admin

Piden el juicio contra el exauxiliar fiscal Sergio Ariel Dantur por las filtraciones al policía Mamaní

El fiscal penal 2, Ramiro Ramos Ossorio, requirió ante el Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial del Sur-Circunscripción Anta, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al exauxiliar fiscal Sergio Ariel Dantur, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado, en concurso real.

Los elementos colectados durante la investigación, demostraron que el acusado incurrió en conductas incompatibles con la rectitud, objetividad y buena fe con la que deben actuar los funcionarios públicos, aún más los que se desempeñan dentro del Ministerio Público Fiscal, ya que es a este órgano al que se le atribuye la obligación constitucional de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.

En sus fundamentos, el fiscal penal Ramos Ossorio, sostuvo que Dantur, quien se desempeñaba como auxiliar fiscal de la Fiscalía Penal de J.V. González – Delegación de Apolinario Saravia, tomó conocimiento directo, el 1 de julio de 2020, de la denuncia radicada en contra de Walter Mamaní, quien a esa fecha ostentaba la función de Comisario en la Subcomisaría El Dorado.

En ese sentido, pudo demostrarse que Dantur mantuvo con Mamaní diversas conversaciones sobre la causa investigada por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, quien sin embargo, logró requerir el juicio contra Mamaní y otros cuatro policías, por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad (dos hechos), falsedad ideológica (dos hechos) y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real y en perjuicio de Luciano Diez.

En estas conversaciones, Dantur le transmitió a Mamaní información de las diligencias que Fiscalía le había requerido. Tal actuación por parte del exauxiliar fiscal resultó totalmente contraria a las normas que regulan el ejercicio de la función, en este caso, las disposiciones de la Ley N° 7712 y del Código Procesal Penal de Salta, toda vez que ejerció esa función en representación del órgano acusador y violó así los deberes a su cargo, específicamente lo dispuesto en los artículos 257 y 259 del Código Procesal Penal.

El artículo 257, establece en el segundo párrafo que: “Toda persona que por su función o participación tuviera acceso a los actos cumplidos en la investigación penal preparatoria, deberá guardar reserva y abstenerse de informar sobre los mismos.

A su vez el, artículo 259 del mismo cuerpo legal, reza que “los funcionarios que participen en la investigación y las demás personas que, por cualquier motivo, tengan conocimiento de las actuaciones cumplidas durante la investigación, están obligadas a guardar secreto. Sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda, el incumplimiento de esta obligación podrá ser sancionado conforme a las disposiciones de la ley respectiva”.

Las irregularidades registradas superaron el marco de discrecionalidad y tolerancia de lo que un trato cordial implica para con los integrantes de las fuerzas de seguridad en su rol de auxiliares de justicia, habida cuenta que Dantur decidió informar la marcha del trámite investigativo y las diligencias en curso, además de poner a disposición las actuaciones, actitud que sin lugar a dudas comprometieron el éxito del proceso.

Además, Dantur incluso confeccionó un oficio para deslindar a Mamaní de un sumario iniciado en otra causa penal y puso a su disposición la llave de la oficina de la sede de la Delegación, para que el mismo Mamaní ingresara un día domingo a compulsar las actuaciones.

Vale recordar que a comienzos de febrero de este año, el Colegio de Gobierno del Ministerio Público aplicó la sanción de cesantía al exauxiliar fiscal de la Delegación Fiscal de Apolinario Saravia, Sergio Ariel Dantur, en los términos de la Ley Orgánica del Ministerio Público y de su Reglamento General. Con la sanción aplicada, quedó extinta la relación laboral de Dantur con el organismo.

Cuatro imputados por robar cables a Edesa y dejar sin luz a vecinos

La fiscal penal interina de UNICROH, Gabriela Buabse, imputó a cuatro hombres, acusados de los delitos de robo calificado por ser cometido en poblado y en banda, en concurso real con impedimento del normal funcionamiento del servicio público de electricidad, en calidad de coautores.

Las imputaciones recayeron sobre Osvaldo Esteban Gil, de 21 años; Cristian Ramiro Renfijes, de 29; Facundo Ariel Liendro, de 21 y José Exequiel Liendro, de 19.

Del decreto de imputación, surgió que los sindicados, empleados de una empresa tercerizada, utilizaron una camioneta Ford Ranger de esa compañía para dirigirse a la esquina de las calles Santiago del Estero y Balcarce, de la Ciudad de Salta, donde se apoderaron ilegítimamente del cable del alumbrado de la zona y causaron una explosión que dejó sin electricidad a los vecinos.

Las actuaciones de UNICROH iniciaron tras la denuncia radicada por un supervisor de Edesa, en la que expresó que el 18 de marzo, cerca de las 15:40, fue recepcionado el reclamo de un comerciante, quien indicó que en calle Santiago del Estero al 700, observó una camioneta Ford Ranger doble cabina color gris, de la que se bajaron cuatro personas que dejaron sin luz a su local comercial.

El supervisor se dirigió al lugar y se entrevistó con el alertante, quien le expresó que la camioneta en cuestión tenía dos escaleras, con logos laterales que no pudo distinguir. Sostuvo que hubo una fuerte explosión, por lo que salió a la calle y pudo ver que estas personas recogieron el cable y se fueron.

El denunciante pudo corroborar la sustracción de cable de cobre de 35 milímetros de espesor y de unos 30 metros de largo, valuado en $15.000. Remarcó que los causantes debían tener experiencia, porque el cable tenía tensión, por lo que seguramente provocaron un arco con explosión y la consecuente quema del fusible del trasformador.

Tareas investigativas permitieron la identificación y posterior detención de los acusados, mientras que distintos allanamientos en sus domicilios permitieron el secuestro de vestimenta de trabajo, herramientas y materiales utilizados por los imputados para cometer el ilícito.

Mala praxis: Piden juicio contra un médico del hospital Papa Francisco

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gustavo Torres Rubelt, requirió ante el Juzgado de Garantías 4, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a Eduardo Esteban Díaz, de 61 años, acusado del delito de homicidio culposo por mala praxis, en perjuicio de Gabriel Rodríguez Rosas.

Del requerimiento, surgió que el acusado, el 23 de agosto de 2019, en la Guardia del hospital Papa Francisco, actuó en perjuicio del paciente, como consecuencia de su impericia, al omitir su deber de actuar con la urgencia necesaria que el caso ameritaba.

Es que según la investigación, el acusado no tuvo en cuenta los antecedentes clínicos de hipertensión arterial del paciente, ni solicitó estudios complementarios y/o derivaciones a un servicio de cardiología para un estudio de mayor complejidad, que habrían permitido al profesional interviniente obtener una valoración más adecuada, detallada y completa del caso y advertir que el paciente estaba pronto a sufrir un infarto de miocardio agudo.

Además, el acusado indicó un tratamiento inadecuado para el cuadro que manifestaba el paciente, quien desde un principio, al ingresar al hospital, expresó tener dolor en el pecho y le dio de manera temprana el alta hospitalaria, sin realizar una correcta y completa entrevista clínica, por lo que el imputado omitió el deber de asumir que se trataba de un paciente de riesgo, que requería mayor atención.

Piden el juicio contra un hombre acusado de abusar de cuatro nietas

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, requirió ante el Juzgado de Garantías 7, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 79 años, acusado de abusar sexualmente de cuatro menores.

El septuagenario fue imputado por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y circunstancias de su realización, agravado por el vínculo, la convivencia y la guarda; exhibiciones obscenas agravadas y corrupción de menores agravada, todo en concurso real, en perjuicio de dos de las menores.

Además, fue imputado por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y circunstancias de su realización, agravado por el vínculo, la convivencia y la guarda; abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, la convivencia y la guarda; exhibiciones obscenas agravadas y corrupción de menores agravada, todo en concurso real, en perjuicio de otra menor.

También fue acusado de los delitos de abuso sexual simple agravado por el vínculo, la convivencia y la guarda; exhibiciones obscenas agravadas y corrupción de menores agravada, todo en concurso real, en perjuicio de una cuarta menor.

Del requerimiento, surgió que el acusado, quien es abuelo paterno de las damnificadas, perpetró severos ultrajes contra la libertad y dignidad sexual de las víctimas.

Las actuaciones del fiscal penal González Miralpeix, iniciaron tras la denuncia radicada en la Comisaría 2 de la Ciudad de Salta por la madre de una las víctimas, luego de que la joven, de 13 años en ese momento, pudiera contarle en junio de 2020 sobre los diversos abusos sufridos.

La víctima le dijo a su madre que sentía temor de contarle lo sucedido y le manifestó que no era la primera vez que ocurrían este tipo de actos, ya que cuando era más chica, el acusado ya había sometido a tocamientos, pero le avergonzaba contarlo.

Docente de la Iglesia Evangélica, condenado por abusar sexualmente de una menor

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia debate en la que el vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio, Federico Javier Armiñana Dohorman, condenó a Mario Alejandro Domínguez, a la pena de ocho años de prisión efectiva, condenado por el delito de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de una menor.

El magistrado ordenó que el imputado continúe alojado en la cárcel penitenciaria local y que se le practique examen médico y extracción de material genético para su inscripción en los registros correspondientes.

Durante la etapa investigativa, el fiscal penal González Miralpeix, sostuvo que la conducta del imputado fue establecida, en primer lugar, a través de las declaraciones de la madre de la víctima, quien radicó denuncia en marzo de 2019, luego de tomar conocimiento de que su hija de 16 años cursaba un embarazo que sería producto de un abuso por parte del acusado, quien se desempeñaba como maestro en la Iglesia Evangelista a la que solían concurrir.

En su declaración, la denunciante manifestó que el imputado era profesor en esa Iglesia, que leía la Biblia, tomaba asistencia y era miembro activo de la comunidad.

Los abusos impartidos por el acusado, sucedieron en reiteradas ocasiones y la primera vez ocurrió cuando la víctima tenía 15 años, luego de que el imputado la llevara a un baldío, donde la tiró al suelo y abusó sexualmente de ella.

Relató que en otras ocasiones, el acusado la esperaba en la puerta del colegio y la llevaba a la casa de su tía, donde la forzaba a tener relaciones sexuales, mientras que en otras ocasiones, los ultrajes ocurrieron en una casa del centro de la Ciudad de Salta.

Durante el juicio, el fiscal también destacó que, a raíz de amenazas, la damnificada decidió irse a Perú, para escapar del acusado.

Por último, González Miralpeix, indicó que las circunstancias fueron acreditadas con la evidencia irrefutable del informe de ADN del CIF, que arrojó como resultado el vínculo biológico entre el acusado y el hijo de la víctima.

San Luis: prisión preventiva para un hombre que intentó robar

Un hombre de 21 años fue citado a audiencia de imputación y se pidió su prisión preventiva ante la peligrosidad procesal emergente por la posibilidad de entorpecimiento en la investigación y peligro de fuga.

El fiscal penal de Rosario de Lerma, Federico Jovanovics Torino, elevó el pedido formal de prisión preventiva ante el Juzgado de Garantías N°1 contra Luis Fernando Méndez, acusado del delito de hurto simple, debido a la peligrosidad procesal emergente por la posibilidad de entorpecimiento en la investigación y peligro de fuga y en atención a la naturaleza de los hechos investigados.

Según surge de las actuaciones de la Subcomisaría San Luis, el pasado domingo 21 de marzo el imputado intentó sustraer bienes de una propiedad de la zona, previo cortar la concertina de seguridad que posee el inmueble. El hombre no logró su cometido por razones ajenas a su voluntad, ya que intervino personal policial y un vecino que dio aviso a la policía.

Fue ante un llamado telefónico al Sistema de Emergencias 911, alertando de la presencia de una persona que estaba colgado de las rejas, que personal policial llegó hasta el domicilio y lo demoró. Además, los vecinos aseguraron haber visto vehículos rondando la propiedad.

El fiscal Jovanovics fundamentó el pedido de detención ante el Juzgado de Garantías ante la necesidad de asegurar la presencia del imputado durante el proceso, teniendo en cuenta los antecedentes penales del joven, quien fuera investigado en diferentes oportunidades y detenido, evidenciándose propensión a cometer delitos.

Santa Victoria Oeste: Irá a juicio por intentar abusar de una menor

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 5, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 23 años, acusado del delito de tentativa de abuso sexual con acceso carnal, en perjuicio de una menor.

Del requerimiento, surgió que el 24 octubre de 2020, cerca de las 23:30, en circunstancias que la menor de 13 años estaba en la casa de una prima, el acusado se dirigió al baño, tomó a la niña de los brazos y la llevó a un descampado, mientras ella le pedía que la dejara.

Una vez allí, la tiró al piso y mientras forcejeaban, el imputado la sometió a tocamientos por encima de la ropa y la besó. Posteriormente, el acusado se puso encima y comenzó a desvestirla.

En ese momento, la niña y el acusado vieron la luz de un celular, por lo que la menor gritó por ayuda. El acusado escapó corriendo, antes de que llegara una vecina.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que resulta claro que el denunciado desplegó actos corporales de contenido esencialmente sexual contra la voluntad de la niña, con intenciones de tener relaciones sexuales y que comenzó la ejecución de una conducta delictiva, pero no logró consumarla por una causa ajena a su voluntad.

La denuncia fue radicada al día siguiente por la madre de la menor, en contra de la expareja de su sobrina, quien expresó que el día anterior, cerca de las 19:30, mandó a su hija a casa de ésta, a buscar una billetera y a dejar ropa. Posteriormente, recibió un mensaje de su sobrina, quien le pidió permiso para que la niña se quedara a dormir a su casa, a lo que la denunciante respondió que sí.

En la mañana siguiente y antes de radicar la denuncia, la madre de la menor recibió nuevamente un mensaje de su sobrina, en el que le pidió que fuera a su domicilio y que tenía que hablar con ella urgente.

Quisieron que se hiciera cargo de un robo y lo mandaron al hospital

La fiscal penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 1, la elevación a juicio de la causa que tiene a cinco policías con revista en la División de Seguridad Urbana y en la Comisaría 30 de Metán.

Las imputaciones recayeron sobre los efectivos Miguel López, Bernardo Omar Nieva y Guillermo Skrivanelli, acusados de los delitos de vejaciones calificadas por el uso de la violencia y lesiones leves, en concurso ideal. En tanto, Cristian Marcelo Díaz y Martín Gallardo Enrique, fueron acusados de los delitos de apremios ilegales y lesiones leves, en concurso ideal.

En sus fundamentos, la fiscal penal Simesen de Bielke sostuvo que se encuentra acreditada la existencia del ilícito endilgado y la responsabilidad penal de los imputados.

De la denuncia radicada por el damnificado, se tiene que el 20 de julio de 2019, cerca de las 18, mientras caminaba por la calle del Complejo Municipal de Metán y antes de llegar a la esquina de calle 9 de Julio, fue abordado por un móvil del que bajaron dos policías del DSU.

Tras esto, le indicaron que se pusiera contra la pared, lo agarraron de los pelos, lo tiraron dentro del móvil y le pegaron golpes de puño en el rostro y en el cuerpo.

Luego, el denunciante fue trasladado a la Comisaría 30, donde le hicieron una requisa y recibió otra golpiza. Tales circunstancias fueron acreditadas con un informe que dio cuenta de la intervención de los acusados y del informe del libro de guardia de la comisaría.

Del requerimiento surgió que los imputados López, Nieva y Skrivanelli, en ejercicio de una función pública y al tener a su cargo la obligación de salvaguarda de la integridad física de las personas, llevaron a cabo actos lesivos hacia la integridad física de la víctima y ejercieron las potestades otorgadas por las reglamentaciones de forma abusiva.

En relación a los imputados Díaz y Gallardo, surgió de las constancias que a raíz de los golpes que le propinaron al denunciante, resultó necesaria la asistencia hospitalaria, por lo que debió ser trasladado en ambulancia hacia el hospital.

Una vez que la víctima ingresó a la sede de la Comisaría 30, ambos imputados y mediante el uso abusivo de la fuerza, lo obligaron a hacerse cargo de un robo, con el fin de obtener su confesión y le produjeron lesiones que conllevaron al traslado del denunciante al hospital local. Las heridas también fueron constatadas a través de un informe médico del CIF.

Diez datos que debés conocer sobre el tránsito

La Oficina Provincial de Incidentes y Seguridad Viales (OPRIV) del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Salta recuerda que:

  1. El uso del cinturón de seguridad es obligatorio para todos los pasajeros de un automóvil, no sólo para el conductor.
  2. La distancia de seguridad que debe mantener un vehículo de otro en la ciudad o pueblo es de 3 segundos y de 5 segundos en autopistas.
  3. Está prohibido estacionar sobre la vereda en cualquier circunstancia.
  4. Está prohibido estacionar en los diez metros anteriores y posteriores a la parada del transporte de pasajeros.
  5. Está prohibido conducir utilizando auriculares.
  6. En un cruce de calles tiene prioridad quien circula por la derecha.
  7. Esa prioridad se pierde si el automóvil va a girar.
  8. En una rotonda tiene prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar, debiendo cederla al que egresa.
  9. En una cuesta estrecha, tiene prioridad de paso el que asciende, salvo que el que desciende lleve acoplado.
  10. Una ambulancia, camión de Bomberos o Policía en emergencia tiene prioridad de paso. Se debe correr hacia la derecha para ceder el espacio y permitir el paso del vehículo que circula en situación de emergencia.

La Procuración pide informes sobre explotación de canteras en los ríos de Salta

El procurador General de la Provincia, Abel Cornejo, solicitó a la Secretaría de Minería y Energía de Salta que indique la modalidad y competencias para la extracción de áridos en los ríos de la provincia.

Motivado por la posibilidad de una posible duplicidad de funciones en la explotación de los recursos mineros por parte de algunos municipios, el procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, solicitó a la Secretaría de Minería y Energía de Salta informes sobre la modalidad y competencias para la explotación de canteras en los distintos ríos de la provincia.

Los ríos pertenecen al dominio público provincial y las canteras que en ellos se encuentran, para ser explotadas de manera exclusiva, exigen someterse a la normativa de minas concerniente a seguridad, policía y conservación. En algunos casos, la Secretaría de Minería y Energía delegó facultades de policía de los trabajos en canteras a los municipios, pero a su vez también algunas comunas ejercitan la explotación de los recursos mineros de tercera categoría.

Tanto la explotación de canteras como la posibilidad de que las empresas y entes estatales exploten áridos para la obra pública en exclusividad, requieren el otorgamiento de concesión, permiso o autorización del Juzgado de Minas provincial.

Ante la posibilidad de situaciones de duplicidad en la actividad -controlar y ser controlados-, Cornejo solicitó información respecto a cómo se está autorizando y como ejercitan esta tarea las intendencias en los ríos de la provincia.

Además, requirió a la Secretaría de Minería y Energía que informe a la Procuración General, en el plazo de diez días, el listado de todas las canteras situadas en los ríos de la provincia que se encuentran sometidas al control municipal, con detalle del número de expediente y la fecha de concesión minera en exclusividad, nombre del río en el que se encuentra y las coordenadas de ubicación, el número de registración como productor minero de su titular, el número de la última resolución de declaración de impacto ambiental, los volúmenes declarados en planillas de estadísticas de extracción de los últimos dos años, la fecha e informes de inspección de los últimos dos años y, en su caso, la existencia de solicitudes de trámites de sanción al Juzgado de Minas provincial.

Asimismo, en caso de haber realizado convenios con municipios por canteras que no se encuentren bajo trámite en el Juzgado de Minas, también pidió que se informe el número de resolución que lo aprobó y su ubicación, impacto ambiental, condiciones y estadísticas de explotación y tareas de inspección efectivizadas.

La información pública solicitada se enmarca en las leyes 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y 8.173 de adhesión provincial; ley 27.566 que aprueba el Acuerdo Regional sobre el acceso a la información; la participación pública y el acceso a la Justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú); ley 25.675 de Política ambiental nacional; ley 25.831 de Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental y la ley 7.070 de Protección del Medio Ambiente provincial y su decreto reglamentario provincial N° 3097/00.