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Peligro de fuga: Piden la prisión preventiva de los tres policías imputados en múltiples causas

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 2, la prisión preventiva de los tres efectivos policiales detenidos este lunes, quienes fueron imputados en múltiples causas mientras se desempeñaban en la División de Seguridad Urbana.

Se trata del sargento Pablo Exequiel Toledo, actualmente con revista en la subcomisaría de Villa Asunción; el cabo Ignacio Esteban Zurita, con revista en el destacamento La Silleta y el oficial subayudante Rómulo Segovia, con revista en la subcomisaría de Los Toldos, quienes fueron imputados por los delitos de vejaciones, en concurso real con allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad.

De las múltiples causas, se tiene que los efectivos policiales acusados acometieron contra la integridad física de numerosas personas, (entre las cuales se encontraban dos menores de edad) y en muchas situaciones, sin motivo alguno, les dispararon con armas no letales. Uno de los damnificados, Luciano Cruz, perdió un ojo por la violencia con la que actuaron los encartados y tiene comprometido el otro, según trascendió de publicaciones periodísticas.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que los diferentes elementos colectados durante la investigación, permiten sostener la sospecha fundada de que los acusados podrían incurrir en la hipótesis configurativa del peligro cierto de fuga, con la posibilidad cierta de que los imputados no se sometan a los requerimiento del sistema judicial.

En este sentido, surgieron indicios vehementes de que los acusados hicieron del delito su medio de vida, sin mostrar arrepentimiento alguno, pues no resulta un dato menor considerar estos efectivos forman parte de las fuerzas de seguridad provincial y que su deber es el de garantizar la seguridad pública y no la comisión incesante de hechos ilícitos contra la sociedad.

En virtud de los fundamentos vertidos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, solicitó la prisión preventiva del personal policial mencionado, debido a la existencia de motivos suficientes para sospechar que los imputados, en su rol de funcionarios públicos, tienen vinculaciones dentro de la fuerza de seguridad y acceso a información que no tiene un ciudadano común.

Dicha posición permite sospechar que podrían influenciar a personas que serán llamadas a deponer en la audiencia de debate ante el Tribunal y es necesario que declaren libres de toda influencia, motivo que habilita la restricción de la libertad de los acusados.

Además, la fiscala advirtió que se debe tener en cuenta la expectativa de pena, que en caso de recaer en condena sería de cumplimiento efectivo, debido la cantidad de causas por las que fueron requeridos, por lo que el incentivo para eludir la acción de la justicia es mayor.

Amenazas, desobediencia y atentado a la autoridad: Peñalva se abstuvo de declarar

El fiscal penal 1, Juan Marcos Ezequiel Molinati, dispuso la apertura del decreto de imputación provisional contra Gustavo Peñalva y su hermana, ambos acusados por los delitos de amenazas, desobediencia judicial y atentado a la autoridad, en concurso real. Durante la audiencia de imputación celebrada este lunes, Gustavo Peñalva, asistido por su defensa particular, se abstuvo de declarar. Su hermana se encuentra fuera del país.

Del decreto de imputación surgió que los acusados desplegaron una conducta intimidante contra magistrados, al realizar manifestaciones públicas y posteos en redes sociales de manera reiterada, consistentes en el anuncio de un mal grave y futuro en perjuicio de funcionarios judiciales, con la finalidad de provocarles temor, por lo que atentaron contra su libertad e incumplieron con una resolución judicial dictada oportunamente por la jueza de Garantías 1, Ada Zunino.

En el contexto descripto, del análisis de las redes sociales surgió de la página de Facebook de la acusada, una publicación que reza “Pronto se vienen dos (seguida de la imagen de dos bombas) contra la corrupción judicial de Salta”. Esta publicación, vinculada a las autoridades judiciales referenciadas en las distintas manifestaciones, anuncia un mal futuro que es posible, impuesto y determinado, con la finalidad de causar inquietud o miedo en los magistrados. El fiscal entendió que por el lugar de trabajo compartido y modalidad del evento amenazante, se extiende a todas las demás personas que asisten a la Ciudad Judicial, tanto funcionarios y empleados como particulares.

El fiscal penal Molinati indicó que debe tenerse presente que las manifestaciones y escraches fueron realizados tanto en la puerta como ocasionalmente en predios de la Ciudad Judicial, lo que tornaría la amenaza más peligrosa aún, en caso de concretarse.

“La indeterminación del sujeto pasivo de la amenaza en la publicación se ve superada por el hecho de que, al ver el contexto y las actividades previas, van dirigidas contra magistrados acusados con antelación de corruptos y puede determinarse que se trata de los jueces Martín Pérez, Pablo Farah y Pablo Arancibia; los fiscales María Luján Sodero Calvet, Ramiro Ramos Ossorio y Pablo Rivero; y el procurador de la Provincia, Abel Cornejo”, sostuvo Molinati.

Como es de público y notorio conocimiento, las amenazas se realizaron en el marco de una causa judicial en trámite, a cargo de la jueza Mónica Mukdsi, lo que le otorga a los hechos descriptos, un contexto fáctico apto para considerarlas como serias o probables, en caso de que el resultado del proceso no sea el esperado por los acusados.

Respecto de la seriedad de la amenaza vertida, puede observarse en las redes sociales que la acusada aparece en varias publicaciones con armas de fuego. También surgieron frases como “Ya no hay que errar, solo en la frente”, comentario de Gustavo Peñalva y “Nunca imaginé en un cartel de campaña. Siempre lo asocio más con los corruptos”, de la señalada, por lo que puede inferirse un poder ofensivo real del sujeto activo de la amenaza, lo que le otorga seriedad a los dichos.

Todo se encuentra respaldado por los informes adjuntos en la causa y por las declaraciones testimoniales de las víctimas de las amenazas.

En relación al delito de atentado contra la autoridad, el reclamo realizado adoptó una postura activa, que traspasó los límites de una manifestación pacífica y comprometió el orden y decoro de la función judicial, al materializarse en presiones y hostigamientos que alteran el normal funcionamiento del Poder Judicial y el Ministerio Público.

El delito de atentado contra la autoridad, consistente en el empleo de coacción contra un funcionario para imponer la ejecución u omisión de un acto funcional, debe entenderse como violencia moral. Es decir, toda actividad del agente de carácter psíquico que sea idónea para doblegar la voluntad del agente y en consecuencia, el bien jurídico protegido en esta figura, que es la libertad de determinación del funcionario en el ejercicio de su función pública.

Conforme surgió de informes y declaraciones testimoniales, las intimidaciones fueron ejercidas en diversas oportunidades sobre los magistrados intervinientes intimidaciones por parte de la hermana de Gustavo Peñalva, a los fines de que se pronuncien conforme a lo que la acusada afirma, en un sentido incriminador respecto al hecho penal bajo investigación.

Para esto, utilizó distintos mecanismos, sin llegar a producirse necesariamente el anuncio explícito de la intención de coartar la libertad de las víctimas, pero sí con conductas reiteradas que menoscaban gravemente la libertad y el sentimiento de seguridad, y mediante el empleo de hostigamientos, tanto por redes sociales como en lugares públicos y sociales, ajenos a todo reclamo o pedido de justicia.

También debe analizarse que la medida cautelar judicial fue notificada a Gustavo Peñalva el 20 de marzo del corriente año y a su hermana, el 25. No obstante, puede observarse que con posterioridad, en el Facebook de la acusada, se realizaron las siguientes publicaciones: “(…) El procurador Abel Cornejo (…) que sepa toda Salta y Argentina que este abusador (…) son bestias (…) siniestros abusadores del Poder Judicial con una manifiesta asociación ilícita (…) la mano negra detrás de las marionetas firmantes (…) a este abusador lo último que le importa es la justicia”.

Si bien las manifestaciones fueron realizadas fuera del radio de los 500 metros impuestos por la resolución judicial, transgreden la prohibición ya notificada de ejercer actos de violencia psíquica por cualquier medio contra los sujetos amparados.

La desobediencia a la autoridad consiste en la negativa a cumplir o acatar una orden ya impartida y esta puede tener lugar mediante un acto omisivo o una actividad dirigida a contrariar o desobedecer la orden legítima.

Detienen a tres efectivos policiales imputados en múltiples causas

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 2, el allanamiento a los domicilios y la detención de tres efectivos policiales, imputados en múltiples causas mientras se desempeñaban en la División de Seguridad Urbana. Las detenciones se efectivizaron durante este lunes.

Se trata del sargento Pablo Exequiel Toledo, actualmente con revista en la subcomisaría de Villa Asunción; el cabo Ignacio Esteban Zurita, con revista en el destacamento La Silleta y el oficial subayudante Rómulo Segovia, con revista en la subcomisaría de Los Toldos.

De las múltiples causas, se tiene que los efectivos policiales acusados acometieron contra la integridad física de numerosas personas, (entre las cuales se encontraban dos menores de edad) y en muchas situaciones, sin motivo alguno, les dispararon con armas no letales. Uno de los damnificados, Luciano Cruz, perdió un ojo por la violencia con la que actuaron los encartados y tiene comprometido el otro, según trascendió de publicaciones periodísticas.

En virtud de los fundamentos vertidos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, solicitó la detención del personal policial mencionado, debido a la existencia de motivos suficientes para sospechar que los imputados, en su rol de funcionarios públicos, tienen vinculaciones dentro de la fuerza de seguridad y acceso a información que no tiene un ciudadano común.

Dicha posición permite sospechar que podrían influenciar a personas que serán llamadas a deponer en la audiencia de debate ante el Tribunal y es necesario que declaren libres de toda influencia, motivo que habilita la restricción de la libertad de los acusados.

Además, la fiscala advirtió que se debe tener en cuenta la expectativa de pena, que en caso de recaer en condena sería de cumplimiento efectivo, debido la cantidad de causas por las que fueron requeridos, por lo que el incentivo para eludir la acción de la justicia es mayor.

Refuerzan la búsqueda de una mujer extraviada en la Quebrada de San Lorenzo

Con el objetivo de optimizar la búsqueda de Fabiana Melisa Cari Segovia, de 28 años, el fiscal penal 2, Ramiro Ramos Ossorio, dio intervención a la fiscal de UFEM, Mónica Poma. La mujer permanece extraviada desde este domingo al mediodía, cuando se ejercitaba en la Quebrada de San Lorenzo.

La derivación de la investigación a la Unidad Fiscal Especializada en Femicidios de Salta, se produjo a los fines de dar intervención al Departamento de Investigaciones y Criminología del CIF, que se sumó a las tareas desplegadas por el Grupo de Investigaciones del Sector 1, dadas las características del territorio donde se busca a Cari Segovia y el tiempo transcurrido desde su desaparición.

La denuncia fue radicada en la Comisaría 3 por la hermana de la extraviada, tras tomar conocimiento por parte de dos amigos de la mujer, que el domingo por la mañana fueron a un punto llamado Laguna Seca, para practicar deportes y que perdieron contacto con ella al mediodía.

Los investigadores mantienen la búsqueda para dar con Fabiana Melisa Cari Segovia, de contextura delgada, tez trigueña y de una estatura aproximada de 1,65. Tiene el cabello negro lacio y vestía al momento de su desaparición una camisa color blanca con negro, campera color celeste, jeans color gris oscuro y zapatillas Salomon color gris. También tenía una mochila color negro.

COVID-19: Trabajo presencial y rotativo en el MPF

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, dispuso que a partir de este lunes 19 de abril, la modalidad de trabajo en el ámbito del Ministerio Público Fiscal se desarrolle de forma presencial y rotativa.

En el marco de la prórroga del estado de emergencia sanitaria en Salta referida en la Ley Provincial 8206 y en el Decreto 190/21 del Ejecutivo Provincial; y la Resolución 10/21 del COE que dispuso medidas de prevención complementarias al DNU 235/2021 del Ejecutivo Nacional para mitigar la propagación del virus SARS-COV-2 y su impacto sanitario, el Procurador dispuso que a partir de este lunes, la modalidad de trabajo sea presencial y rotativo.

La decisión del Procurador, enmarcada en la actualidad de la dinámica epidemiológica, responde a distintas presentaciones realizadas por el Servicio Médico y el Área de Higiene y Seguridad del Ministerio Público y la Agremiación de Empleados del Poder Judicial y Ministerio Público, que pusieron de resalto la necesidad de establecer como modalidad de trabajo presencial, el carácter rotativo del personal, como una manera de mitigar el impacto que tiene en las dependencias la propagación del virus SARS-COV- 2.

De esta forma, el personal convocado presta funciones de manera presencial, con carácter rotativo y con el estricto cumplimiento de las medidas sanitarias preventivas, con respeto del distanciamiento y uso de tapabocas, entre otras.

Los agentes que no estén comprendidos en el turno presencial, igualmente prestan servicios de manera remota desde sus respectivos domicilios y cumplen con las pautas de trabajo dispuestas por el titular de cada dependencia.

A su vez, el personal que cumple funciones de forma remota, se encuentra a disposición del Ministerio Público Fiscal y podrá ser convocado cuando las necesidades de servicio así lo requieran, con excepción del personal comprendido en los grupos de riesgo o que hayan presentado declaraciones juradas ante la Dirección de Personal, quienes deberán prestar servicios de forma remota mediante las herramientas tecnológicas habilitadas.

Todas las personas que integran el Ministerio Público Fiscal deben adoptar y mantener las medidas sanitarias para preservar la salud tanto de quienes prestan servicios, como de las partes en los procesos que por distintas circunstancias deban concurrir.

La atención al público se realiza también en el marco de las pautas sanitarias y bajo los protocolos aprobados por el Colegio de Gobierno, mientras que los letrados podrán hacer uso del sistema de “Escritos Web”, de carácter esencial. Ante la necesidad de concurrir a una dependencia del Ministerio Público Fiscal, podrán solicitar los turnos, modalidad habilitada mediante idéntico sistema, para evitar la aglomeración de personas en las oficinas.

Se recuerda a la ciudadanía que cuenta con la posibilidad de realizar denuncias por drogas, robos, abusos policiales, incidentes viales, violencia de género y delitos genéricos u otros, a través del “Sistema de Denuncias Web”, disponible en el sitio https://www.denunciasweb.gob.ar y a través de la página institucional del Ministerio Público Fiscal https://www.fiscalespenalesalta.gob.ar.

Estaba junto a su familia, lo persiguieron y le dispararon

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 2, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al efectivo policial Carlos Gustavo Enríquez, de 44 años y con revista en la División Seguridad Urbana, acusado del delito de vejaciones agravadas por el uso de la violencia, en calidad de autor.

Del requerimiento, surgió que el 4 de abril de 2014, cerca de las 22, el denunciante se encontraba con su familia en el exterior de su vivienda ubicada en barrio Justicia, en la zona sudeste de la Ciudad de Salta, cuando se originó un conflicto del que participaron otras personas.

Esto motivó la llegada del personal policial a bordo del móvil 1436 de la División Seguridad Urbana, a cargo del imputado, quien desempeñó un exceso en sus funciones, al acometer contra de la integridad física del damnificado, a quien persiguió disparándole balas de goma que impactaron en la espalda, nalgas, pantorrilla y muslo de la víctima, y le provocaron lesiones que fueron constatadas por médicos del CIF.

Se tiene así que el imputado, mientras cumplía un acto de servicio, desplegó conductas consistentes en causar un daño a la integridad física del denunciante, por lo que excedió los límites impuestos por la Ley 7742, que autoriza a las fuerzas policiales a “hacer uso de la fuerza pública cuando fuere necesario”.

Las lesiones constatadas en la integridad física de la víctima permiten sostener que la conducta de Enríquez resulta penalmente reprochable, pues, son los funcionarios policiales quienes deben velar por la seguridad de los ciudadanos.

Asimismo, del reglamento policial, surge que el uso de la fuerza pública, está regido por una serie principios, entre ellos, la “racionalidad”; es decir, debe estar justificado por circunstancias específicas y acordes a la situación que enfrenta y solo estará permitido el uso de armas no letales cuando los otros medios no violentos, resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto.

Piden juicio contra el exauxiliar fiscal Sergio Dantur por la causa de los teléfonos

Los fiscales penales Ana Inés Salinas Odorisio y Diego Nicolás Rodríguez López, requirieron ante el Juzgado de Garantías del Distrito Judicial Sur-Joaquín V. González, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al exauxiliar fiscal Sergio Ariel Dantur, acusado del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en perjuicio de la administración pública.

En el requerimiento a juicio, la Unidad Fiscal destacó que el hecho adjudicado a Dantur se produjo mientras era funcionario público, cuando se desempeñaba como auxiliar fiscal de Apolinario Saravia, a cargo de la Fiscalía Penal con asiento en Joaquín V. González. De hecho, en marzo pasado, el fiscal penal 2, Ramiro Ramos Ossorio, requirió ante el Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial del Sur-Circunscripción Anta, la elevación a juicio de la causa que tiene Dantur como acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado, en concurso real, por las filtraciones al policía Mamaní.

En la presente causa, surgió que el imputado, investigado por su vínculo con el acusado policía de la subcomisaría El Dorado de Apolinario Saravia, Walter Mamaní, hizo entrega voluntaria de un teléfono celular como supuesto de uso oficial y omitió poner a disposición el teléfono corporativo del Ministerio Publico Fiscal, por lo que realizó la maniobra de entregar el teléfono de uso particular como si fuera oficial.

En un primer momento, el resultado de la inspección al teléfono celular aportado por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simensen de Bielke, fue utilizado como elemento de prueba en contra de Dantur, lo cual fue sostenido por el Juez de Garantías y el Tribunal de Impugnación.

Fue así que por disposición del procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, fue creada la Unidad Fiscal para investigar la conducta de Dantur, quien al entregar el teléfono celular y no especificar que se trataba de un móvil personal y no oficial, generó la declaración de nulidad de las actuaciones, conducta que condujo al error no solamente del Tribunal, sino también de la fiscala que investigaba la causa.

Se agregó como conducta reprochable a Dantur, que el teléfono celular oficial no fue utilizado a tales fines, sino que se verificó una utilización ambigua y confusa del aparato, lo que alteró el desarrollo de las tareas encomendadas como funcionario público, que perjudicó el normal y correcto desempeño de su función pública.

Extracción de datos

En el análisis del plexo probatorio reunido, concurrieron como prueba objetiva de indubitada certeza, los informes de los peritos del Gabinete de Informática del CIF, quienes realizaron un análisis integral del informe de extracción sobre los teléfonos secuestrados al auxiliar fiscal Sergio Dantur. Surgió así un informe de 8182 páginas, con un resumen de 300, del cual fueron sustraídos distintos elementos de interés para profundizar en el análisis.

También pudo establecerse que el teléfono de la línea oficial del Ministerio Público Fiscal, era utilizado por la hija de Dantur, menor de edad, quien recibía mensajes de trabajo y que luego eran reenviados por la madre de la niña a la línea personal utilizada por Dantur.

Los teléfonos analizados fueron el oficial (otorgado por el Ministerio Público Fiscal) y el personal. Del último, surgieron los mensajes intercambiados con el comisario detenido e imputado, Walter Mamaní, cuando se realizó la inspección ocular. El imputado también realizó consultas y visitó páginas de contenido con información referida al IFE (Ingreso Familiar de Emergencia). Existen comunicaciones en las que se presume que Dantur intercambiaba cheques de manera frecuente.

Por otra parte, se hallaron comunicaciones con un acusado de venta de motos robadas, en las que el imputado Dantur se comunicó con alguien a quien señaló como “Jujuy”, detrás del apodo. El exfuncionario hizo referencia a que esperaba el embarque y que ya tenía un par de tornillos. Las tareas complementarias con la Brigada de San Pedro de Jujuy, revelaron que sería una persona que estuvo detenida en esa ciudad jujeña, por comerciar con motocicletas robadas, las que eran llevadas a “Chaco” y que desde allí regresaba con “carne”.

Dantur también posee un registro de búsqueda de armas de distintos calibres y recibió un mensaje de alguien a quien le preguntó si tenía una para venderle. A través de un audio, Dantur dijo a otro hombre que le interesaba comprar un arma y que quería una 45” o una Ballester Molina, también un fusil o subfusil, al que se le pueda poner una mira holográfica o láser.

Dantur mantuvo una fluida comunicación con distintos dirigentes políticos y un exfuncionario provincial, quien le habría facilitado vídeos de las filmaciones obtenidas en el caso Mamaní. La misma persona advirtió a Dantur “que tenga cuidado con Mamaní, porque se la estaba mandando cambiada”.

El 28 de junio de 2020, Dantur le dijo al policía Walter Mamaní que dejaba el expediente en la mesa de la fiscalía, en su oficina y sobre su escritorio; que pidiera las llaves y que se quedara tranquilo compulsando las actuaciones “y a la mierda”.

Por lo expuesto, quedó demostrada la materialidad del hecho y la participación responsable del encartado. La exigencia de un elemento subjetivo implícito en el tipo penal, se dio por el conocimiento y la voluntad de actos contrarios a la función pública que afectaron el bien jurídico protegido, que es la administración pública.

Vale recordar que a comienzos de febrero de este año, el Colegio de Gobierno del Ministerio Público aplicó la sanción de cesantía al exauxiliar fiscal de la Delegación Fiscal de Apolinario Saravia, Sergio Ariel Dantur, en los términos de la Ley Orgánica del Ministerio Público y de su Reglamento General. Con la sanción aplicada, quedó extinta la relación laboral de Dantur con el organismo.

Salió a bailar, pero terminó golpeado por policías

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 2, la elevación a juicio de la causa que tiene a tres efectivos policiales acusados de los delitos de vejaciones calificadas por el uso de la violencia y lesiones leves en concurso ideal, en calidad de autores.

Las imputaciones recayeron sobre los efectivos Dante Manuel Olarte, de 36 años; Jorge Luis Sanguino, de 31 y Fabián Antonio Cuéllar, de 39; todos con revista en la Comisaría 31 de Rosario de la Frontera.

La investigación permitió establecer que el 16 de septiembre de 2019, cerca de las 3:30, mientras el denunciante estaba en la entrada del boliche Punto Uno, ubicado en la ciudad termal, para reclamar que le devolvieran el dinero de la entrada porque no lo dejaban pasar, aparecieron los acusados, quienes lo subieron al móvil y lo golpearon.

Luego, lo trasladaron hasta el hospital, donde no lo hicieron revisar y al salir, volvieron a agredirlo.

La víctima sufrió lesiones en el rostro que fueron constatadas por un médico clínico, mientras que un oftalmólogo certificó “hemorragia subconjutival” en uno de los ojos del denunciante.

Surgió así que los acusados ejercieron un acto de servicio y excedieron los límites impuestos por la Ley 7742 que autoriza a las fuerzas policiales a hacer uso de la fuerza pública cuando fuere necesario.

Es que si bien la Ley Orgánica de la Policía Provincial permite el uso de la fuerza cuando fuere necesario mantener el orden, garantizar la seguridad e impedir la perpetración del delito, resulta legítimo cuando su despliegue es necesario e imprescindible y siempre debe ajustarse y ser proporcional a las particularidades del caso.

Detuvieron a un menor tras un asalto, lo llevaron a la subcomisaría y lo lesionaron a golpes

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 2, la elevación a juicio de la causa que tiene a cuatro efectivos policiales acusados de los delitos de severidades calificadas y lesiones leves.

Las imputaciones recayeron sobre el oficial subayudante Rómulo Segovia, el sargento Pablo Exequiel Toledo, el cabo Ignacio Esteban Zurita y el cabo Darío Aníbal Guzmán, todos con revista en la División Seguridad Urbana.

Del requerimiento surgió que en la madrugada del 13 de junio de 2020, los acusados a bordo del móvil 1727 se desplazaron a colaborar con el móvil 1737 de la subcomisaría de Villa Lavalle, donde divisaron a los causantes del robo a un remisero, a quien asaltaron con un cuchillo en inmediaciones de la esquina de las calles Julio Paz y Carlos Outes.

Al divisar a un menor que se daba a la fuga, los imputados lograron alcanzarlo en el Pozo de la Muerte y lo detuvieron. Luego, lo trasladaron a la subcomisaría de Villa Lavalle, donde según el menor, los mismos efectivos que lo detuvieron, lo metieron a una habitación y lo golpearon en distintas partes del cuerpo, que le produjeron al menor lesiones que fueron constatadas por certificados médicos.

En sus fundamentos, la fiscala penal Simesen de Bielke, sostuvo que surgió con claridad manifiesta que la figura endilgada del delito de severidades agravadas por el uso de la violencia, pretende proteger el remanente de libertad del que dispone todo ser humano en virtud de ser sujeto de derecho y que atañe directamente a su dignidad como persona.

Se tiene así que los acusados, funcionarios policiales con el deber de velar por la seguridad del detenido, llevaron a cabo una conducta totalmente contraria a lo que se espera de un funcionario, pues, en la situación de encierro, produjeron actos lesivos hacia la integridad física del menor, que resultó en el reproche penal.

Diez años de prisión efectiva para el homicida de un adolescente de 14 años

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas de Tartagal, Gonzalo Ariel Vega, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de juicio abreviado, en el que el vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio, Ricardo Martoccia, condenó a Nicolás Jesús Matías Ruiz, a la pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito de homicidio simple en perjuicio de Víctor Ismael Castillo.

La intervención de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas se produjo a partir de las actuaciones de la Comisaría 43, que constataron que el 27 de agosto de 2019, cerca de las 20, en circunstancias en que Víctor Ismael Castillo, de 14 años estaba con amigos de la misma edad sentado frente a la cancha de barrio Mataderos, en calle Enrique Vuistaz y Ruta 34 de Embarcación, fue que llegó al lugar el penado.

En un determinado momento, Ruiz le quitó a Castillo la gorra que traía puesta y la llevó a un poste de luz, por lo que este último lo persiguió para recuperarla.

Fue entonces que ambos comenzaron a forcejear, hasta que Ruiz hizo el ademán de abrazar al menor y en forma repentina le asestó una puñalada que lesionó a Castillo en el tórax.

El menor fue trasladado al hospital San Vicente de Paúl de Orán en estado crítico, y murió como consecuencia de un shock hipovolémico por lesión de arteria aorta.