARIANTE

MARIANO FEDERICO ALBARRACÍN

CENTRO DE MEDIACIÓN

DIRECTORA NANCY VALENCIA DONAT

MEDIADORES

EMILIO VITTAR

ROQUE LÓPEZ HINOJO

CAROLINA RADZIWILUK

JOSÉ OSCAR OTERO

MARÍA GABRIELA AGOLIO

CYNTHIA ALFONSÍN

RAQUEL SARAPURA

SERGIO ARCH GUERRERO

SILVANA LIENDRO

NATALIA VELÁZQUEZ

VIVIANA SOSA

MARÍA CECILIA PÉREZ

MARÍA LAURA PAVICHEVICH

DISTRITO JUDICIAL SUR – CIRCS. METÁN Y ANTA

FISCALÍA CIVIL, COM., PENAL Y LABORAL N°1 YN° 2

GONZALO GÓMEZ AMADO

AUXILIARES FISCALES

JULIO BRANDÁN

JULIANA LEAVY

SUMARIANTES

FABIAN ANDRES LÓPEZ

SANTIAGO JESUS ANCELY

ANALÍA CARDOZO

MARIA FLORENCIA LEDESMA

FISCALÍA DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO

SUSANA ESTELA REDONDO TORINO

AUXILIARES FISCALES

JULIANA LEAVY

SUMARIANTES

KAREN QUIROGA

CLARA ROJAS

EQUIPO PROFESIONAL

RAMONA ÁLVAREZ

DANIELA TORREGROSA

FISCALÍA PENAL DE ROSARIO DE LA FRONTERA

NICOLÁS RODRIGUEZ

AUXILIARES FISCALES

CAROLINA SALAS

SUMARIANTES

NANCY NOEMI TROICHUK

ROMINA MERIN

EXEQUIEL ANTONIO MONTERO

EQUIPO PROFESIONAL

YONE DEL VALLE CRUZ

MÓNICA ROMÁN

SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

PAOLA ANDERS

SAVIC

DANIELA TORREGROSA

SECRETARÍA CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL

SECRETARIA LETRADA

CANDELARIA LÓPEZ

SUMARIANTE

LORENA DÍAZ

CENTRO DE MEDIACIÓN

MARÍA DE LOS ÁNGELES PÁEZ

FISCALÍA PENAL – JOAQUIN V. GONZALEZ

CELESTE GARCÍA PISACIC

AUXILIARES FISCALES

MARÍA LUCIANA MOYANO

ROLANDO FABIÁN SAVALL SOTO

MARCELA LILIANA ELÍAS

YONNY ELIZABETH ZIGARÁN

SUMARIANTE

ANAHÍ MEDINA

WALTER RAFAEL ÁLVAREZ MOLINA

DIONISIA ORELLANA

ADRIANA JAUREGUI

SEBASTIÁN OCHOA

ROCÍO BELÉN ESPICOGNA

DISTRITO JUDICIAL ORÁN– MODALIDAD DISPUESTA POR RESOLUCIÓN Nº 1062/2020 y para diligencias presenciales se encuentra habilitado el personal incluido en la presente

UNIDAD DE GRAVES ATENTADOS CONTRA LAS PERSONAS

CLAUDIA MARÍA CECILIA CARRERAS

AUXILIAR FISCAL

MARÍA ELIA BERNAD

SUMARIANTES

ANDRÉS ARIAS

PAMELA FERREYRA

FISCALIA PENAL Nº 1, FISCALIA PENAL N° 2 Y FISCALIA PENAL N° 3

DANIELA A. MURÚA (Fiscalía Penal N° 1)

MÓNICA A. VIAZZI (Fiscalía Penal N° 3 y Fiscalía Penal N°2)

AUXILIARES FISCALES

RODRIGO GUERRA ABREGÚ

RAMIRO MORIZZIO

RAMIRO TEVEZ CAÑETE

SUMARIANTES

JORGE M. TOLOSA NADRA

ASUNCIÓN WENDELL

MARIANELA MARTÍN

SAÚL PEREZ

ALEJANDRA PORTILLO

ALEJANDRA CARRATALA

FISCALIA CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL

MARCELA DE LOS ÁNGELES FERNÁNDEZ

SUMARIANTE

MARIA DEL HUERTO PAZ DE OBRADOR

FISCALIA DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO

MARÍA SOLEDAD FILTRÍN CUEZZO

AUXILIARES FISCALES

CARLOS A. SALINAS

SUMARIANTE

JOSE LUIS PONS

FRANCO NIEVA

EQUIPO TÉCNICO – PROFESIONALES

MARIA DE LOS ANGELES PEREZ

SOLEDAD MERCADO

FISCALIA PENAL PICHANAL – COLONIA SANTA ROSA

MARIA SOFÍA GUIOMAR FUENTES

AUXILIARES FISCALES

ROGELIO FERNÁNDEZ

SILVIA FORTI

SUMARIANTES

ALBERTO UBIERGO

JUAN GUTIÉRREZ

ROMINA ARIAS

SAVIC

MARÍA DE LOS ANGELES PÉREZ

DERECHOS HUMANOS

RODRIGO GUERRA ABREGÚ

SUMARIANTE

ENZO PASCUAL PORCARA

CENTRO DE MEDIACIÓN

MARÍA LAURA PAVICHEVICH

DISTRITO JUDICIAL TARTAGAL- MODALIDAD DISPUESTA POR RESOLUCIÓN Nº 1062/2020 y para diligencias presenciales se encuentra habilitado el personal incluido en la presente.

FISCALÍA PENAL Nº 1 y FISCALIA PENAL N° 2

RAFAEL MEDINA

AUXILIARES FISCALES

JIMENA BAIGORRIA

SUMARIANTES

PATRICIA MOLINA

MILTON ARAMAYO

VERÓNICA AZURMENDI

JAVIER ONTIVEROS

FISC. GRAVES ATENTADOS CONTRA LAS PERSONAS

PABLO CABOT

AUXILIARES FISCALES

JOSEFINA CALVO

SUMARIANTES

DOLORES AGUILERA

JOSEFINA CIMADEVILLA

FISCALIA DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO

MARÍA LORENA MARTÍNEZ

AUXILIAR FISCAL

JORGE SALEM

SUMARIANTES

LIDIA ABÁN

VALERIA CAPURRO

ESTHER ALICIA CUELLAR

EQUIPO TÉCNICO – PROFESIONAL

GRISEL GUERRERO PALMA

FISCALÍA CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL

PABLO CABOT

SECRETARIA LETRADA

BETIANA GISEL BRITEZ

SUMARIANTE

FEDERICO FIUME

FISCALÍA PENAL EMBARCACIÓN

GABRIELA SOUTO

AUXILIARES FISCALES

VALERIA ALEJANDRA DAVID CABRAL

SUMARIANTE

CRISITAN CUELLAR

JULIÁN MOLINA

FISCALÍA PENAL SALVADOR MAZZA

JORGE ARMANDO CAZÓN

SUMARIANTE

LUCIA DANIELA ALBORNOZ GELATI

FERNANDO BARROS

SAVIC

KARINA MAIDANA

DERECHOS HUMANOS

JIMENA BAIGORRIA

CENTRO DE MEDIACIÓN

MARÍA CECILIA PÉREZ

El Sistema de Denuncias Web de violencia institucional y abusos policiales recibió más de 40 denuncias

Desde el martes 11 de agosto pasado, cuando fue presentado el Sistema de Denuncias Web para víctimas de violencia institucional y abusos policiales https://www.denunciasweb.gob.ar/abusopolicial, se recibieron por esa vía unas 45 denuncias. La fiscal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, recordó que el vínculo solo está habilitado para denuncias vinculadas con la posible comisión de esos delitos y no de otros, para los cuales existen fiscales penales comunes y especializadas, según el caso.

De las 45 denuncias recibidas a través de la web durante un mes y medio, por lo menos la mitad fueron completadas con imágenes como archivos adjuntos. Las denuncias fueron radicadas por personas residentes en Salta, Rosario de la Frontera, General Mosconi, Embarcación, Colonia Santa Rosa, Talapampa, Joaquín V. González, La Unión y otros municipios.

Sin embargo, hay denuncias de hechos que no pueden ser investigados por la Fiscalía de Derechos Humanos, dada su especialización. En ese sentido, Simesen de Bielke recordó que entre las posibilidades para mitigar la violencia institucional, el procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, presentó el 1 de julio pasado, un proyecto de Reforma de la Ley N°7839/14, para que la Fiscalía de Derechos Humanos vuelva a denominarse de Causas Policiales y Penitenciarias.

La iniciativa se encuentra en la Cámara de Diputados de la Provincia. De esa forma, estimó la fiscal que “la ciudadanía no caería en confusiones sobre qué tipos de delitos pueden denunciarse en la fiscalía”, que tiene a cargo y que no puede investigar hechos de otro tipo.

El proyecto de Reforma de Ley N°7839/14 propone el “Cambio de Denominación de la Fiscalía de Derechos Humanos en Fiscalía de Causas Policiales y Penitenciarias”, como se denominó originalmente, en 2004, cuando fue creada.

Vale recordar que según la ley vigente, la Fiscalía de Derechos Humanos tiene a su cargo la investigación en todas las causas en que se atribuya, a un miembro de la Policía de la Provincia o del Servicio Penitenciario Provincial, la comisión de un hecho delictivo susceptible de ser considerado como una violación a los derechos humanos, en especial los previstos en los artículos 144 bis, 144 ter, 144 quater y 144 quinquies del Código Penal.

Además, la Fiscalía de Derechos Humanos tiene competencia respecto de los hechos cometidos en todo el territorio provincial y cumple las tramitaciones que deban practicarse fuera de la ciudad de Salta de modo directo o por intermedio de las fiscalías o delegaciones de los distritos del interior.

Covid-19: Lo imputaron por realizar fiestas clandestinas en un barrio de zona sudeste

El fiscal penal 6, Juan Marcos Ezequiel Molinati, imputó a Exequiel Rodrigo Ayllón, por el delito de violación a las medidas sanitarias. La audiencia de imputación se realizó en la mañana del sábado.

Ayllón, de 30 años, fue detenido el pasado viernes 25 de septiembre, luego de que el Juzgado de Garantías 3, hiciera lugar al pedido de allanamiento, secuestro y detención requerido por el fiscal penal 6, Juan Marcos Ezequiel Molinati, para un domicilio ubicado en barrio Siglo XXI, donde se realizaron fiestas clandestinas con aglomeración de personas, lo que implicó una violación a las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad competente en el marco de la pandemia COVID-19.

El pedido del fiscal penal Juan Marcos Ezequiel Molinati, fue realizado con el objetivo de llevar a cabo la detención del denunciado y el registro del inmueble para el secuestro de distintos elementos de interés para la causa, tales como equipos de sonido, luces y reproducción de música; bebidas alcohólicas y todo elemento que haya podido ser utilizado para la realización de las fiestas.

El pasado sábado 19 de septiembre, personal policial tomó conocimiento sobre una fiesta clandestina, con gran cantidad de gente, música y bebidas. A raíz del hecho, fueron infraccionadas 29 personas.

Pese a la actuación policial, en el mismo domicilio se llevó a cabo otra fiesta clandestina el martes 22 de septiembre, lo que motivó nuevas denuncias vecinales y otra actuación policial, que permitió constatar una nueva violación a las medidas de prevención adoptadas por el Gobierno en el marco de la pandemia.

En sus fundamentos, el fiscal penal Molinati sostuvo que la reiteración delictiva, denotó un mayor desprecio por la norma penal y en especial, por las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad competente.

Sobre la posibilidad de valorar los antecedentes del imputado para disponer una medida de coerción personal, sostuvo que debe tenerse presente que “el Estado tiene derecho a procurar seguridad frente a individuos que reinciden persistentemente en la comisión de delitos; a fin de cuentas, la custodia de seguridad es una institución jurídica”.

Más aún, los ciudadanos “tienen el derecho a exigir que el Estado que tome las medidas adecuadas; es decir, tienen un derecho a la seguridad”.

Abuso policial: nuevas testimoniales en la causa contra el comisario Mamaní

La fiscal penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, tomó este viernes nuevas declaraciones testimoniales a Luciano Diez, en el marco de la causa que tiene como imputado al comisario Walter Ezequiel Omar Mamaní, acusado de los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad, falsedad ideológica y vejaciones agravadas, con fines de venganza.

Acusados de los mismos delitos, fueron imputados tres efectivos policiales con revista en la subcomisaría de El Dorado de Apolinario Saravia. Se trata de la sargento Julia Díaz, el sargento Sergio Argañaraz y el cabo Juan Giménez.

Durante la semana, declararon Sergio Argañaraz y Juan Giménez, quienes señalaron que fueron presionados por Mamaní.

Por otra parte, el Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial Sur, Circunscripción Anta, rechazó el pedido de prisión domiciliaria instado por la defensa técnica y en su mérito, dispuso mantener la prisión preventiva sobre el comisario Walter Ezequiel Omar Mamaní, quien continuará alojado en la División Caballería de la Ciudad de Salta.

La fiscal penal Simesen de Bielke entendió que se encuentra acreditado que aproximadamente a las 4 de la mañana del pasado 28 de junio, mientras el denunciante Luciano Diez circulaba lentamente con su vehículo por avenida 9 de Julio, en inmediaciones de Parque Norte – Sala Nido de Apolinario Saravia, apareció en sentido contrario el móvil policial Nº 1745, conducido por el cabo Juan Giménez, acompañado por el sargento Sergio Argañaraz, la sargento Julia Díaz y el comisario Walter Ezequiel Omar Mamaní, quienes sin motivo alguno, realizaron la detonación de, al menos, cuatro disparos con la intención de amedrentar a Luciano Diez.

Tras esto, se dirigieron al domicilio del denunciante, donde le dijeron que quedaba detenido por evadir un control policial y darse a la fuga, por lo que los acusados privaron al damnificado ilegalmente de su libertad, ya que no había motivos que autorizaran al personal policial para aprehenderlo.

Para avalar la restricción ilegal, los acusados armaron una causa penal, en la que el comisario Walter Ezequiel Mamaní formuló una denuncia en contra de Luciano Diez por el delito de atentado a la autoridad.

Además, durante el traslado de Luciano Diez y luego de que lo ingresaran a la dependencia policial, los acusados lo sometieron a malos tratos físicos y psíquicos.

Por otra parte, el jueves 6 de agosto, la fiscal penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, imputó al auxiliar fiscal de la Fiscalía Penal de J.V. González – Delegación Apolinario Saravia, Sergio Dantur, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado en concurso real. Oportunamente, el procurador general de la Provincia, Abel Cornejo dispuso el inicio de un nuevo sumario instruido por la fiscal María Celeste García Pisacic.

Covid-19: Lo allanaron y detuvieron por realizar fiestas clandestinas en un barrio de zona sudeste

Un hombre de 30 años fue detenido este viernes, luego de que el Juzgado de Garantías 3 hiciera lugar al pedido de allanamiento, secuestro y detención requerido por el fiscal penal 6, Juan Marcos Ezequiel Molinati, para un domicilio ubicado en barrio Siglo XXI, donde se realizaron fiestas clandestinas con aglomeración de personas, lo que implicó una violación a las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad competente en el marco de la pandemia COVID-19. El detenido será imputado en las próximas horas, acusado del delito de violación a las medidas sanitarias.

El pedido del fiscal penal Juan Marcos Ezequiel Molinati, fue realizado con el objetivo de llevar a cabo la detención del denunciado y el registro del inmueble para el secuestro de distintos elementos de interés para la causa, tales como equipos de sonido, luces y reproducción de música; bebidas alcohólicas y todo elemento que haya podido ser utilizado para la realización de las fiestas.

El pasado sábado 19 de septiembre, personal policial tomó conocimiento sobre una fiesta clandestina, con gran cantidad de gente, música y bebidas. A raíz del hecho, fueron infraccionadas 29 personas.

Pese a la actuación policial, en el mismo domicilio se llevó a cabo otra fiesta clandestina el martes 22 de septiembre, lo que motivó nuevas denuncias vecinales y otra actuación policial, que permitió constatar una nueva violación a las medidas de prevención adoptadas por el Gobierno en el marco de la pandemia.

En sus fundamentos, el fiscal penal Molinati sostuvo que la reiteración delictiva, denotó un mayor desprecio por la norma penal y en especial, por las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad competente.

Sobre la posibilidad de valorar los antecedentes del imputado para disponer una medida de coerción personal, sostuvo que debe tenerse presente que “el Estado tiene derecho a procurar seguridad frente a individuos que reinciden persistentemente en la comisión de delitos; a fin de cuentas, la custodia de seguridad es una institución jurídica”.

Más aún, los ciudadanos “tienen el derecho a exigir que el Estado que tome las medidas adecuadas; es decir, tienen un derecho a la seguridad”.

Ciberdelitos: el miedo a la modernidad ayuda a una sociedad indecente

Así lo consideró el procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, durante la charla virtual de este miércoles, sobre explotación sexual y tráfico de mujeres, organizada por la Fundación Volviendo a Casa.
La charla contó con la abogada penalista y especialista en delitos de género y cibercrimen, Lorena Bilicic; la presidenta de la Fundación Volviendo a Casa, Isabel Soria y el procurador general de la Provincia, Abel Cornejo. El encuentro virtual fue moderado por el director del departamento Legal de la Fundación, Marcelo Nieto Martínez.

Durante la charla, Cornejo destacó la “enorme orfandad desde el punto de vista de la investigación criminal, en materia de ciberdelitos«.

«Tenemos que empezar el abordaje hablando de un tema fundamental para poder cambiar un eje estructural a nivel social. No solamente en delitos aberrantes como la trata de personas, la violencia de género, los abusos en sus distintos tipos, el grooming y el bullying”, sostuvo y agregó que “desde el punto de vista cultural, aun hay una minoría resistente que se opone sistemáticamente a los cambios y una mayoría casi absoluta, que demanda cambios urgentes en los operadores judiciales y la incorporación de tecnología al servicio de la investigación”.

El Procurador citó numerosa jurisprudencia y agregó que desde el punto de vista de la cultura jurídica, se siguen viendo fallos muy poco permeables a aceptar el cambio sustancial de la realidad social que debe generarse.

También precisó que en los dos proyectos de reforma del Código Penal Argentino, la cibercriminalidad quedó secundarizada. “Es un problema gravísimo, porque hoy nuestro ordenamiento penal, tiene una suerte de diáspora, en la cual, los delitos propiamente dichos del código penal, prácticamente igualan a los previstos en leyes especiales”.

A eso se suma una nueva forma legislativa que implica un retroceso de una potestad del Congreso de la Nación, cual es que las leyes nacionales puedan contar con la adhesión o no de las provincias. “Por ejemplo, la desfederalización del narcotráfico. Las provincias quedaron facultadas a aceptar o no. Lo mismo pasó con distintas leyes fundamentales”, señaló.

Fiscalía de Ciberdelitos

Durante la charla, Cornejo también recordó que en Salta, el 3 de diciembre de 2019, se sancionó la Ley 8175, que crea la Fiscalía de Cibercriminalidad y que puede investigar ciberdelitos, pero también distribuir investigaciones vinculadas con el uso de la tecnología entre las otras fiscalías, descentralizadas y especializadas.

“Hay muchísimas causas en las que se registra la comisión de un ilícito, mediante la red y pasa ser el cibercrimen, no algo secundario o un fenómeno aislado. La modernidad nos lleva puestos”, enfatizó el Procurador, a la vez que sostuvo que “la potencialidad para delinquir, plantea interrogantes y desde el punto de vista jurídico, nos deja en el Medioevo”.

Sobre el perfil de la fiscalía de Cibercriminalidad, afirmó que “no tendrá al empleado característico de una fiscalía. Serán especializados en informática con conocimiento en cibercriminalidad, para que cuando estén al frente de asuntos concretos, tengan la capacidad de resolución y búsqueda de evidencia para desentrañar un caso penal” y precisó que “la evidencia digital nos daría un salto exponencial, no solo en la calidad y la transparencia de las investigaciones, sino en la rapidez del conocimiento de la verdad, que hoy parece a veces casi una utopía y otras, una entelequia”.

Finalmente, afirmó que “debe existir un acuerdo y una política concreta que permita avanzar. Salta será la cuarta provincia en el país en tenerla».

«Todas las provincias deberían tener una suerte de anillo informático cooperativo y manejar criterios modernos en materia de jurisdicción y competencia, y sobre todo en materia legislativa, para que la competencia no sea discutible al momento de aplicar la ley y que no se pierda un tiempo invalorable”.