Metán: Detenido e imputado por abusar de su novia y amenazarla

Un hombre de 18 años fue detenido e imputado por un violento hecho cometido en contra de una mujer con la que mantenía una relación sentimental. Abusó sexualmente de ella, la amenazó, sustrajo su celular y lo dañó. Se solicitó que se mantenga su detención.

El fiscal penal 2 de Metán, Gonzalo Gómez Amado, imputó a Ricardo Ariel Chancalay como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal (dos hechos), abuso sexual gravemente ultrajante, abuso sexual simple, amenazas, hurto y daños en concurso real en perjuicio de una mujer con la que mantenía una relación sentimental.

La víctima denunció que el acusado, con quien mantenía una relación personal, fue a buscarla a la terminal de colectivos de la ciudad de Metán, se manifestó enojado con ella por no avisarle que llegaría y por el término de casi doce horas, tanto en el vehículo como en su domicilio, vulneró su integridad sexual, la amenazó con causarle un daño con «un fierro», sustrajo su teléfono celular y lo dañó.

La mujer pudo pedir auxilio y realizar la correspondiente denuncia. El acusado fue detenido y acompañado de un defensor oficial, imputado este miércoles en sede fiscal.

El fiscal Gómez Amado, solicitó el cumplimiento de diversas medidas tendientes a lograr el esclarecimiento del hecho y pidió al Juzgado de Garantías actuante, que el acusado continúe detenido.

Metán: Acusado de someter a tocamientos a una menor

Un hombre fue imputado por vulnerar la integridad sexual de una adolescente mientras esta colaboraba con las tares domésticas en su casa. La denuncia fue realizada por la madre de la menor y el acusado se abstuvo de declarar.

El fiscal penal 2 de Metán, Gonzalo Gómez Amado, imputó a un hombre que se desempeña como peluquero, como autor de los delitos de abuso sexual simple (dos hechos) en concurso real con corrupción de menores en perjuicio de una menor de 14 años.

La denuncia fue realizada por la madre de la adolescente, quien refirió que trabaja en la casa del acusado, realizando tareas domésticas y que algunas veces, sus hijas adolescentes, le colaboraban. La mujer tomó conocimiento por un familiar de que una de las adolescentes, fue vulnerada en su integridad sexual por su empleador en dos oportunidades, quien la sometió a tocamientos impúdicos.

Desde la Fiscalía se realizó la entrevista a la damnificada en cámara gesell, donde ratificó lo denunciado por su madre y se solicitaron diversas medidas investigativas.

El acusado estuvo acompañado de un abogado particular y luego de conocer la imputación en su contra se abstuvo de declarar. Se encuentra en libertad y cumpliendo medidas sustitutivas y existe una prohibición de acercamiento hacia la víctima y su grupo familiar, dispuesta por el Juzgado de Garantías interviniente.

Abuso sexual: Recurren a la Corte Suprema contra el sobreseimiento del exsacerdote Rubén Lamas

El Ministerio Público Fiscal interpondrá un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que deje sin efecto el  punto I del pronunciamiento de la Corte de Justicia de Salta, que hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa del exsacerdote Emilio Raimundo Lamas y que dejó firme el sobreseimiento del acusado.

El lunes 20 de septiembre, el Alto Tribunal dispuso el sobreseimiento de Emilio Raimundo Lamas por prescripción de la acción penal por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por sacerdote y por la guarda, y abuso sexual simple agravado por ser cometido por sacerdote –tres hechos–, en perjuicio de J.C.G., y por el delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la guarda, en perjuicio de C.F.M.

El recurso extraordinario federal por arbitrariedad de sentencia será en contra del punto I del pronunciamiento de la Corte de Justicia de Salta, mediante el cual, -por el voto de la mayoría, expresado por el presidente de la Corte, Guillermo Alberto Catalano, las juezas de Corte, Sandra Bonari, María Alejandra Gauffin y Teresa Ovejero Cornejo y su par, Sergio Fabián Vittar-, se dispone el sobreseimiento del exsacerdote.

Es que según la Corte de Justicia de Salta, casos como el de Lamas (como citó en el fallo que benefició al exsacerdote Aguilera, acusado de delitos del mismo tipo), fueron tratados en el precedente Chinque, de 2021, y cuyos fundamentos, en el caso actual, “resultan aplicables al presente y cabe reproducir”.

Entre otros argumentos, el pronunciamiento del Alto Tribunal refiere que “como bien señala Claus Roxin, ―la prohibición de retroactividad goza de una permanente actualidad político- jurídica por el hecho de que todo legislador puede caer en la tentación de introducir o agravar a posteriori las previsiones de pena bajo la impresión de hechos especialmente escandalosos, para aplacar estados de alarma y excitación políticamente indeseables”, y sostiene que entonces “impedir que se produzcan tales leyes ad hoc, hechas a la medida del caso concreto y que en su mayoría son también inadecuadas en su contenido como consecuencia de las emociones del momento, es una exigencia irrenunciable del Estado de Derecho”.

Y citó su propia jurisprudencia, en la que la Corte de Salta “tiene dicho que el instituto de la prescripción constituye la renuncia del Estado a la potestad represiva, en tanto cumple un relevante papel en la preservación de la defensa en juicio al impedir que los individuos tengan que defenderse respecto de acusaciones en las cuales los hechos básicos han quedado oscurecidos por el paso del tiempo y al minimizar el peligro del castigo estatal por hechos ocurridos en un pasado lejano”.

También hicieron notar los ministros de la Corte que “no existe disposición alguna del derecho internacional de los derechos humanos que impida que los Estados partes, establezcan reglas de prescripción de la acción penal respecto de delitos de abuso sexual…Dicho de otro modo, por más aberrante que sea el delito de abuso sexual u otras formas de abuso infantil, no están comprendidos en ninguna disposición de un instrumento internacional que establezca su imprescriptibilidad”.

Por el contrario, el voto de la minoría -conformada por la jueza de Corte, Adriana Rodríguez Faraldo y sus pares Ernesto R. Samsón, Horacio José Aguilar y Pablo López Viñals-, sostuvo que correspondía rechazar el recurso y entre otros argumentos, por el mismo que esgrimió el Ministerio Público Fiscal, cuando citó la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso Ilarraz, de naturaleza similar. En su fallo del 7 de junio de 2018, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, desestimó el recurso extraordinario interpuesto por la defensa del sacerdote de la Iglesia Católica Apostólica Romana, Justo José Ilarraz,  que solicitó el sobreseimiento por extinción de la acción – por prescripción-. El cura había sido investigado por delitos contra la integridad sexual en detrimento de menores y la Corte Federal entendió que no obraba en esa causa sentencia definitiva y habilitó la continuación del proceso contra el sacerdote.

Emilio Raimundo Lamas fue imputado el 17 de octubre de 2018 por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser el hecho cometido por un sacerdote y por la guarda y por abuso sexual simple agravado en perjuicio de un hombre que lo denunció por hechos cometidos durante su adolescencia en Rosario de Lerma. El 5 de noviembre del mismo año, el fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, lo imputó por el delito de corrupción de menores, en perjuicio de una segunda víctima, también menor de edad al momento de los hechos.

El inicio del juicio contra el exsacerdote estaba previsto para el 7 de mayo de 2020, pero el 28 de abril de ese año, el presidente de la Corte dispuso que se llame autos para resolver sobre el pedido de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Lamas que atacó la imprescriptibilidad de la acción penal. Este lunes, por mayoría, la Corte de Justicia de Salta dejó firme el sobreseimiento del acusado.

En agosto de 2020, el Tribunal Colegiado conformado por orden de la Congregación para la Doctrina de la Fe encontró culpable a Lamas de haber cometido los delitos y lo sentenció a la pena máxima, que es la dimisión del estado clerical. Después del juicio canónico en el que el Arzobispado de Salta encontró al religioso culpable de los abusos sexuales, se informó que esa sentencia, es definitiva e inapelable.

Un curandero la engañó con “San La Muerte” y abusó de ella

El hombre citó a la víctima para liberarla de un mal de “San La Muerte”, pero terminó abusando de ella. La fiscala de Violencia Familiar y de Género, María Soledad Filtrín Cuezzo, fue la encargada de llevar adelante la investigación que finalizó con la condena.

Condenaron a un hombre de 63 años a siete años de prisión efectiva por abuso sexual con acceso carnal. Por su estado de salud, el juez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, Héctor Fabián Fayos, determinó que cumplirá la condena en su domicilio.

La fiscala de Violencia Familiar y de Género, María Soledad Filtrín Cuezzo, fue la encargada de llevar adelante la investigación y el juicio al hombre que oficia de “curandero” en Pichanal.

En su denuncia, la mujer había contado que en noviembre de 2020 recibió un mensaje del hombre, citándola pues “debía hacerle curaciones ya que tenía un mal de San La Muerte”. Como el condenado ya había tratado a la madre de la víctima por dolores de cabeza con resultado positivo, la mujer decidió asistir al encuentro.

Una vez en la habitación, el hombre le solicitó que se recostara y le fue solicitando que se sacara la ropa a medida que avanzaba en la “curación”. Con la excusa de que tenía gusanos en su interior y especialmente en los genitales, el condenado la manoseó e introdujo sus dedos en la mujer, para luego acostarse sobre ella e intentar besarla.

Filtrín Cuezzo realizó una investigación que permitió demostrar, sin lugar a dudas, el abuso sexual con acceso carnal.

Colonia Santa Rosa: Abusaba de sus hijastras de 8 y 12 años

El juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán lo condenó a 9 años de prisión efectiva. La fiscala de Violencia Familiar y de Género de Orán, María Soledad Filtrín Cuezzo, había solicitado 12 años.

El juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, Mario Maldonado, condenó a un hombre a nueve años de prisión efectiva por abuso sexual simple agravado por la guarda y por la situación de convivencia preexistente reiterados y bajo una misma unidad de acción en perjuicio de una niña de 12 años y abuso sexual simple agravado por la guarda y por la situación de convivencia preexistente reiterados y bajo una misma unidad de acción en perjuicio de otra niña de 8 años, en concurso real.

Luego de realizar la investigación que confirmó el abuso del hombre de 34 años en perjuicio de sus dos hijastras, la fiscala de Violencia Familiar y de Género de Orán, María Soledad Filtrín Cuezzo, solicitó 12 años de prisión efectiva durante el juicio.

La denuncia fue radicada por la abuela de las niñas en septiembre de 2019, tras acudir a la escuela a la que concurren sus nietas y dialogar con la directora sobre algunas actitudes sospechosas.

Con la intervención de las docentes, la niña de 12 contó que su padrastro la sometía a tocamientos a ella y su hermanita, y manifestó que no habían contado nada a su madre porque no les creería.

El condenado fue trasladado a la unidad carcelaria de Orán y se dispuso la extracción del material genético y su posterior incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

13 años de prisión para un abusador

Un adulto mayor fue condenado por cometer actos de abuso sexual en perjuicio de un menor con el que convivía. La denuncia la realizó la propia víctima al alcanzar la mayoría de edad. Será registrado en el Banco de Datos Genéticos.

La fiscala penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Cecilia Flores Toranzos, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala IV del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra un adulto mayor, imputado como autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado en perjuicio de un menor de edad.

La víctima denunció al alcanzar la mayoría de edad, que el acusado vivía en su grupo familiar y que vulneró su integridad sexual desde que tenía 5 años y hasta los 14.

El juez Maximiliano Troyano le impuso el cumplimiento de una pena de 13 años de prisión de cumplimiento efectivo y en el mismo fallo, dispuso la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Pichanal: Condenan a 12 años de prisión efectiva a un hombre que “entregó” a su pareja

La sentencia fue dictada por la jueza de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, María Laura Toledo Zamora, y la investigación que permitió su condena fue realizada por la fiscala de Pichanal, Sofía Fuentes, y la fiscala penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, María Soledad Filtrín Cuezzo, representó al MPF durante la audiencia de debate.

Un hombre fue condenado a 12 años de prisión efectiva por ser coautor de abuso con acceso carnal agravado por el número de partícipes y abuso sexual con acceso canal y privación ilegítima de libertad.

La sentencia fue dictada por la jueza de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, María Laura Toledo Zamora, y la investigación que permitió su condena fue realizada por la fiscala de Pichanal, Sofía Fuentes, y la fiscala Penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, María Soledad Filtrín Cuezzo actuó en el juicio.

El 16 de mayo de 2017, el hombre –que en ese momento tenía 38 años- salió junto a su novia de 19 años, a bailar en Orán. Ya de madrugada se dirigieron a la vivienda que compartían en Pichanal. A la mañana siguiente, la mujer se despertó y se percató que había dos o tres sujetos más. En un momento determinado, su pareja se retiró del domicilio supuestamente a comprar algo. Como no se sentía bien, la mujer se recostó en el dormitorio, hasta donde la siguieron los hombres y abusaron sexualmente de ella. Uno de los hombres grabó parte de lo sucedido en un celular.

Los abusadores luego se retiraron del lugar y, al regresar el novio, la mujer le contó lo sucedido. Pese a ello, el hombre la obligó a mantener relaciones sexuales y la mantuvo en la vivienda a pesar de los pedidos de la mujer que quería retirarse.

La investigación permitió demostrar que el novio sabía lo que sucedería en el lugar y por ello fue condenado por abuso sexual con acceso carnal agravado por el número en calidad de coautor.

Los abusos del padrastro cesaron cuando la madre tuvo que quedarse en casa por pandemia

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, requirió ante el Juzgado de Garantías 8, la elevación a juicio de la causa en la que C.A.C., de 44 años, fue imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda y la convivencia preexistente continuado.

Del requerimiento, surgió que el imputado -pareja de la madre de la víctima-, aprovechó la convivencia preexistente y la guarda conferida sobre la menor para desplegar actos atentatorios contra su dignidad e integridad sexual.

La víctima, quien pudo radicar la denuncia contra su padrastro en diciembre de 2020, luego de que este fuera detenido por intentar incendiar su vivienda ubicada en la zona norte de la ciudad de Salta, relató que desde que tenía 15 años fue ultrajada por su padrastro y que los abusos ocurrían cuando su madre salía a trabajar.

Indicó que no pudo oponerse por el temor que le tenía al imputado, quien ejercía tanto violencia física como psíquica sobre ella y que los abusos terminaron en diciembre de 2019, ya que dadas las restricciones por pandemia, su madre estaba en la vivienda con habitualidad.

Los hechos descriptos fueron corroborados fundamentalmente con la declaración de la víctima y de su madre, además de las conclusiones de la pericia psicológica realizada a la joven que dio cuenta del daño psíquico sufrido sobre todo en el área sexual y avaló la verosimilitud de los sucesos narrados.

En sus fundamentos, el fiscal penal Rodrigo González Miralpeix, afirmó que en todos los supuestos, el imputado se valió de su superioridad física, de la diferencia de edad existente entre él y la víctima y de la situación de convivencia y guarda, para perpetrar serios acometimientos contra de la menor, vulnerando su libertad sexual en total dominio de sus actos.

Prisión efectiva para un padrastro abusador

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de juicio abreviado, en la que J.D.S. fue condenado a la pena de cuatro años de prisión de ejecución efectiva por el delito de abuso sexual simple (dos hechos) agravado por la guarda y la convivencia.

El penado, de 41 años, aprovechó la situación de convivencia que mantenía con la menor damnificada y en consecuencia, la guarda que ostentaba sobre la niña al ser la pareja de su madre, para someterla a tocamientos en dos oportunidades, por lo que atentó claramente contra la libertad e integridad sexual de la víctima.

Los hechos fueron corroborados fundamentalmente con la declaración de la víctima de ocho años en circuito cerrado de televisión, quien pese a las amenazas vertidas en su contra, sostuvo un relato coherente con las manifestaciones previas efectuadas a su madre, además de las declaraciones expuestas por la niña en el manuscrito obrante en la causa.

La mujer radicó la denuncia en septiembre de 2020 contra su expareja.

Orán: Condenado por abusar de su cuñada

Luego de un bautismo, y aprovechando que la mujer se encontraba alcoholizada, el hombre abusó de ella. Las pruebas de ADN resultaron determinantes para confirmar el abuso.

Un hombre fue condenado a 12 años de prisión efectiva por dos hechos de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de su cuñada.

La fiscala de Violencia Familiar y de Género, María Soledad Filtrín Cuezzo, fue la encargada de llevar adelante la investigación y representar al Ministerio Público Fiscal en el juicio contra el hombre denunciado por la mujer.

El 15 de marzo de 2020, la joven y distintos familiares habían acudido a un bautismo en Embarcación. Cuando regresaron a Orán, y como ella se encontraba en estado de ebriedad, un hermano y su cuñada, la llevaron hasta su vivienda, la acostaron y luego se retiraron hasta su propio hogar, ubicada a la vuelta.

El acusado -que está casado con otra hermana- se presentó en la casa de la pareja y les solicitó la llave de la casa donde estaba la víctima, ya que debía retirar una moto del lugar.

Al ingresar, el hombre abusó de la mujer. Las muestras de ADN recolectadas resultaron positivas para espermatozoides, plasma seminal y células epiteliales correspondientes con el ADN del acusado.

Al realizar la denuncia en 2020, la víctima narró que un episodio similar había sucedido en 2018.