Concluyó la investigación por el fallecimiento del excomisario Vicente Cordeyro la que permitió descartar un delito vinculado con su muerte

La Unidad Fiscal concluyó una extensa investigación que incluyó el análisis de cámaras de seguridad, testimonios, comunicaciones y pericias realizadas por especialistas provinciales y nacionales. Las pruebas permitieron reconstruir los últimos movimientos del excomisario y determinar las circunstancias de su muerte. También se esclareció el origen del incendio ocurrido en el cerro Elefante.

La Unidad Fiscal integrada por los fiscales Santiago López Soto, Daniel Espilocín y Ramiro Ramos Ossorio, concluyó la investigación por el fallecimiento del excomisario Vicente Cordeyro, cuyo cuerpo fue encontrado el 11 de octubre de 2025 en el sector posterior del cerro Elefante, en la localidad de San Lorenzo.

Luego de analizar las pruebas reunidas, el equipo fiscal resolvió desestimar las actuaciones  relacionadas con el fallecimiento, al determinar que no existían elementos que permitieran atribuir responsabilidad penal a terceras personas.

Desde el inicio, la investigación contempló distintas hipótesis sobre lo ocurrido, incluida la posibilidad de una intervención criminal. Para esclarecer las circunstancias del hecho, se realizaron numerosas medidas investigativas con la participación de especialistas del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), la Policía de Salta, Gendarmería Nacional y la Policía Federal Argentina. También intervinieron peritos propuestos por la familia.

La reconstrucción de los últimos movimientos

Una parte importante del trabajo estuvo destinada a establecer qué ocurrió durante las horas previas a la desaparición del excomisario.

Mediante el análisis de más de 30 cámaras de seguridad públicas y privadas, los investigadores reconstruyeron sus desplazamientos desde la ciudad de Salta hasta San Lorenzo, donde estacionó su vehículo en la esquina de la iglesia y continuó caminando hacia el cerro Elefante.

Se precisó que transcurrieron aproximadamente 39 minutos entre su salida del colegio y el momento en que dejó estacionado su Volkswagen Suran gris en inmediaciones de las calles Güemes y Mitre de esa localidad.

Del análisis de las imágenes no surgieron paradas imprevistas ni se observó que Cordeyro estuviera acompañado, o que otra persona abordara el automóvil. Esta información fue contrastada con la declaración testimonial de una persona con quien tuvo un intercambio de saludos previo a iniciar el ascenso al cerro conocido como Elefante.

El vehículo no presentaba signos de violencia o forzamiento, daños recientes ni alteraciones en las cerraduras o los cristales. Las cámaras tampoco registraron nuevos desplazamientos del rodado luego de que fuera estacionado.

Incendio y hallazgo del cuerpo

Durante el mediodía del 9 de octubre de 2025 se registró un incendio en la zona del cerro Elefante. El análisis de las comunicaciones recibidas por el Sistema de Emergencias 911 permitió establecer que los primeros avisos se produjeron a partir de las 12:16, en concordancia con los registros telefónicos examinados durante la investigación.

Uno de los testigos manifestó haber observado con binoculares el inicio del incendio desde su domicilio, circunstancia posteriormente constatada por personal de Investigaciones. Señalando que no advirtió la presencia de más de una persona ni observó peleas o agresiones.

La reconstrucción de los últimos desplazamientos de Cordeyro, la localización del vehículo en la intersección de las calles Mitre y Güemes, en San Lorenzo, y la información de las celdas de ubicación de su línea telefónica, permitieron orientar las tareas de búsqueda hacia el cerro Elefante y sus alrededores.

Dicho operativo comprendió la intervención de distintas divisiones policiales, personal del Grupo Operativo de Rescate en Altura (GORA), Bomberos y equipos caninos, además de rastrillajes terrestres, utilización de drones y relevamientos de cámaras de seguridad públicas y privadas.

El 11 de octubre de 2025, personal policial encontró a Cordeyro sin vida en una ladera posterior del cerro.

A partir del hallazgo se dispuso la preservación del lugar y la intervención de personal especializado del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) y la intervención de equipos especiales de las fuerzas federales.

Las pruebas que permitieron esclarecer lo ocurrido

Los estudios médicos y criminalísticos establecieron que el fallecimiento se produjo por asfixia por ahorcamiento, sin que se identificaran lesiones defensivas ni otros indicadores que permitieran sostener la participación de terceras personas.

El estudio anatomopatológico confirmó la presencia de improntas producidas en vida, compatibles con el mecanismo de ahorcadura.

El Departamento de Criminalística del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) realizó una comparación entre los fragmentos de sogas secuestrados en el lugar donde fue encontrado el cuerpo de Vicente Osvaldo Cordeyro y las muestras de sogas recolectadas en su domicilio.

El examen visual y morfológico estableció que los elementos presentaban características similares de clase: coloración blanca con detalles negros, estructura sintética trenzada y diámetros semejantes en algunos de los segmentos analizados.

Por otra parte, el Servicio de Biología Molecular Forense del CIF, examinó muestras obtenidas de las manos y uñas del fallecido, así como de la soga utilizada como elemento constrictor, armas blancas, un encendedor, zapatillas y otros elementos secuestrados durante la investigación.

Los estudios permitieron obtener un perfil genético indubitado de Cordeyro y establecer que tanto en la soga utilizada como elemento constrictor, incluidos los nudos que la sujetaban al árbol, como en sus zapatillas, había sangre compatible con su perfil genético

En forma paralela, los fiscales investigaron el incendio de pastizales ocurrido en el cerro Elefante durante la jornada de la desaparición del excomisario.

A partir de testimonios, registros de llamadas al Sistema de Emergencias 911 y pericias realizadas en el lugar, se pudo establecer cómo se inició el fuego y las circunstancias en las que se propagó, afectando aproximadamente 4,5 hectáreas de vegetación.

Los informes elaborados por la División de Bomberos establecieron que el incendio registrado el 9 de octubre de 2025 en el cerro Elefante, en San Lorenzo, fue intencional.

La investigación contó además con la intervención de especialistas de la División Investigación de Siniestros del Departamento Técnico Investigativo de la Superintendencia de Bomberos y Protección de Riesgos de la Policía Federal Argentina, quienes elaboraron un informe técnico a partir del análisis de la escena, los registros fotográficos, la documentación criminalística, los informes médico-legales y los elementos secuestrados.

Concluyeron que la combustión no se habría desarrollado en el sitio exacto donde posteriormente fue encontrado el cuerpo. El informe pericial de las fuerzas provinciales y federales pudieron determinar el inicio del fuego y su propagación en el lugar. Sobre el particular se pudo precisar que el comienzo del mismo fue en el lugar donde se encontró el celular y los cuchillos pertenecientes a Cordeyro.

Respecto del origen del incendio, los peritos consideraron que se utilizó un acelerante. Su presencia fue detectada mediante las maniobras de marcación realizadas por un perro especializado en el lugar del hecho.

La investigación también examinó un fragmento de botella plástica recuperado en el lugar del hecho. El código de barras permitió identificar un producto de alcohol etílico San Iginio «Buen Gusto», de 500 cm³ que se vendían en el super Vea. De los registros comerciales surgió una compra del producto asociada a la cuenta de fidelidad «Vea Ahorro» de Vicente Osvaldo Cordeyro y abonada mediante una tarjeta de crédito correspondiente a Trinidad Socorro Chávez, un mes previo al hecho.

Por otra parte, los cuchillos y el teléfono celular encontrados en el sector donde se inició el incendio fueron examinados y comparados con elementos del domicilio, estableciéndose compatibilidades (marca y características) que aportaron información para reconstruir las circunstancias del hecho.

Estas comprobaciones, junto con los registros audiovisuales, los testimonios y los resultados de las pericias médicas, fueron valoradas de manera conjunta por la Unidad Fiscal, que concluyó que el fallecimiento respondió a una conducta autolesiva.

La autopsia psicológica informó que Vicente Osvaldo Cordeyro tenía una personalidad fuertemente orientada hacia la familia, el cumplimiento del deber, la responsabilidad y el servicio. También destacó una conducta caracterizada por reiteradas consultas sobre la causa judicial por el homicidio de Jimena Salas, en la cual se encontraba investigado el exesposo de su hija.

Al momento de su fallecimiento, ya se había iniciado el segundo juicio por el homicidio de Jimena Salas. Del análisis del contenido extraído de su teléfono celular surgió su preocupación por el resultado del proceso y por las líneas investigativas que llevaba adelante el Ministerio Público Fiscal.

De la investigacion también surgio que el fallecido fue quien aportó información sobre los hermanos Saavedra, para la causa tramitada por el homicidio de Jimena Salas. Esta conclusión surge del análisis de los metadatos de las fotografías de los domicilios y el automóvil que utilizaban los mencionados las que fueron tomadas con un teléfono celular asociado al perfil de Facebook de Vicente Cordeyro.

Se identificaron constantes diálogos en el ámbito familiar sobre esta causa, así como intercambios con miembros de la fuerza policial. Entre ellos, se destacan las conversaciones que mantuvo con un exjefe de la Policía de Salta, en las que realizaron valoraciones sobre un resultado positivo de ADN relacionado con la investigación.

Finalmente, cabe destacar que la investigación determinó que el incendio fue iniciado por el propio Cordeyro sin perjuicio de lo cual dispuso el archivo de las actuaciones por su fallecimiento.

Tras analizar las pruebas reunidas, agotar las líneas investigativas y cumplir con la totalidad de las medidas solicitadas por los querellantes, la Unidad Fiscal resolvió desestimar las actuaciones relacionadas con el fallecimiento del excomisario, al no haberse identificado elementos que permitieran atribuir responsabilidad penal a terceras personas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El Ministerio Público inauguró el edificio Malvinas Argentinas, nueva sede de su Administración Central

La nueva sede reúne dependencias administrativas, técnicas y operativas del Ministerio Público de Salta, además de espacios destinados a la formación y capacitación. Durante la ceremonia se rindió homenaje a los veteranos de la Guerra de Malvinas y a la doctora Mirta Lapad, cuya labor contribuyó a la concreción de la obra.

El Ministerio Público de Salta inauguró este jueves 8 de octubre el edificio Malvinas Argentinas, donde funciona su Administración Central. La ceremonia fue encabezada por el gobernador Gustavo Sáenz, junto a las autoridades del Colegio de Gobierno del Ministerio Público, integrado por su presidenta y defensora general de la Provincia, Ada Zunino; el procurador general, Pedro García Castiella; y el asesor general de Incapaces, Gaspar Solá Usandivaras.

El acto contó con la presencia del vicegobernador Antonio Marocco; el vicepresidente de la Cámara de Senadores, Mashur Lapad; la presidenta de la Corte de Justicia, Teresa Ovejero; los ministros de la Corte María Edit Nallim y Martín Ignacio Plaza; la ministra de Educación, Cristina Fiore; el secretario de Justicia y Derechos Humanos, Javier Mónico  Graciano; y la presidenta del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, María Trinidad Arias Villegas, además de otras autoridades provinciales y judiciales, veteranos de la Guerra de Malvinas y familiares de la doctora Mirta Lapad.

La ceremonia comenzó con la interpretación del Himno Nacional Argentino y la Marcha de las Malvinas, a cargo de la Banda de Música del Servicio Penitenciario. Posteriormente, el sacerdote Luis Talló realizó una invocación religiosa y bendijo las instalaciones.

Durante su discurso, el gobernador Sáenz destacó el significado de la denominación del edificio como reconocimiento a quienes combatieron en las islas Malvinas y a quienes perdieron la vida en defensa de la soberanía nacional.

“Inaugurar este nuevo edificio y que lleve ese nombre es una doble responsabilidad para quienes trabajan aquí, porque tiene su historia y su lucha y porque acá tiene que haber coraje, esfuerzo, valentía, todo lo que pusieron aquellos que tuvieron el honor de pelear por su Patria”, expresó.

El mandatario manifestó su deseo de que la cuestión de la soberanía sobre las islas pueda resolverse antes de que se cumplan 50 años de la guerra y resaltó la importancia de preservar el recuerdo de los excombatientes y de sus compañeros caídos.

El mandatario también recordó a Mirta Lapad, quien se desempeñó como asesora general de Incapaces de la Provincia, y destacó su compromiso institucional y su interés por la finalización de la obra. Señaló que durante años compartieron la preocupación por concretar el edificio y subrayó la importancia de dar continuidad a los proyectos institucionales más allá de quienes ejercen las funciones públicas.

Por su parte, la presidenta del Colegio de Gobierno, Ada Zunino, señaló que la inauguración constituye un avance para la organización y el funcionamiento del Ministerio Público en toda la provincia.

Explicó que la nueva sede central será el espacio desde el cual se planificará y garantizará el funcionamiento de las distintas áreas y dependencias del organismo, y destacó la importancia de contar con instalaciones adecuadas para el desarrollo de las tareas administrativas, técnicas y operativas.

Asimismo, se refirió al compromiso institucional que representa el nombre Malvinas Argentinas, por su vinculación con los valores de entrega, coraje y patriotismo. Al dirigirse a los veteranos presentes, expresó: “Este espacio también es de ustedes”.

Zunino reconoció especialmente a quienes contribuyeron a la concreción del proyecto a lo largo de distintas gestiones, entre ellos Mirta Lapad, los actuales ministros de la Corte Gabriel Chibán y Martín Díez Villa, y el procurador general Pedro García Castiella.

“Este logro no pertenece a una sola gestión”, afirmó, al destacar el trabajo sostenido que permitió avanzar en la construcción y puesta en funcionamiento de la sede.

La defensora general agradeció también al gobernador Gustavo Sáenz por su respaldo para la finalización del proyecto y convocó al personal que desempeñará sus funciones en el edificio a asumir esa responsabilidad con compromiso y dedicación.

En representación de los veteranos de Malvinas, Ramón Galván destacó el valor de mantener vigente el reconocimiento a quienes participaron en el conflicto bélico y expresó que este tipo de homenajes contribuye a preservar la memoria de la gesta.

Concluidos los discursos, las autoridades, acompañadas por los hijos de Mirta Lapad, realizaron el corte de cinta y el descubrimiento de una placa con el nombre del edificio.

También se descubrió una placa en el acceso al salón auditorio de la Escuela del Ministerio Público (EMP), denominado “Salón Auditórium Mirta Lapad”, en reconocimiento a la trayectoria y contribución institucional de quien se desempeñó como asesora general de Incapaces de la Provincia.

El edificio Malvinas Argentinas

El edificio Malvinas Argentinas – Anexo IV cuenta con una superficie construida de 2.651 metros cuadrados, distribuidos en subsuelo, planta baja y primer piso. Su puesta en funcionamiento permite reunir en una misma sede distintas dependencias de la Administración Central del Ministerio Público.

En sus instalaciones funcionan la Secretaría de Despacho; las direcciones de Administración, Obras y Mantenimiento, Personal e Informática; la Escuela del Ministerio Público; el Taller; Auditoría de Gestión; el Área de Movilidad; y los depósitos de Patrimonio y Economato.

El edificio dispone además de un salón auditorio con capacidad para 90 personas, destinado a actividades académicas, jornadas de formación, capacitación y encuentros institucionales.

La concentración de estas dependencias permitirá mejorar la coordinación de las áreas, facilitar la gestión administrativa y disponer de espacios adecuados para el cumplimiento de las funciones del Ministerio Público en toda la provincia.

La Procuración General establece nuevas directivas para la persecución penal de las organizaciones criminales

La Resolución instruye a los fiscales de toda la provincia a realizar una evaluación especialmente rigurosa de los riesgos procesales en investigaciones vinculadas con organizaciones criminales, con particular atención a la capacidad de estas estructuras para facilitar la fuga de personas investigadas, influir sobre testigos u obstaculizar las investigaciones. También establece criterios para solicitar fundadamente la prisión preventiva cuando existan riesgos concretos que no puedan neutralizarse mediante medidas menos restrictivas.

El procurador general de la Provincia de Salta, Pedro García Castiella, mediante Resolución N.º 1770, estableció nuevas directivas de actuación para los fiscales penales de toda la provincia, destinadas a establecer criterios específicos de intervención frente a los delitos cometidos en el ámbito de organizaciones criminales.

La resolución señala que la pertenencia a una organización criminal constituye una circunstancia especialmente relevante al momento de evaluar los riesgos procesales, debido a las características particulares que pueden presentar estas estructuras delictivas.

Entre los fundamentos de la medida, se considera que, a diferencia de los hechos cometidos de manera individual, las organizaciones criminales pueden contar con recursos económicos, distribución de funciones, vínculos entre sus integrantes y redes de apoyo que faciliten la evasión de la Justicia o permitan interferir en el desarrollo de una investigación penal.

A partir de estas consideraciones, la Procuración General dispuso que los fiscales deberán examinar especialmente la vinculación de la persona investigada con la organización, el rol que desempeña dentro de ella y los recursos o mecanismos de apoyo a los que efectivamente pueda acceder, a fin de determinar cómo estas circunstancias pueden incidir en los riesgos de fuga u obstaculización del proceso.

Uno de los aspectos centrales de la resolución es la protección de las víctimas y los testigos, así como el aseguramiento de las pruebas. En las investigaciones vinculadas con criminalidad organizada, los fiscales deberán prestar particular atención a la capacidad de estas estructuras para ejercer presiones, amenazas o intimidaciones sobre las personas relacionadas con la causa, influir en sus declaraciones o condicionar su colaboración con la Justicia.

Asimismo, la resolución establece que deberán considerar la posibilidad de que la organización utilice sus recursos, contactos o capacidad operativa para ocultar, modificar o destruir elementos probatorios, coordinar versiones entre sus integrantes o dificultar la producción de nuevas pruebas.

Respecto de las medidas cautelares, la Resolución N.º 1770 dispone que, cuando existan elementos concretos que acrediten riesgos procesales y las medidas menos restrictivas resulten insuficientes para neutralizarlos, los fiscales deberán solicitar fundadamente la prisión preventiva ante el juez competente.

La directiva no implica que toda persona vinculada con una organización criminal deba permanecer detenida durante el proceso. Según los criterios establecidos, la pertenencia a estas estructuras deberá valorarse junto con las circunstancias particulares del caso, la participación individual de la persona investigada y los riesgos efectivamente identificados.

La resolución también dispone que la evaluación de los riesgos procesales deberá mantenerse actualizada durante el desarrollo de la investigación, atendiendo especialmente a las circunstancias que puedan modificar la capacidad de la organización para interferir en el proceso.

Asimismo, establece pautas para que los fiscales examinen las decisiones judiciales relacionadas con las medidas cautelares y promuevan las impugnaciones correspondientes cuando existan fundamentos jurídicos suficientes.

Con estas directivas, la Procuración General busca consolidar una política institucional de persecución penal que contemple las características propias de la criminalidad organizada, evitando que estas estructuras puedan aprovechar su capacidad económica, sus vínculos o sus mecanismos de coordinación para eludir la actuación de la Justicia. La medida procura mejorar la eficacia de las investigaciones penales y asegurar que los procesos judiciales se desarrollen sin interferencias, mediante una actuación fiscal que atienda los riesgos específicos que presentan las organizaciones criminales.

Presentaron el libro “El Proceso Penal: Guía para la Policía de Salta”

La obra fue presentada por el procurador general de la Provincia, Pedro García Castiella, y está destinada a brindar herramientas prácticas y jurídicas para el desempeño de la Policía en procedimientos y en las investigaciones penales.

El procurador general de la Provincia, Pedro García Castiella, presentó el libro “El Proceso Penal: Guía para la Policía de Salta”, durante un acto desarrollado en el Salón Facundo de Zuviría de la Ciudad Judicial.

La presentación contó con la presencia del ministro de Seguridad de la Provincia, Nicolás Avellaneda; el secretario del área, Ignacio Vilchez; el jefe de la Policía de Salta, Walter Osvaldo Toledo; y la directora del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), Gabriela Buabse -quien además integra el equipo de autores de la obra-, entre otras autoridades.

Los autores del libro, además de Buabse, son  el coordinador de Administración del CIF, Lucas López Casanova; la fiscal de la Unidad de Flagrancia, Carolina Mateo Bellini; los auxiliares fiscales Álvaro Moreno Valdez y Gabriela Rodríguez; el juez del Distrito Judicial Centro, Aldo Rubén Saravia; Laura García Albesa, quien se desempeña en la Secretaría de Políticas Criminales de la Procuración de la Provincia; y el abogado de la Procuración General de la Provincia, Marcos Rubinovich, quien coordinó la publicación.

Durante el acto, García Castiella felicitó y agradeció a los autores por el aporte realizado a la calidad institucional de la Policía de Salta y destacó la importancia de la colaboración que brinda el Ministerio Público Fiscal en la formación de los cadetes y, en este caso, mediante una herramienta de consulta destinada a acompañar su desempeño profesional.

El Procurador General remarcó la responsabilidad que tiene la Policía como parte fundamental de la investigación penal y señaló que, ante una sociedad que demanda respuestas de las instituciones, la fuerza de seguridad constituye “un engranaje, un complemento indispensable” para la labor del Ministerio Público Fiscal y para que las investigaciones permitan obtener resultados correctos.

Una nueva era que exige romper moldes tradicionales

En ese sentido, advirtió que la transformación del delito y el avance de las nuevas tecnologías plantean nuevos desafíos para la investigación penal: “Estamos entrando en una nueva era como seres humanos, donde el mundo real se está trasladando hacia un mundo virtual, un mundo digital”, sostuvo, al señalar que esta transformación también modifica las modalidades delictivas y exige romper con los moldes tradicionales de actuación.

García Castiella consideró que la obra será de utilidad tanto para mejorar la eficiencia y eficacia de las investigaciones como para fortalecer el conocimiento de las normas procesales y las garantías constitucionales, y destacó especialmente aspectos como el primer abordaje de la escena del hecho, su preservación, la cadena de custodia y la validez de la prueba.

Al respecto, subrayó que la eficacia en la investigación del delito y el respeto por las garantías constitucionales “no son conceptos que se contrapongan, sino que, por el contrario, se complementan”.

“En Salta se respetan las garantías constitucionales y en especial el Ministerio Públicos Fiscal respeta el derecho a defensa, el debido proceso y el Estado de derecho en sí mismo, porque a esa investigación la vamos a tener que sostener el día de mañana ante un tribunal”, resaltó.

La vocación policial se sostiene con conocimiento

Por su parte, el ministro de Seguridad, Nicolás Avellaneda, destacó que la obra constituye una herramienta para los futuros policías y remarcó el cambio que produjo el nuevo Código Procesal Penal en la administración de la justicia penal.

“En este nuevo esquema, el policía ya no es un mero espectador ni un actor secundario. Es el primer eslabón de la justicia”, afirmó, al señalar que los efectivos son quienes, en muchos casos, llegan primero al lugar del hecho, resguardan la escena, auxilian a las víctimas y aseguran las pruebas que posteriormente permitirán avanzar en una investigación.

Avellaneda destacó además la importancia del trabajo conjunto con el Ministerio Público Fiscal y señaló que el libro acompaña metodológicamente el cambio normativo en el ámbito formativo. En sus páginas, explicó, se ofrece “un recorrido que abarca desde el marco constitucional hasta el rol que debe cumplir cada efectivo durante las primeras horas posteriores a un delito, incluyendo modelos de actas, formularios y herramientas para su actuación cotidiana”.

“La vocación policial se nutre de coraje pero se sostiene con el conocimiento”, sostuvo el ministro, quien remarcó que el conocimiento de la ley permite a los policías actuar con mayor seguridad, respetar los derechos humanos y cumplir su función frente al delito.

Contribuir a la profesionalización de la justicia

A su turno, Buabse, expresó su satisfacción por la presentación de la obra y explicó que el proyecto surgió a partir del trabajo realizado junto a un grupo de docentes de la Escuela de Cadetes, con el objetivo de fortalecer la vinculación entre el Ministerio Público Fiscal y la Policía.

“Hoy esa cartilla se transformó en un libro que va a ser material de consulta no solo para los cadetes y los futuros oficiales de Policía”, destacó.

Buabse señaló que, desde su función al frente del CIF, pudo aportar una mirada vinculada tanto al conocimiento técnico y científico como a la investigación penal y al trabajo cotidiano de los efectivos policiales. En ese sentido, resaltó la importancia de trabajar de manera articulada para que las investigaciones se desarrollen correctamente desde el inicio.

La directora del CIF destacó especialmente los contenidos vinculados con el abordaje de la escena del hecho, la cadena de custodia de los elementos incautados, su adecuada preservación, el trabajo de los investigadores y el rol que cumplen posteriormente en las instancias de juicio.

Luego, consideró que la publicación permite trasladar los conocimientos adquiridos en las aulas al ámbito concreto en el que los futuros oficiales deberán desempeñarse y constituye una herramienta para prevenir errores en el ejercicio profesional.

Finalmente, Buabse destacó que el prólogo realizado por el procurador general “jerarquiza la obra y refleja el interés del Ministerio Público Fiscal en contribuir a la profesionalización de la Policía y a fortalecer su preparación jurídica para intervenir ante un hecho delictivo”.

“Es un material de consulta. Hago votos para que esto trascienda de boca en boca y todos puedan saber que existe y que es un material útil para consultarlo en sus lugares de trabajo, en el día a día”, concluyó.

El objetivo de continuar jerarquizando la formación del personal policial

En tanto, Rubinovich explicó que la obra surgió a partir del trabajo que, desde hace cinco años, vienen desarrollando equipos docentes en la Escuela de Policía, a instancias del procurador general.

En ese ámbito, profesionales del Ministerio Público Fiscal se desempeñan como docentes de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, Derecho Contravencional y Derechos Humanos, con el objetivo de acompañar la formación de los cadetes y del personal que cursa en la Escuela de Suboficiales.

Rubinovich señaló que, desde el inicio de esa tarea, se puso especial énfasis en la elaboración de bibliografía y actividades prácticas que permitieran brindar a los estudiantes herramientas de calidad para su formación: “Nos preocupó y nos ocupó trabajar en la bibliografía, en actividades prácticas y en brindarles lo mejor para la etapa formativa”, explicó.

A partir de esa experiencia surgió la necesidad de reunir en una obra los distintos contenidos abordados durante la formación, iniciativa que cobró especial impulso este año, con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia.

“El nuevo Código Procesal Penal fue un poco el motor que aceleró todo este proceso”, señaló Rubinovich, quien explicó que el libro busca que los estudiantes conozcan los cambios introducidos por el nuevo régimen, los distintos actores del sistema de justicia y las reglas básicas que deberán aplicar en su labor cotidiana.

Según explicó, se trata de la primera obra en la provincia de Salta destinada específicamente al personal policial que aborda esta temática de acuerdo con el nuevo régimen procesal, por lo que constituye una herramienta de consulta tanto durante la etapa formativa como en el ejercicio profesional.

Si bien el libro fue pensado inicialmente para los cadetes de la Escuela de Policía y para quienes se forman en la Escuela de Suboficiales, Rubinovich destacó que la obra despertó el interés de la Universidad Católica de Salta, que prevé utilizarla para el dictado de la materia Derecho Procesal Penal de la carrera de Criminalística.

En ese sentido, señaló que “el objetivo es continuar jerarquizando la formación del personal policial” y destacó la importancia de su función en materia de seguridad e investigación, especialmente en su rol como auxiliar de la Justicia.

“El policía es el personaje principal del sistema, y sin el policía nada funciona”, sostuvo.

Respecto del contenido, explicó que el libro comienza con una introducción al esquema constitucional, para luego desarrollar los distintos actores del sistema y el rol que cumple cada uno. También aborda especialmente la etapa investigativa y las reglas probatorias, los distintos medios de prueba y las técnicas especiales de investigación.

La obra incorpora además el texto del Código Procesal Penal de Salta, formularios de actas y procedimientos, y una guía sobre la organización interna del Ministerio Público Fiscal de la Provincia, con el propósito de facilitar la articulación entre este organismo y la Policía.

Rubinovich destacó que, de esta manera, el libro busca constituirse en una herramienta de consulta permanente para el personal policial y contribuir a una actuación profesional, coordinada y ajustada a las reglas del nuevo sistema procesal penal.

Durante el acto, las autoridades entregaron de manera simbólica los libros a los integrantes de la Escuela de Cadetes General Martín Miguel de Güemes.

Además de las autoridades, participaron de la ceremonia cadetes de la Policía de la Provincia, autoridades de las escuelas de formación policial, personal de Gendarmería Nacional y funcionarios del Ministerio Público Fiscal y del Poder Judicial de la Provincia.

Caso Dimas Ruiz: Fiscales reclaman que se fije el juicio y presentaron un pronto despacho

La causa por el violento robo a una empresa frutihortícola fue elevada a juicio en marzo de 2025 y aún no tiene fecha de debate. La Unidad Fiscal advirtió que la demora provocó el vencimiento de la prisión preventiva de Dimas José Ruiz y Matías Malissia y reclamó que se defina la situación de los acusados. Hizo reserva de acudir en queja ante la Corte de Justicia por retardo de justicia.

Los fiscales penales Daniel Espilocín, Pablo Cabot, María Luján Sodero, María Soledad Filtrín Cuezzo y Claudia Carreras, integrantes de la Unidad de Litigio Estratégico contra el Crimen Organizado del Norte, presentaron un pedido de pronto despacho ante el Tribunal de Juicio frente a la demora en la fijación de la audiencia de debate en la causa por el robo a la empresa Abra del Sol, que tiene entre sus imputados a Dimas José Ruiz.

En la presentación, la Unidad Fiscal señaló que se encuentra vencido el plazo establecido para fijar la audiencia de debate sin que el acto procesal se haya concretado y calificó como “injustificada” la demora.

Los fiscales advirtieron que esta situación tuvo como consecuencia el vencimiento del plazo de prisión preventiva de Dimas José Ruiz y Matías Ezequiel Malissia, cuyas situaciones procesales aún deben ser definidas en juicio.

También señalaron la situación de Marcelino Daniel Cruz, quien se encuentra privado de su libertad y está imputado además en otra causa, por lo que remarcaron la necesidad de que el debate se realice para definir su responsabilidad penal en estas actuaciones.

La Unidad Fiscal sostuvo que tanto estas actuaciones como los expedientes acumulados se encuentran en la misma etapa procesal y que únicamente resta la fijación de la audiencia de debate. Planteó que, si el Tribunal considera que las acumulaciones retrasan la realización del juicio, sean dejadas sin efecto y se avance con las audiencias correspondientes.

Los fiscales señalaron además que no corresponde fijar una audiencia preliminar y requirieron directamente la realización del debate oral y público, instancia en la que deberá determinarse la responsabilidad penal de los imputados que aún deben ser juzgados.

Finalmente, ante la demora en la fijación del juicio, la Unidad Fiscal dejó formulada reserva de acudir ante la Corte de Justicia mediante un recurso de queja por retardo de justicia.

Cabe recordar que la causa fue elevada a juicio en marzo de 2025 respecto de Dimas José Ruiz, Marcelino Daniel Cruz y Matías Ezequiel Malissia, cuyas situaciones aún deben ser resueltas en debate.

En el marco de la misma causa, Cristian Gabriel Palavecino, Brian Gabriel Palavecino, Delfor Rogelio Sandoval y Javier Antonio Romero ya fueron condenados.

El proceso se originó por el robo ocurrido el 16 de diciembre de 2022, cuando, según la acusación fiscal, un grupo de al menos ocho personas ingresó con los rostros cubiertos y portando armas a la empresa frutihortícola. Tras reducir y maniatar al personal, se habrían apoderado de 13 millones de pesos y 160 mil dólares, además de una camioneta.

La acusación fiscal atribuye un papel particular a Dimas José Ruiz, quien se desempeñaba como gerente comercial de la empresa. Según la hipótesis sostenida al requerir la elevación a juicio, habría simulado ser una víctima y colaborado inicialmente con los investigadores para luego proporcionar información a los autores del hecho y facilitar su evasión.

La investigación incorporó evidencia digital obtenida de dispositivos electrónicos secuestrados, entre ella videos, fotografías y grabaciones de llamadas. Según sostuvo la Unidad Fiscal al elevar la causa a juicio, esos elementos permitieron reunir evidencia vinculada con la planificación del robo y con maniobras destinadas a entorpecer la investigación.

Red narcocriminal carcelaria: Impugnación ratificó las condenas por comercialización de estupefacientes y asociación ilícita

La Sala II del Tribunal de Impugnación confirmó las condenas vinculadas con la comercialización de estupefacientes dentro de la Unidad Carcelaria 1 y la asociación ilícita. La revisión modificó parcialmente cinco condenas respecto de determinados hechos de exacciones ilegales y concusión.

La fiscal de Impugnación 2, Mónica Poma representó al Ministerio Público Fiscal en la instancia de revisión de la sentencia dictada contra los integrantes de la denominada red narcocriminal carcelaria, investigada por la comercialización de estupefacientes dentro de la Unidad Carcelaria 1 y otros delitos vinculados.

La Sala II del Tribunal de Impugnación resolvió los recursos interpuestos por las defensas y mantuvo las condenas por comercialización de estupefacientes agravada y asociación ilícita respecto de los acusados alcanzados por esas figuras.

La causa fue investigada y llevada a juicio por la Unidad Fiscal integrada por el procurador general Pedro García Castiella y los fiscales Ana Inés Salinas Odorisio, Gustavo Torres Rubelt y Santiago López Soto, quienes sostuvieron que los acusados actuaron de manera organizada, con jerarquías y funciones definidas, para sostener un sistema de comercialización de estupefacientes dentro del establecimiento penitenciario y, en determinados casos, cometer exacciones ilegales.

El juicio comenzó el 4 de agosto de 2025 y se extendió durante diez semanas, hasta el 15 de octubre. A lo largo de las audiencias, la Unidad Fiscal presentó la prueba obtenida durante una extensa investigación para acreditar el funcionamiento de la organización y la participación atribuida a cada uno de sus integrantes.

Al finalizar el debate, la Sala 7 del Tribunal de Juicio condenó a 17 personas, entre ellas los ocho funcionarios del Servicio Penitenciario que habían llegado acusados, además de internos y personas vinculadas con alojados en la Unidad Carcelaria 1. Las penas impuestas fueron de entre uno y diez años y seis meses de prisión.

Ante los recursos interpuestos por las defensas, la fiscal Mónica Poma sostuvo la intervención del Ministerio Público Fiscal ante el Tribunal de Impugnación, que revisó los distintos planteos formulados contra la sentencia.

La Sala II rechazó los recursos y confirmó las condenas respecto de José Luis Alarcón, Luis Roberto Castaño, Marcelo Olguín Magno, Baldomero Darío Córdoba, Manuel Méndez, María Inés Méndez, Héctor Gustavo Banega, Ivana Marcela Gutiérrez, Nicole Judith Ana Luna, Patricia Daiana del Rosario Flores, María Cristina Galindo y Andrea Abigail Alba.

En otros cinco casos, el Tribunal hizo lugar parcialmente a los recursos de las defensas respecto de determinados hechos de exacciones ilegales y concusión, lo que derivó en una adecuación de las penas. Se mantuvieron las condenas por comercialización de estupefacientes agravada y asociación ilícita para Sergio Moya, Francisco Bisceglia, Marcos Bucotich García y Raúl Arjona, mientras que respecto de Rubén Guaymás se confirmaron los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y asociación ilícita.

Tras la audiencia de visu, Sergio Moya quedó condenado a nueve años y seis meses de prisión efectiva; Francisco Bisceglia, a diez años y dos meses; Raúl Arjona, a seis años y ocho meses; Marcos Bucotich García, a cinco años y ocho meses; y Rubén Guaymás, a cuatro años y ocho meses de prisión efectiva.

La resolución de Impugnación ratifica así las condenas vinculadas con la estructura organizada que operó dentro de la Unidad Carcelaria 1, cuya investigación demandó un trabajo sostenido del Ministerio Público Fiscal y derivó en diez semanas de debate oral.

Durante el juicio, García Castiella, Salinas Odorisio, Torres Rubelt y López Soto sostuvieron que la organización contaba con jerarquías y roles definidos y que las maniobras fueron posibles, entre otros factores, por la intervención de funcionarios que tenían a su cargo la guarda de personas privadas de libertad.

En su alegato final, el procurador, Pedro García Castiella había señalado la gravedad institucional de los hechos y sostuvo que la actuación de funcionarios penitenciarios involucrados en las maniobras investigadas implicó un apartamiento de las obligaciones inherentes a la función de custodia y una afectación de los derechos de las personas privadas de libertad.

 

Unidad Carcelaria 1: Condenaron a los 17 imputados a penas de entre 1 y 10 años y 6 meses

Ciudadanas francesas: Tras el rechazo del sobreseimiento por apremios ilegales, la causa continuará

El Tribunal rechazó el pedido de las defensas para cerrar la causa por afectación del plazo razonable y dispuso que el proceso continúe. La Unidad Fiscal pidió avanzar con el tratamiento de la prueba para llegar al juicio oral. Las defensas de los policías acusados, en cambio, anunciaron que recurrirán la decisión, por lo que deberá resolverse esa impugnación antes de avanzar hacia el debate.

La Unidad Fiscal, integrada por los fiscales penales María Luján Sodero Calvet, Pablo Paz y Daniel Espilocín, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia en la que el Tribunal rechazó el pedido de sobreseimiento formulado por las defensas de los policías acusados de apremios ilegales en actuaciones vinculadas con la investigación de los homicidios de las ciudadanas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni.

El Tribunal, presidido por el juez Leonardo Fearns e integrado además por el juez Eduardo Sangari y la jueza Gabriela González, resolvió no hacer lugar al planteo de insubsistencia de la acción penal por afectación del derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable y dispuso que el proceso continúe según su estado.

La decisión fue dada a conocer luego del cuarto intermedio dispuesto en la audiencia anterior, cuando las defensas solicitaron la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de los acusados.

Al fundamentar la resolución, el Tribunal sostuvo que no se configuró una vulneración del derecho de los imputados a ser juzgados dentro de un plazo razonable. Para arribar a esa conclusión analizó la complejidad de la causa, la actividad procesal de las partes y la actuación de los órganos judiciales durante su tramitación.

Los jueces consideraron que, si bien el proceso lleva un tiempo prolongado, esa duración debe evaluarse junto con las características de los hechos investigados y las distintas incidencias producidas durante su desarrollo. En ese sentido, señalaron que las defensas promovieron numerosos recursos y planteos que, aun cuando constituyen el legítimo ejercicio del derecho de defensa, generaron suspensiones y contribuyeron a extender los tiempos del proceso.

El Tribunal señaló además que el expediente mantuvo actividad procesal y destacó que la audiencia actualmente en trámite se produjo por impulso del Ministerio Público Fiscal, que el 29 de mayo de 2026 solicitó avanzar con el proceso hacia el juicio.

La resolución recordó también que un planteo de similares características ya había sido rechazado por el Tribunal el 15 de mayo de 2025 y que esa decisión fue confirmada por el Tribunal de Impugnación el 17 de septiembre de 2025. La cuestión volvió a ser analizada ahora teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde aquel pronunciamiento y que, en esta oportunidad, las defensas de todos los acusados solicitaron su desvinculación definitiva del proceso.

Una vez conocida la decisión, las defensas manifestaron que recurrirán el rechazo del sobreseimiento.

Ante esa situación, el fiscal Daniel Espilocín sostuvo que la decisión de recurrir no impedía continuar con la audiencia y pidió avanzar en ese mismo acto con el tratamiento de la prueba ofrecida por las partes, como paso previo para la realización del juicio oral.

El fiscal señaló que el Ministerio Público Fiscal no desconocía el derecho de los acusados y sus defensas a recurrir, pero sostuvo que ello no debía impedir el avance del proceso, en consonancia con lo recomendado anteriormente por el Tribunal de Impugnación.

El Tribunal entendió, sin embargo, que el recurso anunciado por las defensas tiene efecto suspensivo. Por esa razón, dispuso que primero se tramite y resuelva la impugnación y que, según lo que se decida en esa instancia, se continúe posteriormente con el segundo tramo de la audiencia, destinado al tratamiento de la prueba para el eventual debate oral.

Comparecieron los acusados Martín Alberto Flores Saravia, Rubén Ángel Aguirre, Juan Carlos Paz, Osvaldo René Guanca, Néstor Orlando Chilo, Diego Aguirre Guantay, Rodolfo López, Ricardo Hernán Tabacache, Miguel Bernardino Flores, Dante Eduardo Ceballos, Adrián José Quipilor, Carlos Villagrán Guerrero, Fabio José Litián, Héctor Adrián Vázquez, Rodrigo Emmanuel Bautista y Ferraoti.

También estuvieron presentes, en calidad de damnificados, Gustavo Orlando Lasi, Francisco Ariel Tejada y Daniel Octavio Vilte Laxi.

Al finalizar, el juez Fearns explicó a los damnificados que el Tribunal había rechazado el sobreseimiento solicitado por las defensas y que, ante la decisión de recurrir, deberá tramitarse esa impugnación. Una vez resuelta, y de acuerdo con lo que decida el tribunal que intervenga, se determinará cómo continuará el proceso.

 

 

Caso Parisi: Fiscales presentaron una queja ante la Corte por retardo de justicia

Daniela Murúa y Daniel Espilocín acudieron a la Corte de Justicia ante la falta de resolución sobre la integración del Tribunal que deberá juzgar a Claudio Parisi. Los fiscales sostienen que la demora, que ya alcanza los nueve meses pese a dos pedidos de pronto despacho, provoca un serio perjuicio a la administración de Justicia y afecta el derecho del acusado a ser juzgado en un plazo razonable.

Los fiscales penales Daniela Murúa y Daniel Espilocín, integrantes de la Unidad creada por Resolución de Procuración N.º 1523/24, presentaron ante la Corte de Justicia de Salta una queja por retardo de justicia, en los términos del artículo 178 del Código Procesal Penal, en la causa seguida contra Claudio Alejandro Parisi y otros por cohecho agravado.

La presentación, dirigida a la presidenta de la Corte de Justicia, Teresa Ovejero, se refiere a la falta de resolución del trámite vinculado con la inhibición de la jueza Norma Palomo y, en consecuencia, con la integración del Tribunal que deberá llevar adelante el juicio respecto de Parisi.

Como antecedente, el 18 de diciembre de 2025, Palomo, en su carácter de jueza de la Sala I del Tribunal de Juicio del Distrito Orán, homologó un acuerdo de juicio abreviado y dictó sentencia condenatoria contra cuatro de los imputados en la causa.

Al quedar pendiente la situación procesal de Parisi, la Unidad Fiscal recusó a la magistrada con el objetivo de resguardar el derecho del acusado a obtener una sentencia de un juzgador imparcial.

Tras sucesivas recusaciones e inhibiciones de distintos magistrados, fueron convocados para integrar el Tribunal y resolver el planteo los jueces de Garantías del Distrito Tartagal Alvarado y Mariscal Astigueta.

También fueron convocados la jueza Soledad Rodríguez y el juez Martocchia, quienes rechazaron la competencia.

Según señalaron Murúa y Espilocín, la Unidad Fiscal había advertido, en un dictamen presentado el 18 de abril de 2026, que la cuestión planteada entre estos últimos magistrados no constituía un conflicto de competencia que debiera ser resuelto por la Corte de Justicia. No obstante, las actuaciones fueron remitidas al máximo tribunal provincial.

En agosto, la Corte de Justicia resolvió que la cuestión de competencia había sido incorrectamente planteada y devolvió las actuaciones al Tribunal para que se resolviera lo relativo a la intervención de Palomo.

De acuerdo con la presentación fiscal, posteriormente Mariscal Astigueta y el juez Gerónimo aceptaron la inhibición de la magistrada. Sin embargo, continúa pendiente la resolución necesaria para completar la integración del Tribunal que deberá llevar adelante el juicio.

Ante esa situación, la Unidad Fiscal presentó pedidos de pronto despacho el 7 de abril y el 7 de septiembre de 2026, al considerar incumplidos los plazos procesales para resolver la integración del Tribunal. Según se consignó en la queja, hasta el momento no se obtuvo respuesta a esas presentaciones.

Claudio Parisi está acusado de cohecho pasivo agravado (dos hechos), incumplimiento y omisión de los deberes de funcionario público, en concurso real. Se le atribuye haber otorgado el arresto domiciliario a César Daniel Martínez, alias “Oreja”, imputado por tentativa de femicidio, quien fue posteriormente asesinado frente al domicilio donde cumplía dicha medida.

En los fundamentos de la queja, Murúa y Espilocín sostuvieron que la falta de resolución sobre la integración del Tribunal provoca un serio perjuicio a la administración de Justicia, especialmente por tratarse de una causa de relevancia institucional en la que debe resolverse la posible responsabilidad penal de una persona que ejercía una magistratura judicial.

Los fiscales señalaron además que esta situación afecta gravemente el derecho constitucional de acceso a la Justicia y el derecho del imputado a ser juzgado dentro de un plazo razonable, al impedir que pueda realizarse el debate. En la presentación calificaron como injustificado el atraso, que ya alcanza los nueve meses.

Sobre este punto, citaron jurisprudencia de la Corte de Justicia de Salta respecto de la garantía de ser juzgado en un plazo razonable, según la cual corresponde determinar si la actuación de las autoridades intervinientes durante el proceso fue conforme a derecho y, de corresponder, adoptar las medidas pertinentes.

Finalmente, Murúa y Espilocín solicitaron a la Corte de Justicia que haga lugar a la queja, disponga la integración del Tribunal y comunique al órgano interviniente que otorgue urgente trámite a los pedidos formulados, con el fin de posibilitar la realización del juicio.

El MPFS establece un nuevo protocolo de actuación para el Régimen Penal Juvenil

La Procuración General fijó criterios comunes para la intervención de los fiscales ante delitos atribuidos a adolescentes desde los 14 y hasta antes de cumplir los 18 años. El protocolo establece respuestas diferenciadas según la edad, las características y gravedad del hecho y la participación concreta, prioriza soluciones alternativas cuando correspondan y dispone que la privación de libertad sea excepcional. La investigación de la participación de adultos y de organizaciones criminales que utilicen a adolescentes constituye uno de los ejes de actuación.

El procurador general de la Provincia de Salta, Pedro García Castiella, aprobó mediante Resolución N.º 1767 el nuevo Protocolo General de Actuación del Ministerio Público Fiscal en materia Penal Juvenil, que establece criterios comunes para la intervención de fiscales y funcionarios en toda la provincia ante delitos atribuidos a adolescentes.

El instrumento fue elaborado en el marco del nuevo Régimen Penal Juvenil establecido por la Ley Nacional N.º 27.801, aplicable a personas adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18 al momento del hecho.

La incorporación de adolescentes desde los 14 años al régimen de responsabilidad penal no supone una respuesta automática ni equivalente a la prevista para las personas adultas. El protocolo establece que la actuación fiscal deberá regirse por los principios de especialidad, interés superior del niño, mínima intervención penal, proporcionalidad, celeridad, desjudicialización y excepcionalidad de la privación de libertad.

Cada intervención deberá considerar, entre otros aspectos, la edad del adolescente al momento del hecho, su grado de desarrollo, la naturaleza y gravedad concreta del delito, la modalidad de participación, la violencia empleada, el daño ocasionado, la situación de la víctima y la posible intervención de otras personas.

Un tratamiento diferenciado según la edad

El protocolo establece pautas específicas según la edad que tenía la persona adolescente al momento del hecho.

Las personas menores de 14 años se encuentran excluidas del régimen de responsabilidad penal juvenil. En esos casos no podrá iniciarse ni continuar una persecución penal en su contra.

Sin embargo, la exclusión de responsabilidad penal no implica necesariamente el cierre de la investigación. La actuación fiscal podrá continuar para determinar las circunstancias del hecho, establecer la eventual participación de otras personas penalmente responsables y preservar los derechos de la víctima.

Respecto de adolescentes de 14 a menos de 16 años, el protocolo dispone un criterio especialmente restrictivo de intervención penal, atendiendo a su proximidad con la edad mínima de responsabilidad. La continuidad de la persecución deberá encontrarse especialmente justificada y deberán priorizarse mecanismos de desjudicialización y soluciones alternativas cuando legalmente correspondan.

Para adolescentes de 16 a menos de 18 años se aplicarán plenamente los principios de especialidad y los criterios de política criminal previstos en el protocolo. La edad, por sí sola, no permitirá equiparar la culpabilidad del adolescente con la de una persona adulta ni determinar automáticamente la intensidad de la respuesta penal.

Tres niveles de intervención fiscal

El protocolo parte de una premisa central: no todos los conflictos penales protagonizados por adolescentes requieren la misma respuesta del Estado. El protocolo clasifica los casos en tres niveles: de baja intensidad, de intensidad intermedia y de intervención prioritaria. Esta clasificación tiene carácter orientativo y deberá determinarse de acuerdo con las circunstancias concretas de cada hecho.

Para los casos de menor gravedad, el Ministerio Público Fiscal deberá analizar desde las primeras etapas la posibilidad de recurrir a criterios de oportunidad, soluciones alternativas y mecanismos restaurativos que permitan resolver el conflicto sin una judicialización innecesaria, siempre que se encuentren reunidas las condiciones legales correspondientes.

En el otro extremo, el protocolo establece una intervención prioritaria frente a delitos de especial gravedad, en los que se encuentre particularmente comprometido el interés público en su investigación y esclarecimiento. En estos casos se exige una actuación fiscal especialmente diligente y eficaz.

La clasificación en un determinado nivel no será automática ni dependerá exclusivamente de la calificación legal del delito. Los fiscales deberán ponderar conjuntamente las circunstancias particulares del caso y fundamentar la intensidad de la intervención.

Adolescentes y criminalidad organizada

Uno de los aspectos centrales del nuevo protocolo está relacionado con la intervención de adolescentes en organizaciones o estructuras delictivas.

Cuando existan elementos que indiquen que un adolescente pudo haber sido influenciado, instigado, captado, utilizado o dirigido por otras personas, los fiscales deberán profundizar especialmente esa línea de investigación.

En particular, frente a hechos vinculados con criminalidad organizada, la actuación fiscal deberá procurar determinar si existen personas adultas que se aprovechan de la edad de los adolescentes para incorporarlos o utilizarlos en actividades delictivas.

De esta manera, la investigación no deberá detenerse únicamente en el adolescente que aparece involucrado directamente en el hecho, sino avanzar sobre las personas que puedan encontrarse detrás de su captación, dirección o aprovechamiento.

Al mismo tiempo, cuando se compruebe una participación relevante del propio adolescente dentro de una organización o estructura delictiva, el caso podrá ser considerado de intervención prioritaria, atendiendo siempre a su participación concreta y sin presumir automáticamente una responsabilidad equivalente a la de una persona adulta.

El protocolo busca así evitar dos respuestas igualmente inadecuadas: minimizar hechos graves por haber sido cometidos por adolescentes o tratar automáticamente a un adolescente como si fuera un adulto.

Protección de las víctimas

El nuevo modelo exige que los fiscales analicen cada situación de manera individual. La edad, el grado de desarrollo, la modalidad de participación, la violencia utilizada, el daño ocasionado, la situación de la víctima y la posible intervención de otras personas serán algunos de los elementos que deberán considerarse al definir la estrategia de investigación.

El protocolo también establece que la existencia de antecedentes o intervenciones penales anteriores no podrá, por sí sola, justificar una respuesta penal más intensa.

La especialidad propia del régimen penal juvenil deberá coexistir con una tutela efectiva de los derechos de las víctimas.

Los fiscales deberán garantizar su información, participación y protección durante el proceso y adoptar las medidas necesarias para evitar situaciones de revictimización, especialmente cuando la víctima sea también una niña, niño o adolescente.

La situación de la víctima, el daño ocasionado y su eventual vulnerabilidad también deberán ser considerados al momento de determinar la intensidad de la intervención fiscal.

La privación de libertad como último recurso

La privación de libertad de una persona adolescente durante el proceso tendrá carácter excepcional y sólo podrá solicitarse cuando resulte necesaria, idónea y proporcional.

El fiscal deberá identificar concretamente los riesgos procesales que pretende neutralizar y analizar previamente si existen medidas menos restrictivas que permitan alcanzar el mismo objetivo.

La gravedad del hecho o la escala penal prevista para el delito no serán suficientes, por sí solas, para justificar la privación de libertad.

Además, durante el proceso deberá revisarse si subsisten las circunstancias que justificaron la medida y promover su sustitución o cese cuando corresponda.

El criterio de excepcionalidad también deberá observarse al momento de determinar la respuesta sancionatoria. La eventual solicitud de una pena privativa de libertad requerirá una fundamentación reforzada sobre la culpabilidad concreta del adolescente, la gravedad y consecuencias del hecho y la insuficiencia de respuestas no privativas de libertad.

Un criterio común para toda la provincia

El protocolo será aplicado por fiscales, auxiliares fiscales y demás funcionarios del Ministerio Público Fiscal en todos los distritos judiciales de Salta, independientemente del régimen procesal vigente en cada jurisdicción.

La Resolución N.º 1767 también aprueba una Guía Operativa de Actuación Fiscal destinada a facilitar la aplicación práctica del protocolo y orientar las decisiones que deberán adoptarse desde el ingreso de una causa, durante la investigación y antes de continuar la persecución penal, requerir una medida restrictiva de libertad o formular una pretensión punitiva.

De esta manera, la Procuración General establece pautas uniformes para la actuación del Ministerio Público Fiscal frente al nuevo Régimen Penal Juvenil, con respuestas diferenciadas según la edad del adolescente, las características del hecho y las circunstancias concretas de cada caso.

El objetivo es contar con un sistema penal juvenil capaz de diferenciar las distintas realidades que llegan a conocimiento de la Justicia: ofrecer respuestas alternativas cuando la naturaleza del conflicto lo permita, investigar con prioridad los delitos graves y, especialmente, identificar y perseguir a quienes utilicen a adolescentes como parte de estructuras u organizaciones criminales.

Reunión.Migraciones

El Ministerio Público Fiscal y Migraciones avanzan en acciones de cooperación para fortalecer la investigación penal

Ambos organismos acordaron desarrollar mecanismos de cooperación, intercambio de información y asistencia para fortalecer las investigaciones penales y el trabajo de los fiscales.

El procurador general de la provincia de Salta, Pedro García Castiella, mantuvo una reunión de trabajo con el subdirector nacional de Migraciones, Javier Emilio Rea, y el titular de la Delegación Salta de ese organismo, Roberto Eduardo Romero, con el objetivo de fortalecer la cooperación entre ambos organismos.

Durante el encuentro, del que también participó Laura García Albesa, quien se desempeña en la Secretaría de Política Criminal de la Procuración General de la Provincia, se planteó la necesidad de establecer mecanismos de colaboración para aquellos casos en los que, dentro de un proceso penal, se encuentren involucradas personas extranjeras.

En este marco, se acordó iniciar las gestiones para avanzar en la firma de un convenio de colaboración y asistencia recíproca, así como en la elaboración de un protocolo específico de actuación.

El acuerdo contemplará la cooperación técnica y operativa y el intercambio de información entre la Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio Público Fiscal, con el propósito de optimizar el acceso a información de interés para las investigaciones penales y coordinar acciones dentro de las competencias de cada organismo.

Entre los mecanismos que se prevé implementar se encuentran canales institucionales directos y permanentes de comunicación, que permitan realizar consultas sobre la situación migratoria de personas extranjeras involucradas en actuaciones judiciales, facilitar la verificación de antecedentes y profundizar el análisis de las herramientas previstas por la normativa para la eventual expulsión de personas extranjeras que hayan incurrido en delitos, cuando esta situación se encuentre acreditada y se reúnan todas las condiciones y requisitos legales establecidos para su procedencia.

En este marco, se buscará además desarrollar instancias de capacitación destinadas a actualizar y profundizar el conocimiento sobre el manejo de la base de datos de Migraciones y los mecanismos de acceso a esa información, para optimizar su utilización en el marco de las investigaciones penales, adoptando las medidas necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos.

García Castiella destacó «la importancia de fortalecer el trabajo coordinado entre los organismos, especialmente en la zona norte de la provincia, teniendo en cuenta la extensa área de frontera que posee Salta, el intenso tránsito de extranjeros en la región y los desafíos que plantea para la prevención y la investigación de delitos, y con mayor intensidad en la coordinación mencionada para casos vinculados al crimen organizado».