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Metán: intentaron llevarse a un familiar detenido y lesionaron al personal policial

El fiscal penal 2 de Metán, Gonzalo Gómez Amado, imputó a Juan Manuel Llanes Martínez, José Luis Llanes, José Antonio Martínez Llanes, Antonio Orasmin Martínez y Delia Yolanda Llanes, acusados provisionalmente de los delitos de atentado a la autoridad agravado, atentado a la autoridad y obstrucción al procedimiento. Los cuatro hombres permanecen detenidos.

Del decreto surgió que los imputados, el 29 de noviembre, ejercieron fuerza y violencia física contra el personal policial, con el fin de hacerlo desistir de un acto propio de sus funciones, como así también le impidieron ejercer libremente sus funciones, al entorpecer en todo momento el procedimiento.

La intervención del fiscal penal Gonzalo Gómez Amado, iniciaron con las actuaciones detalladas en el informe policial originado en la Comisaría 30, con la detención de Fernando Martínez Llanes, quien en primera instancia estaba en el hospital local.

Al llegar a la dependencia, se acercó la madre del detenido con el grupo de familiares, quienes ingresaron en forma alterada y sacaron al detenido con la intención de llevarlo a una camioneta Amarok negra.

El personal de la Comisaría impidió que se llevaran al detenido y fue entonces que los acusados agredieron al personal policial y lesionaron a un efectivo, quien debió ser retirado en ambulancia.

Salvador Mazza: Investigan el femicidio de una menor de 15 años

El fiscal penal de Graves Atentados contra las Personas de Tartagal, Pablo Cabot, investiga el femicidio de María Liz Elizabeth Flores, de 15 años, domiciliada en barrio La Pista, de Salvador Mazza. La joven había salido de su hogar ayer y desde entonces su familia desconocía su paradero.

El cuerpo de la víctima fue encontrado este mediodía, boca abajo y parcialmente cubierta de agua, sobre un canal de desagüe cercano al barrio Justo Juez.

Al levantar el cuerpo se observó un orificio en el rostro, que aparenta ser un disparo con arma de fuego.

El fiscal penal Pablo Cabot, dispuso una serie de medidas tendientes a esclarecer el hecho, mientras que personal del Cuerpo de Investigaciones Fiscales realizará la autopsia para determinar las causas de la muerte.

Se podrán denunciar otros delitos a través de la página de Denuncias Web

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, dispuso la aprobación del sistema de recepción de “Denuncias Web para otros Delitos”, incorporado a la página oficial del Ministerio Público Fiscal y en el sitio web www.denunciasweb.gob.ar, que regirá desde este martes 1 de diciembre de 2020.

De este modo, los ciudadanos de la provincia, podrán registrar sus denuncias en el apartado “otros delitos”, que se suma a los ya disponibles para denunciar robos, venta de drogas y abusos policiales.

La herramienta informática permitirá a los usuarios registrar las denuncias desde cualquier dispositivo informático con acceso a Internet o teléfono celular a través de la aplicación móvil; sin necesidad de concurrir a una dependencia policial.

En este sentido, el Procurador General sostuvo que es “indispensable para la gestión, brindar respuestas de calidad al ciudadano, a través de la ampliación de los canales de acceso al servicio de justicia” y especialmente, en el marco de restricciones sanitarias impuestas por la pandemia.

Piden juicio contra una banda que vendía estupefacientes en tres barrios

El fiscal penal interino de la Unidad contra la Narcocriminalidad, Federico Jovanovics, requirió ante el Juzgado de Garantías 7, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputadas a ocho personas, acusadas del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas en forma organizada.

Las imputaciones recayeron sobre Ricardo Gabriel Agüero, María Laura Morales, Héctor Ramón Álvarez, Daniela Elizabeth Franco, Dolores Agustina Dávalos, Maximiliano Martín Barrionuevo, Kevin Luna y un menor de edad.

En base a las tareas de investigación y vigilancias realizadas por personal policial y los elementos obtenidos tras distintos allanamientos autorizados por el Juzgado de Garantías en feria, pudo determinarse que los acusados, con división de roles y funciones, tenían en su poder estupefacientes que vendían a terceros y elementos para fraccionarla y acondicionarla, además de dinero en efectivo de la actividad ilícita.

Sobre los imputados Héctor Ramón Álvarez y Daniela Elizabeth Franco, se aplicó un agravante, por valerse del menor para desarrollar la actividad ilícita.

Las actuaciones de la Unidad Fiscal contra la Narcocriminalidad, iniciaron el 7 de mayo, con un informe policial realizado por efectivos comisionados a corroborar o descartar una denuncia anónima, en la que se indicó que en un inmueble de barrio Canillita, una persona identificada como “Chancho” y su pareja María Laura, vendían estupefacientes.

Ese mismo día, los efectivos policiales pudieron documentar con fotografías la existencia de la vivienda, donde observaron una moto estacionada y la salida de un hombre, que fue identificado como Ricardo Gabriel Agüero, quien tenía antecedentes condenatorios. En el domicilio también residía María Laura Morales, con antecedentes condenatorios por infracción a la ley 23.737.

Fue documentada la llegada de diferentes personas al inmueble, quienes eran atendidos por algunos de los residentes, a quienes les entregaban dinero a cambio de pequeños elementos que los compradores se llevaban a sus fosas nasales.

Otro informe policial del 18 de junio, indicó que la pareja se retiró del domicilio en moto hasta un inmueble de barrio Solidaridad y luego a otro de Villa Juanita, donde Ricardo Agüero fue atendido por un hombre, mientras María Laura Morales lo esperaba. Luego ambos volvieron a barrio Canillita.

De lo expuesto se concluyó que la pareja investigada se abastecía de estupefacientes en el domicilio de Villa Juanita, donde residía Héctor Ramón Álvarez, con condena por infracción a la ley 23.737.

Pudo conocerse que la pareja de Álvarez era Daniela Franco, con antecedentes condenatorios por infracción a la ley 23.737 y que el hijo de ésta, menor de edad, también tenía participación en la hipótesis delictiva.

Vigilancias realizadas sobre el inmueble de Villa Juanita, permitieron documentar la llegada de diversas personas al lugar, que se retiraban al cabo de unos minutos.

Por otra parte, tareas investigativas permitieron confirmar que Martín Maximiliano Barrionuevo, con domicilio en barrio La Angostura, también vendía estupefacientes, y que era provisto por Héctor Álvarez. Tanto Barrionuevo, como su pareja, Dolores Agustina Dávalos, habían sido denunciados por venta de sustancias.

Además, se determinó que Kevin Luna, vendía sustancias estupefacientes para Maximiliano Barrionuevo.

Múltiples allanamientos realizados en los domicilios de los barrios Canillita, La Angostura y Villa Juanita, permitieron la detención de los acusados y el secuestro de la droga.

Del inmueble ubicado en Canillita, se secuestraron 33 gramos de cocaína y sus derivados, la suma de $45.480, una moto y dos celulares.

En tanto, del domicilio ubicado en La Angostura, se secuestraron 18 gramos de cocaína y derivados, $16.860 una moto y dos celulares.

Por último, del domicilio de Villa Juanita, se secuestraron 627 gramos de cocaína y derivados, $89.400 en efectivo, una moto y tres celulares.

Policías de Seguridad Urbana insultaron, golpearon y dispararon a chico de 15 años

La fiscal penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 6, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputados a tres efectivos con revista en la División de Seguridad Urbana, acusados de los delitos de vejaciones calificadas por el uso de la violencia y lesiones leves en concurso ideal, en perjuicio de un menor de 15 años.

Las imputaciones recayeron sobre los efectivos policiales; sargento ayudante Rómulo Segovia, sargento Pablo Exequiel Toledo y cabo Ignacio Esteban Zurita.

Del requerimiento surgió que el 12 de enero de 2020, cerca de las 7:40, los efectivos policiales mencionados a bordo del móvil policial 1829, con exceso de sus funciones, acometieron en contra de la integridad física del menor, a quien le causaron lesiones que fueron producidas por el impacto de proyectiles, según constató el certificado médico.

Las actuaciones iniciaron tras la denuncia radicada por la hermana del menor, quien expresó que ese día, al salir de su domicilio de barrio Primera Junta con su hermano, divisó que al frente había efectivos policiales, quienes aparentemente realizaban el despeje de personas que bebían alcohol en la vía pública. En ese momento, un efectivo policial, al ver a la denunciante con su hermano vociferó «que haces acá», le dio una patada en el pecho al menor y lo insultó.

Posteriormente, llegó la madre de la denunciante, quién le reclamó al efectivo por el accionar contra su hijo, a lo que éste le vociferó insultos y la empujó. Luego, el mismo efectivo sujetó del cuello al menor y lo golpeó contra el móvil policial.

Al ver la situación, intervinieron tanto la madre como la hermana del menor, con la intención de que dejaran de agredirlo y los efectivos comenzaron a disparar con balas de pintura, que impactaron en la espalda del joven.

En sus fundamentos, la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que surgió con claridad manifiesta que la figura endilgada constitutiva del delito de vejaciones calificadas por el uso de la violencia, pretende proteger el remanente de libertad del que dispone todo detenido, en virtud de ser sujeto de derecho, y que atañe directamente a su dignidad como persona, asociada puntualmente a las pautas que imponen los estándares mínimos establecidos por la Constitución Nacional juntamente con los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos.

Cuando esa medida se ve agravada por la golpiza llevada a cabo por los acusados, merece sin dudas, el reproche penal atribuido a los imputados, pues la libertad individual que se intenta resguardar mediante la disposición, se ve conmovida a raíz de ciertos procedimientos que se caracterizan por su carácter mortificante.

Policía disparó en la nuca a un menor que fumaba marihuana

La fiscal penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 6, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al efectivo Mario Esteban Magno, de 31 años, acusado de los delitos de vejaciones calificadas por el uso de la violencia y lesiones leves, todo en concurso ideal.

Las actuaciones de la Fiscalía Penal de Derechos Humanos, iniciaron tras la denuncia de la madre de la víctima, en representación de su hijo de 17 años, en la que expresó que el 13 de agosto de 2019, cerca de las 16:30, fue alertada por su hija que su hermano tenía la nuca ensangrentada y que efectivos policiales que circulaban en moto le habían disparado con un arma larga.

Al salir la denunciante a la vereda, observó que su hijo estaba rodeado de efectivos y que era subido a un móvil. Sostuvo que al querer averiguar sobre lo sucedido, los policías se mostraron reticentes y le dijeron que su hijo vendía droga, por lo que la mujer les informó que su hijo era consumidor, pero que no comercializaba.

En su declaración testimonial, la víctima manifestó que en ese día y horario, estaba en la vereda de su domicilio junto a un amigo, con quien consumía un “faso”.

Relató que aparecieron dos efectivos policiales en moto y que uno de ellos, sin mediar palabra, comenzó a hacer tiros hacia él, que impactaron en la zona de la nuca y en el muslo de la pierna izquierda y que disparó un efectivo de apellido Magno.

En sus fundamentos, la fiscal penal Simesen de Bielke, sostuvo que el imputado disparó balas de goma que causaron sendas lesiones en la integridad física del menor, conforme dio cuenta el certificado médico.

En este sentido, el acusado, en ejercicio de la función policial y sin que existiera necesidad de esgrimir un arma no letal, disparó al cuerpo del menor, siendo reprochable penalmente la conducta, ya que son los funcionarios policiales quienes deben velar por la seguridad, y que tras lo ocurrido, el solo verlo representa más bien «peligro» y no «seguridad».

Y conforme surge del reglamento policial para el uso de la fuerza pública, se encuentra regido por una serie principios; entre ellos, la “racionalidad”, es decir, que debe estar justificado por circunstancias específicas y acordes a la situación que enfrenta y solo estará permitido el uso de armas no letales cuando los otros medios no violentos, resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto.

Incumplimiento, peculado y perjuicio por $84 millones: piden juicio contra el exintendente de Campo Quijano

La fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 6, la elevación a juicio contra el exintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y peculado (cuatro hechos) en concurso real y en carácter de autor. En la misma causa fue imputada la exsecretaria de Hacienda de ese municipio, Carmen Rosa Méndez, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y peculado, en concurso real y en calidad de autora.

Del requerimiento surgió que el exintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo, de 50 años, omitió dar cumplimiento a los deberes propios de sus funciones al desplegar conductas contrarias a las leyes y ordenanzas y determinando la disposición de fondos apartada de los principios contables, bajo los cuales se rige el gasto público.

El informe de la Auditoria General de la Provincia, dio cuenta de la inexistencia de la documentación respaldatoria de los gastos efectuados, del incumplimiento de la normativa financiera y la transparencia de la gestión pública en el manejo de fondos, además de la falta de registración contable que permitiera establecer el destino real de los fondos asignados durante su gestión y además, controlar la legitimidad del gasto.

De la documentación aportada por el denunciante y actual intendente, Carlos Héctor Folloni, surgió la falta de registros contables de fondos municipales de los períodos 2017-2019.

Vehículos, maquinarias, “vales” de campaña y dinero “para el doctor”

La fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, tuvo por acreditada la participación el exjefe comunal en el delito de peculado (cuatro hechos). El primero ocurrió el 30 de agosto de 2018, cuando el imputado adquirió -en beneficio personal- una camioneta Chevrolet S10, dominio AC840GK, que fue abonada con fondos municipales, a través del libramiento de dos cheques girados sobre la cuenta de titularidad del Municipio por la suma de $ 750.000. El vehículo fue inscripto a nombre de Gonzalo Fernando Cornejo, según consta en el formulario 08 secuestrado.

Surgió como segundo hecho que el imputado Cornejo, a pocos días de finalizar su mandato como Intendente, sustrajo maquinaria pesada y otros bienes muebles, que fueron llevados a una finca, con el fin de evitar ser descubiertos. Es que el 2 de diciembre de 2019, Cornejo firmó un contrato de locación de un predio de 3000 metros cuadrados del Loteo Pucará de Rosario de Lerma, donde depositó las maquinarias que luego fueron secuestradas y que según expresó verbalmente Cornejo, le pertenecían.

De la declaración del titular del predio, surgió que Cornejo le pidió un sector de la finca para guardar la maquinaria, a fines de noviembre o principios de diciembre de 2019, sin darle mayores explicaciones. Tampoco supo quién llevó hasta allí la maquinaria. Sin embargo, un empleado que se desempeñó por 14 años en el municipio y que estuvo cargo del parque automotor; sostuvo que en los primeros días de diciembre de 2019, hizo un inventario en el que consignó todas las maquinarias del taller y del parque automotor.

Surgió que en ese inventario, solamente consignó las máquinas que había en el canchón, pero que había otras en el predio de la Usina Municipal. Sobre las máquinas secuestradas en el predio de la Finca Pucará, sostuvo que cuando llegó al lugar, las reconoció a todas como las que antes estaban en el Municipio, pues se encargaba de su reparación. Ello dio cuenta que el imputado, días previos a finalizar su función, dispuso en su beneficio personal sobre las maquinarias del municipio, además de haber pagado con fondos municipales los seguros correspondientes de los vehículos.

Por otra parte, la fiscal tuvo por acreditada la participación punible de Cornejo en el tercer hecho, que surgió de las declaraciones testimoniales y de la documentación hallada en el municipio, que prueban la sustracción de fondos municipales para ser entregados en forma discrecional; a razón de $500 a las personas que lo solicitaran como ayuda social, sin verificar la existencia real de dicha necesidad. Surgió de los recibos, que no se estableció ni el beneficiario ni el monto que se otorgaba, por lo que la maniobra fue utilizada para disponer libremente de fondos municipales en beneficio propio.

Así se desprendió de la documentación presentada por la actual gestión, consistente en vales de retiros de fondos y entrega; y del informe de la División Delitos Económicos en el cual figura que diversas personas entrevistadas informaron que recibieron la suma de $500, antes de la campaña electoral del exintendente Cornejo. Si bien tales órdenes de pago fueron entregadas en concepto de “ayuda económica”, surgió que los testigos/beneficiarios coincidieron en mencionar que implícitamente se los persuadía para que colaborasen con el voto, tendiente a asegurar la reelección del imputado, mientras que en otros casos, declararon explícitamente que el pago citado era “en apoyo y a cambio del voto para Cornejo”.

Por último, se tuvo por acreditado un cuarto hecho, mediante constancias del Banco Macro, que el imputado extrajo a través de diversas personas, fondos municipales sin haberse podido determinar el destino asignado y que llevó a cabo la misma maniobra respecto de los fondos depositados en el Banco Patagonia. Sobre estos últimos, se giraron cheques con extracciones de sumas de dinero del municipio y se constituyeron plazos fijos, con los consecuentes beneficios financieros.

Luego, se extrajeron los fondos públicos que no ingresaron al municipio sin haberse podido determinar tampoco su destino real, dada la inexistencia de un circuito administrativo y respaldo documental. Ello produjo un grave perjuicio al erario municipal, del orden de los $84.000.000 (ochenta y cuatro millones de pesos). A esto se sumó que para justificar el retiro de esos fondos, se ordenó a los auxiliares de tesorería que se imputaran a la cuenta “gastos reservados”, según surgió de distintas declaraciones.

Sin embargo, tales declaraciones no son las únicas pruebas que permiten sostener la comisión del hecho, sino que además, hay copias de los cartulares que eran emitidos a la orden de la imputada Carmen Rosa Méndez y luego endosados para ser cobrados por los empleados del Municipio, quienes concurrían a la entidad bancaria del Banco Patagonia ubicada en la rotonda de Limache, por orden de la acusada, para traer dinero para el “doctor”, en referencia a Cornejo.

La maniobra también fue acreditada con los mensajes extraídos del teléfono celular del acusado, de los que surgió la maniobra descripta: esperar la trasferencia de fondos nacionales o provinciales, transferirlos a la cuenta del Banco Patagonia, constituir plazos fijos para generar intereses y luego disponer de esos fondos, los que incluso, fueron retirados en bolsos, meses antes de finalizar su mandato.

Todo los descripto, dio cuenta que tanto Cornejo como Méndez, desplegaron conductas penales típicas del peculado, pues eran quienes tenían a su cargo la administración y custodia de los caudales públicos, de los que se apropiaron y que les correspondía administrar, con abuso del poder de Cornejo en disponibilidad que le fuera otorgado en razón de su cargo y con el consiguiente quebranto para las arcas públicas.

Policía irá a juicio tras dispararle a una mujer en la pierna y fracturarla

La fiscal penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 7, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al suboficial mayor Juan Celestino Correa, con revista en la División de Infantería, acusado de los delitos de vejaciones calificadas por el uso de la violencia y lesiones leves, en concurso ideal.

Del requerimiento surgió que el 23 de enero del 2019, cerca de las 15, cuando la víctima caminaba junto a su hermano por barrio 17 de Octubre, luego de realizar compras en un almacén, observaron que el móvil policial 1490 realizaba un operativo, ya que había un grupo de personas que al verlo, salieron corriendo.

Sostuvo que en virtud de ello, detuvieron a su hermano, quien recibió golpes por parte del personal policial.

La denunciante sostuvo que al tratar de explicarles que no estaban haciendo nada, el imputado le disparó con balas de goma que impactaron en su pierna derecha, lo que le produjo una fractura que fue constatada mediante certificado médico.

En sus fundamentos, la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que el acusado desempeñó un acto de servicio con exceso de sus funciones, al acometer contra de la integridad física de la damnificada y producirle una fractura en la pierna derecha, con herida circular en la cara anterior de pierna izquierda tercio medio.

En este sentido, surgió con claridad manifiesta que la figura endilgada constitutiva del delito de vejaciones calificadas por el uso de la violencia, pretende proteger el remanente de libertad del que dispone todo detenido en virtud de ser sujeto de derecho y que atañe directamente a su dignidad como persona.

El hecho se agravó por la golpiza llevada a cabo por los efectivos, lo que merece el reproche penal atribuido al imputado, ya que la libertad individual que se intenta resguardar mediante la disposición, se ve conmovida a raíz de ciertos procedimientos que se caracterizan por su carácter mortificante que se imponen al sujeto pasivo, la que encuentra asiento en su derecho de evitar tales sufrimientos.

Nueve años y medio de prisión para el homicida de Fortunato Matorras

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas de Tartagal, Pablo Cabot, representó al Ministerio Público Fiscal en el juicio en el que Gustavo Daniel Cuéllar, alias “Calandra”, fue condenado por el Tribunal de Juicio Sala II Vocalía I del Distrito Judicial Norte, a la pena de 9 años y 6 meses de prisión efectiva, por el delito de homicidio en grado de autor, en perjuicio de Fortunato Matorras.

El mismo fallo ordenó que Cuéllar, de 40 años, sea trasladado a la Unidad Carcelaria 5 y que una vez que quede firme la sentencia, se extraiga material genético del condenado por el servicio de Biología Molecular del CIF para posterior inscripción en el registro del Banco de Datos Genéticos.

La intervención del fiscal penal Pablo Cabot, se produjo tras los hechos ocurridos el 26 de octubre de 2019, cerca de las 2, cuando la víctima y el acusado bebían alcohol en un terreno baldío ubicado en la intersección de avenida Rivadavia con calle Libertad, de Aguaray.

En un determinado momento, Cuéllar agredió físicamente con golpes a Matorras, quien una vez en el piso, fue golpeado repetidamente con un hierro por el acusado y recibió golpes en la cabeza que le produjeron la muerte.

Policías entraron al domicilio, le dispararon y casi pierde un ojo

La fiscal penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, imputó a los efectivos policiales; oficial ayudante Omar Vale, cabos Diego Sánchez e Iván Quispe y sargento Rogelio Nanda, todos con revista en la Dirección de Seguridad Urbana, por el delito de vejaciones y lesiones leves calificadas por el uso de la violencia, todo en concurso real, en calidad de autores.

Del decreto de imputación, surgió que los acusados, mientras circulaban por Villa Asunción y sin motivo alguno, dispararon sus armas e impactaron contra la integridad física de un joven, a quien le causaron lesiones.

La intervención de la Fiscalía Penal de Derechos Humanos, se produjo tras la denuncia formulada por la madre de la víctima, en la que relató que en la madrugada del 24 de noviembre de 2018, tuvieron una reunión familiar y vecinal.

Luego de la cena, cuando su hijo junto a otros familiares estaban en la vereda tomando cerveza, llegaron los efectivos policiales en moto, quienes sin mediar palabra, dispararon con escopetas e impactaron en la nariz, espalda y glúteos del joven.  Tras esto, la víctima ingresó al domicilio y llegó hasta el patio, lugar al que también ingresaron los acusados para continuar con las detonaciones, sin tener en cuenta que había niños y personas mayores.

El joven perdió el conocimiento en el interior de la vivienda, por lo que debieron trasladarlo hasta el centro de salud de Villa Cecilia, donde fue asistido inicialmente.  Fue derivado al Hospital San Bernardo, donde le realizaron suturas y le diagnosticaron “fisura de nariz, con riesgo de pérdida del ojo derecho”.