admin

Trece años después, pudo denunciar los abusos de su tío

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías de Cafayate, la elevación a juicio de la causa en la que fue imputado un hombre de 34 años, acusado del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y circunstancias de su realización, agravado por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente y en calidad de autor.

La denuncia fue radicada en diciembre de 2020 por la propia víctima, en la que expresó que aproximadamente 13 años atrás, sufrió abusos por parte de su tío.

Del requerimiento surgió que el imputado atentó contra la integridad sexual de la víctima en diversas oportunidades, al desplegar actos corporales de contenido esencialmente sexual, sin que ella pueda consentirlos debido a su corta edad.

Los hechos ocurrieron en el domicilio de los abuelos de la víctima, ubicado en barrio San Agustín, de Cafayate, desde que la niña tenía 6 años y hasta que alcanzó los 9.

Así, se tiene que el imputado llamaba a la menor a la habitación de los abuelos, la desvestía, hacía que lo tocara y le apoyaba los genitales mientras se masturbaba.

De ello se desprende que el abuso no fue ocasional o circunstancial, sino que, por el contrario, adquirió características de permanencia en el tiempo, como así también características particulares en su forma de comisión, por lo que resulta gravemente ultrajante para la dignidad de la víctima.

El concepto de “sometimiento sexual gravemente ultrajante”, conlleva un mayor plus de humillación, de degradación de la víctima, tanto en el plano físico, psíquico y moral, que en el presente caso sin duda alguna se configura.

La conducta descripta se ve agravada porque la víctima era menor de edad y convivía con el denunciado, por lo que éste sacó provecho de esa situación de proximidad.

Empujó a una excompañera de colegio y la sometió en plena calle

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 5, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 21 años, acusado del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, en calidad de autor.

Del requerimiento, surgió que el 27 de enero del corriente año, cerca de las 23:30, cuando la víctima regresaba a su domicilio ubicado en Villa Mónica de la ciudad de Salta, fue interceptada por el imputado, quien sin mediar palabras y en forma sorpresiva la empujó y la hizo caer al suelo de espaldas.

Luego, acusado se abalanzó sobre ella e introdujo su mano por debajo sus prendas, para someterla tocamientos que le produjeron a la víctima lesiones que fueron confirmadas a través del informe médico ginecológico agregado al legajo de investigación.

Tras cometer el abuso, el acusado se paró, se rió y se retiró del lugar.

La denuncia fue radicada al día siguiente por la propia víctima, quien hizo constar que no tiene ningún tipo de vínculo sentimental con el acusado y que solo lo conocía porque ambos asistían al mismo Colegio.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que el abuso sexual adquirió características particulares en su forma de comisión, por lo que resultó gravemente ultrajante para la dignidad de la víctima.

En este sentido, el concepto de “sometimiento sexual gravemente ultrajante”, conlleva un mayor plus de humillación, de degradación de la víctima, tanto en el plano físico, psíquico y moral, que en el presente caso sin duda alguna se configura.

Investigadores del CIF adviertan sobre estafas a través de Whastapp

Desde el Cuerpo de Investigadores Fiscales (CIF) del Ministerio Público Fiscal dieron a conocer la nueva modalidad en la que los delincuentes ofrecen dólares a bajo precio. Medidas de seguridad para evitar caer en “el cuento del tío” virtual.

Investigadores del Cuerpo de Investigadores Fiscales (CIF) del Ministerio Público Fiscal advirtieron sobre una nueva modalidad de estafa que involucra la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp, por lo que recuerdan a la comunidad que no debe compartir ningún dato personal o de cuentas bancarias a través del celular.

La nueva modalidad involucra a personas “conocidas” que se comunican con la víctima a través de WhatsApp, ofreciendo dólares a bajo costo para lo cual deberá depositar pesos en un CBU. Por supuesto, los dólares en la cuenta de la víctima, jamás son depositados.

Al intentar reclamar a la persona “conocida”, las víctimas se dan con que la cuenta de ésta fue clonada o robada y su identidad suplantada.

Cómo roban una cuenta de WhatsApp

De repente su WhatsApp deja de funcionar y alguien, para ayudarlo, le dice que debe pasarle un código de seis dígitos para que vuelva a funcionar.

En realidad, como medida de seguridad, la aplicación de mensajería brinda ese código que permite la instalación en su teléfono, por lo que al compartirlo con otra persona, está permitiendo que lo instale en otro celular y acceda a todos sus contactos y conversaciones. Por ello, los investigadores recomiendan jamás compartir el código (que le llega por mensaje de texto) con nadie.

Una vez clonado el Whatsapp, los estafadores comienzan a escribir (no llaman para que no puedan identificar la voz) a todos los contactos de la víctima y, con el pretexto de una urgencia, piden plata para que le transfieran a un CBU. A cambio le ofrecen dólares a buen precio, que nunca serán depositados.

Qué hacer

Ante una estafa por WhatsApp se debe radicar la denuncia a través de https://www.denunciasweb.gob.ar, en la Unidad Fiscal de Delitos Económicos Complejos (Santiago del Estero 611), en la Oficina de Orientación y Denuncias del MPF, ubicada en el primer piso de Ciudad Judicial o en la Comisaría más cercana y dar aviso a todos sus contactos (por ejemplo, poniendo en el “Estado” que se encuentra bien, que no cambió de número y que su perfil le fue robado).

Por otra parte se sugiere que, en Configuración de Seguridad y Privacidad, se selecciones que su foto sea visible sólo para sus contactos, para que un desconocido no la tenga.

Además, si la cuenta de Whatsapp le fue robada, envíe un mail a support@whatsapp.com para que desactiven su cuenta hackeada, ingresando en el «Asunto»: “Teléfono robado/extraviado, y en el contexto del mensaje «Por favor, desactiva mi cuenta y el número de celular del damnificado/a en el formato internacional completo».

Golpeó a un detenido en la Alcaidía y lo frenaron sus compañeros

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, requirió ante el Juzgado de Garantías 1, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al efectivo penitenciario Walter Omar Vega, acusado del delito de severidades, en calidad de autor.

Del requerimiento, surgió que el 2 de marzo de 2020, cerca de las 16:30, dentro de la Alcaidía General de la Provincia, el sargento ayudante Walter Omar Vega ejerció un acto de servicio y con exceso de sus funciones, acometió contra de la integridad física de un detenido, a quien golpeó con la mano abierta en el rostro.

El evento quedó registrado en las cámaras de seguridad de la Alcaidía General y fue observado por el resto del personal del servicio penitenciario, quienes intervinieron para evitar que el acusado continuara con la agresión.

Se suma el informe de Investigación del CIF, cuyo análisis de las filmaciones de las cámaras de seguridad, arrojó como conclusión que pudo observarse a simple vista al acusado cuando agredió mediante un golpe con la mano abierta en el rostro a un detenido.

Luego se observó al interno hacerse para atrás por el golpe recibido por parte del imputado, quien luego lo agarró del cuello.

Tras esto, el acusado fue retenido por la fuerza por sus compañeros del servicio penitenciario, lo que acreditó de manera palmaria los hechos expuestos y puso de manifiesto el exceso del acusado en su función, quien tiene el deber de velar por el bienestar y la dignidad de los internos detenidos.

Un hombre y una mujer, condenados por vender drogas en barrio San Benito

El fiscal penal de UFINAR, Gustavo Torres Rubelt, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de juicio abreviado en la que la Jueza de Garantías 5, María Edith Rodríguez, condenó a un hombre y una mujer por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Marcelo David Alba fue condenado a la pena de cuatro años de prisión de ejecución efectiva, mientras que Nadia María Cruz fue condenada a la pena de dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional, por ser partícipe secundaria.

Los elementos obtenidos de las tareas de vigilancia realizadas por el personal policial, la identificación de personas que adquirieron sustancias mediante los acusados y el resultado del allanamiento realizado el jueves 27 de mayo en un domicilio ubicado en barrio San Benito, donde se detuvo a los penados, permitieron determinar que éstos tenían a su disposición estupefacientes que destinaban a la venta y elementos de corte y fraccionamiento de la sustancia, además de dinero en efectivo de la actividad ilícita.

Las actuaciones iniciaron con la recepción de una serie de denuncias anónimas registradas en la página web del Ministerio Público Fiscal.

Una vez reunidos los elementos de convicción suficientes, obtenidos mediante las tareas de investigación, se llegó a la conclusión de que los investigados llevaban a cabo actividades ilícitas, por lo que se solicitó autorización al Juzgado de Garantías interviniente para allanar su domicilio.

Durante el procedimiento, Marcelo David Alba, al notar la presencia del personal policial, corrió al baño del inmueble y arrojó al inodoro una cartuchera negra y un teléfono celular, que pudieron ser recuperados.
De la cartuchera, se extrajo un envoltorio de polietileno verde con 75 envoltorios con sustancia blanquecina en forma de polvo; otro envoltorio de polietileno transparente con 45 envoltorios con sustancia blanquecina en forma de polvo; dos envoltorios de polietileno con sustancia amarillenta en forma granulada y un envoltorio de polietileno transparente con sustancia vegetal disecada en forma de picadura.

Durante la requisa al inmueble, se secuestró de una habitación, dos cuchillos tipo sierrita con restos de sustancia blanquecina, una balanza gramera, un envoltorio de polietileno transparente con sustancia blanquecina en forma de polvo, dos velas a medio consumir y un envoltorio de polietileno transparente con sustancia vegetal disecada en forma de picadura.

De un baño a medio construir, se secuestró un envoltorio de polietileno verde con 259 envoltorios con sustancia blanquecina en forma de polvo; un envoltorio de polietileno transparente con 324 envoltorios con sustancia blanquecina en forma de polvo; un envoltorio de polietileno transparente con sustancia amarillenta en forma granulada y la suma de $1.630 en efectivo.

Desde otra habitación, se secuestró un envoltorio de polietileno color verde con sustancia vegetal disecada, un envoltorio de polietileno rosa con sustancia blanquecina en forma de polvo, una tijera, recortes de polietileno y $400 en efectivo.

Por último, en el interior de un brasero ubicado en el comedor, se encontraron 16 envoltorios de polietileno quemados y una bolsa de polietileno rosa con 16 envoltorios con sustancia blanquecina en forma de polvo.

El narcotest realizado sobre la sustancia secuestrada dio positivo para cocaína y sus derivados para la sustancia blanquecina y positivo para cannabis sativa para la sustancia vegetal.

Irá a juicio por abusar de su sobrina de 7 años

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 7, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 37 años, acusado del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, en calidad de autor.

Del requerimiento, surgió que el imputado atentó contra la integridad sexual de la víctima, al desplegar actos corporales de contenido esencialmente sexual en contra de su voluntad y sin que ella pudiera consentir tal accionar debido a su corta edad.

En efecto, cuando la niña tenía 7 años y durante un día de verano, mientras dormía en el domicilio de su abuela, fue que el acusado se metió a la cama, le quitó sus prendas y apoyó sus genitales.

Cuando intentó gritar, el acusado le tapó la boca y luego la agarró de las piernas para que no se fuera. Tras cometer el abuso, la amenazó con hacer lo mismo al hermano, si decía algo.

La denuncia fue radicada en abril de 2019 por la madre de la niña, de 11 años en ese momento y en contra de su propio hermano y tío de la menor, luego de que ésta le pudiera contar sobre el abuso, tras recibir los resultados de un estudio médico por una infección sexual.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que el abuso sexual adquirió características particulares en su forma de comisión, por lo que resultó gravemente ultrajante para la dignidad de la víctima.

En este sentido, el concepto de “sometimiento sexual gravemente ultrajante”, conlleva un mayor plus de humillación, de degradación de la víctima, tanto en el plano físico, psíquico y moral, que en el presente caso sin duda alguna se configura.

Por vejaciones y lesiones, piden el juicio contra policías implicados en la muerte de Cristian Gallardo

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, requirió ante el Juzgado de Garantías 1, la elevación a juicio de la causa que tiene a cuatro efectivos policiales acusados de los delitos de vejaciones agravadas por el uso de la violencia y lesiones leves, en concurso ideal y en calidad de autores.

Las imputaciones recayeron sobre el oficial auxiliar Ricardo José Antonio Llaves, el sargento ayudante Jorge Antonio Olea y los cabos Lucas Maximiliano Ozuna y Nicolás Gerardo Chocobar.

Del requerimiento, surgió que el 16 de agosto de 2018, cerca de las 13:30, el denunciante caminaba por calle Usandivaras, cuando paró una camioneta del GOPAR, de la que bajaron los acusados, quienes lo pusieron contra la pared y le dispararon por la espalda.

Luego, lo golpearon con una patada en la rodilla y en la cabeza, todo esto mientras estaba de espaldas. Cuando la víctima se dio vuelta, también recibió disparos en el pecho y en los brazos.

Los hechos denunciados por la víctima, guardan correlación con los certificados médicos agregados al legajo de investigación, de los que surgieron que el damnificado presentaba múltiples excoriaciones superficiales circulares de 2,5 cm, de diámetro. Tales lesiones fueron producidas por proyectiles múltiples de bala de goma.

A su vez, el certificado médico del Departamento de Medicina y Química Legal, indicó que el denunciante presentaba inflamación en el pómulo izquierdo, excoriación con bordes equimóticos diseminados en la cara anterior y posterior de tórax y en ambos brazos.

En noviembre de 2020, el fiscal penal Gustavo Torres Rubelt, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 7 para los efectivos policiales Ricardo José Antonio Llaves, Lucas Maximiliano Ozuna, Jorge Antonio Olea y Ricardo Ezequiel López, por el delito de homicidio culposo en concurso ideal con vejaciones calificadas, en perjuicio de Cristian Exequiel Gallardo.

El 26 de agosto de 2019, los efectivos Llaves, Ozuna, Olea y López, a bordo de un móvil policial, intervinieron ante un hecho de robo y cuando se disponían a demorar a quienes lo habrían provocado, ingresaron a una vivienda de Finca Independencia y dos de ellos huyeron por los techos. Gallardo se encontraba oculto en un lavadero y en su poder, estaban un arma blanca con la que habían atacado al damnificado y el teléfono celular que le habían sustraído.

Violó a una cuñada, sometió a tocamientos a otra y también a dos vecinas

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, requirió ante el Juzgado de Garantías 5, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 32 años, acusado de los delitos de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una víctima y abuso sexual simple (tres hechos) en perjuicio de otras tres víctimas, todo en concurso real y en calidad de autor.

Del requerimiento, surgió que durante una madrugada de enero del corriente año, el acusado aprovechó que su cuñada dormía tras haber ingerido bebidas alcohólicas durante una reunión familiar y la accedió carnalmente contra su voluntad, a pesar de que la víctima intentara correrlo, sin contar con la fuerza para hacerlo.

De este modo, el acusado atentó claramente contra la libertad e integridad sexual de la víctima. El hecho fue corroborado por la propia damnificada, quien manifestó que cuando se despertó tenia la ropa interior y el pantalón abajo, situación que también fue advertida por la pareja del imputado y hermana de la víctima.

A su vez, otra cuñada del acusado, denunció que luego de que regresaran al domicilio tras una salida nocturna, se quedó dormida en una silla y despertó luego por los insultos y gritos del acusado durante una discusión, quien luego se le acercó y le acarició una de sus piernas, desde la cadera hasta la altura de sus genitales, por lo que ella se asustó, lo corrió y salió del lugar.

En esta oportunidad, el acusado atentó claramente contra la libertad e integridad sexual de la víctima; mediante hechos corroborados por los dichos de la propia víctima y de su hija, a quien le contó lo sucedido cuando regresó esa noche a su morada.

Por otra parte y en relación a la denuncia que radicara una vecina del imputado, también a fines de enero del corriente año, se tiene que este aprovechó que la denunciante se encontraba a bordo de una moto por llevar a su hija al hospital y se le acercó para pedirle un chuchillo. Luego de que la mujer le dijera que no tenía, el acusado la sometió a tocamientos por debajo de la remera, que le provocaron un fuerte dolor, por lo que ella le pegó un codazo en el estómago para defenderse y luego arrancó la moto y se retiró del lugar.

Al respecto, también se tiene que el acusado atentó claramente contra la libertad e integridad sexual de la víctima; hechos que corroborados por los dichos de la propia damnificada y de su hija que estaba con ella.

Por último y con respecto a la denuncia realizada por la última víctima, se tiene que en noviembre de 2018, en una oportunidad en la que ésta se dirigía al domicilio de su madre, vecina del imputado, éste le tocó la cola por encima de sus prendas, por lo que también atentó contra la libertad e integridad sexual de la víctima.

Condenaron al homicida de Nahuel Edgardo Velardes

El fiscal penal interino de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gabriel González, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de juicio abreviado en la que la Sala VI del Tribunal de Juicio, condenó a Cristian Luis Juárez, a la pena de 13 años y seis meses de prisión de ejecución efectiva, por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y portación ilegítima de arma de fuego, en concurso ideal y en perjuicio de Nahuel Edgardo Velardes.

De los elementos incorporados durante la investigación, se desprendió que el 13 de mayo de 2020, cerca de las 2:45, en circunstancias en que la víctima, Nahuel Edgardo Velardes, se hizo presente junto a un amigo en el domicilio del acusado, ubicado en barrio Sita de Salta Capital, con la intención de buscar una campera que había olvidado semanas atrás, fue que Cristian Luis Juárez disparó con un arma de fuego a la víctima, con una clara intención homicida.

Velardes murió como consecuencia de un shock hipovolémico, hemotórax izquierdo y lesión pulmonar izquierda grave por herida de arma de fuego, conforme surgió del informe de la autopsia realizada por el Gabinete de Medicina Legal del Cuerpo de Investigaciones Fiscales.

A su vez, la conducta del acusado, se vio agravada en virtud de lo establecido por el artículo 41 bis del Código Penal, dado el gravísimo poder de afectación al bien jurídico, mediante la utilización previamente contemplada del uso de un arma de fuego, dispuesto a valerse de aquella para concretar el resultado de muerte.

Por otra parte, el acusado también portaba el día del hecho de manera ilegítima un arma de fuego de uso civil, sin la debida autorización, lo que fue acreditado mediante el informe del Registro Nacional de Armas, que puso en conocimiento que el penado no estaba inscripto como legítimo usuario de armas de fuego en ninguna de sus categorías.

Además, el informe del Banco Provincial y Nacional de Datos Informáticos sobre Armas de Fuego, indicó que el arma carabina, marca “Mahely”, calibre 22, tampoco estaba registrada.

Abusó sexualmente de su propia hija

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, requirió ante el Juzgado de Garantías 4, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 37 años, acusado de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia; y corrupción de menores agravada por el vínculo, todo en concurso real.

De los elementos colectados durante la investigación, surgió un acometimiento contra la reserva sexual de la niña por parte de su propio padre, quien aprovechó que la menor convivía con él en su domicilio ubicado en zona oeste de la ciudad de Salta y bajo su cuidado, la sometió a tocamientos en sus partes íntimas, desde el año 2019 y hasta poco antes de que la abuela de la niña radicara la denuncia en su contra, en enero de este año.

Dada la modalidad que tuvieron los tocamientos a los que la menor fue sometida, ello supone un ultraje mayor al bien jurídico protegido y agrava la figura penal básica, por el sometimiento sexual sufrido por la víctima.

El imputado también incurrió en el delito de corrupción de menores agravada por el vínculo, ya que aprovechó la situación de vulnerabilidad de su hija y consumó un accionar objetivamente idóneo para la depravación de la conducta sexual de la niña.

El accionar delictivo del acusado fue corroborado con la denuncia, la declaración en circuito cerrado de televisión de la víctima y el informe psicológico, que dio cuenta de la angustia y ansiedad de la menor frente a su propio cuerpo y dificultades en la construcción de su identidad psicosexual que son indicadores que remiten a situaciones traumáticas.

A su vez, la niña presenta indicadores compatibles con stress postraumático.

La denuncia fue radicada en enero del corriente año por la abuela de la niña, de 12 años, luego de que el acusado decidiera no hacerse cargo de ella ni de sus hermanos y que la mujer conociera los hechos de los que fue víctima la menor.