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Deberá hacer tratamiento psicológico para tratar los celos

Un hombre fue condenado 2 años y 6 meses de prisión de ejecución en suspenso por los delitos de amenazas con armas, lesiones leves agravadas por existir relación de pareja y violencia de género, todo ello en concurso real.

Un hombre de 29 años fue condenado 2 años y 6 meses de prisión, de ejecución en suspenso por los delitos de amenazas con armas, lesiones leves agravadas por existir relación de pareja y violencia de género, todo ello en concurso real.

La fiscala de Violencia Familiar y de Género, María Soledad Filtrín Cuezzo, también había imputado al hombre por privación ilegítima de la libertad agravada y desobediencia judicial y, durante el juicio, solicitó la pena de tres años de prisión efectiva.

El pedido de Filtrín Cuezzo se sustentó en las denuncias de la víctima y la investigación que luego realizó la Fiscalía. En noviembre de 2020, la mujer realizó distintas denuncias en la Comisaría de Orán y en la Oficina de Violencia Familiar y de Género en las que manifestó que era víctima de violencia física y verbal por parte de su pareja.

En distintos relatos, la mujer contó que el acusado es un hombre muy celoso, que cuestionaba su forma de vestir, sus amistades, le quitaba su celular y todo ello derivaba en discusiones que finalizaban con agresiones verbales y físicas.

A raíz de estas denuncias, en noviembre de 2020, el Juzgado de Violencia de Género de Orán ordenó al hombre abstenerse de ejercer hechos de violencia. Sin embargo, en diciembre de 2020, la víctima volvió a radicar una denuncia pues su pareja le impedía salir de la vivienda, salvo para realizar compras. Según contó, la dejaba encerrada con llave y se iba a trabajar.

El juez Raúl López Baltazar desestimó la privación ilegítima de la libertad y la desobediencia judicial, pero mantuvo las otras acusaciones. Ordenó que el hombre cumpla con distintas reglas de conducta, se abstenga de acercarse a la víctima y de ejercer hechos de violencia. Asimismo, deberá realizar tratamiento psicológico por el término de dos años.

Imputan a una mujer por estafar a dos adultos mayores

La acusada, que aseguraba ser pareja de uno de los hombres de 71 años, se había instalado en su casa y llevó a vivir a otro hombre de 79 años. En febrero, la Fiscalía de Violencia Familiar y Género N° 1 había solicitado el allanamiento para preservar la integridad física, psíquica, emocional y económica de los adultos. Los investigadores del CIF confirmaron que la imputada realizó pedidos de préstamos por canales electrónicos a nombre de ambos hombres.

La Fiscalía de Violencia Familiar y Género N° 1 imputó a una mujer de 42 años por estafa mediante el uso de tarjeta y desobediencia judicial en perjuicio de dos adultos mayores.

La investigación llevada a cabo por el personal del Cuerpo de Investigadores Fiscales (CIF) permitió -el 10 de febrero pasado- allanar la vivienda en la que se encontraban los dos septuagenarios y resguardar su integridad física, psíquica, emocional y económica.

La hija de uno de los adultos mayores había denunciado en dos oportunidades que una mujer, fingiendo ser pareja de su padre de 71 años, le impedía el contacto, lo sometía a maltratos y se había instalado a vivir en la casa del hombre. Además, también aseguró que la mujer llevó a vivir a la casa de su padre, en barrio Juan Pablo II, a otro hombre de 79 años, manteniéndolo encerrado en una habitación, en condiciones infrahumanas, con total falta de higiene y cuidados.

Ante ello, la Fiscalía de Violencia Familiar y de Género N° 1 tomó intervención y solicitó el allanamiento que permitió poner a resguardo a los dos adultos mayores y realizó una investigación que posibilitó corroborar las maniobras económicas de la mujer.

Los investigadores del CIF demostraron que la denunciada realizó pedidos de préstamos por canales electrónicos por un monto de 70.000 pesos. El 11, 12 y 13 de noviembre de 2020, por $ 20.000 cada día y el 18 y 19 por $4000 y $5000.

Además, en enero, febrero y marzo de 2020, la mujer solicitó microcréditos a nombre de los adultos mayores.

Teniendo en cuenta todo esto, la fiscala de Violencia de Violencia Familiar y Género N° 1 imputó a la mujer por estafa ya que, mediante ardides y engaño, y el uso no autorizado de las tarjetas de débito de los damnificados, sustrajo dinero y solicitó préstamos por medio de cajeros automáticos.

Fue intencional el incendio del depósito de la Municipalidad de Joaquín V. González

La fiscala multifuero del Distrito Judicial del Sur, Circunscripción Anta, María Celeste García Pisacic, investiga quién o quiénes fueron los causantes del incendio intencional registrado la madrugada del sábado en los depósitos municipales de Joaquín V. González. Resultó gravemente afectado el parque automotor.

En el marco de la investigación penal iniciada por los daños en perjuicio de la administración pública, la fiscala García Pisacic ordenó distintas diligencias destinadas a esclarecer quién o quiénes iniciaron el fuego la madrugada del sábado 18 de septiembre, en el depósito ubicado en calle Agustín Pérez y avenida Rivadavia, de Joaquín V. González, en el departamento Anta.

Las pericias de la División Guardia de Incendios y otros Siniestros de la Policía de Salta, determinaron que el incendio fue intencional, de acuerdo a los parámetros técnicos referidos a la instalación eléctrica,  el sector del incendio, la sustancia acelerante, los materiales combustibles, el comburente y especialmente, que debido al hollinamiento en las paredes, se evidenció el desarrollo del fuego desde dentro hacia afuera, lo que afectó el parque automotor de la Municipalidad.

La hipótesis es que el fuego (a través de fósforos, vela o elementos previamente encendidos y arrojados intencionalmente), tomó contacto directo con los elementos guardados en el galpón en cuestión.

Se determinó que el origen del fuego fue en la pared posterior del galpón, que quedó totalmente afectada por la combustión. Dada la gran presencia de elementos de material combustible (plástico, madera, neumáticos, tubos y mangueras de PVC, entre otros), más la temperatura elevada, los peritos determinaron que “se efectuó un escenario propicio para el proceso ígneo”.

Como consecuencia, se produjo el colapso de la estructura metálica del tinglado, caída de mampostería y la afectación total de los contenedores de basura, además del parque automotor.

Los abusos del padrastro cesaron cuando la madre tuvo que quedarse en casa por pandemia

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, requirió ante el Juzgado de Garantías 8, la elevación a juicio de la causa en la que C.A.C., de 44 años, fue imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda y la convivencia preexistente continuado.

Del requerimiento, surgió que el imputado -pareja de la madre de la víctima-, aprovechó la convivencia preexistente y la guarda conferida sobre la menor para desplegar actos atentatorios contra su dignidad e integridad sexual.

La víctima, quien pudo radicar la denuncia contra su padrastro en diciembre de 2020, luego de que este fuera detenido por intentar incendiar su vivienda ubicada en la zona norte de la ciudad de Salta, relató que desde que tenía 15 años fue ultrajada por su padrastro y que los abusos ocurrían cuando su madre salía a trabajar.

Indicó que no pudo oponerse por el temor que le tenía al imputado, quien ejercía tanto violencia física como psíquica sobre ella y que los abusos terminaron en diciembre de 2019, ya que dadas las restricciones por pandemia, su madre estaba en la vivienda con habitualidad.

Los hechos descriptos fueron corroborados fundamentalmente con la declaración de la víctima y de su madre, además de las conclusiones de la pericia psicológica realizada a la joven que dio cuenta del daño psíquico sufrido sobre todo en el área sexual y avaló la verosimilitud de los sucesos narrados.

En sus fundamentos, el fiscal penal Rodrigo González Miralpeix, afirmó que en todos los supuestos, el imputado se valió de su superioridad física, de la diferencia de edad existente entre él y la víctima y de la situación de convivencia y guarda, para perpetrar serios acometimientos contra de la menor, vulnerando su libertad sexual en total dominio de sus actos.

Prisión efectiva para un padrastro abusador

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de juicio abreviado, en la que J.D.S. fue condenado a la pena de cuatro años de prisión de ejecución efectiva por el delito de abuso sexual simple (dos hechos) agravado por la guarda y la convivencia.

El penado, de 41 años, aprovechó la situación de convivencia que mantenía con la menor damnificada y en consecuencia, la guarda que ostentaba sobre la niña al ser la pareja de su madre, para someterla a tocamientos en dos oportunidades, por lo que atentó claramente contra la libertad e integridad sexual de la víctima.

Los hechos fueron corroborados fundamentalmente con la declaración de la víctima de ocho años en circuito cerrado de televisión, quien pese a las amenazas vertidas en su contra, sostuvo un relato coherente con las manifestaciones previas efectuadas a su madre, además de las declaraciones expuestas por la niña en el manuscrito obrante en la causa.

La mujer radicó la denuncia en septiembre de 2020 contra su expareja.

Vendían LSD, cocaína y marihuana por Telegram

El fiscal penal de UFINAR, Gustavo Torres Rubelt, imputó provisionalmente a Germán Nicolás Delgadillo, Melani Giselle Alfaro y Sofía Candela Muñoz, por la comisión del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. A Muñoz también le imputó el delito de tenencia de arma de fuego de uso civil.

Distintas tareas de investigación y vigilancia realizadas por personal policial; elementos secuestrados en los allanamientos en inmuebles de barrio Autódromo y en calles Urquiza, Luis Borja Díaz y Miguel Ortiz de la ciudad de Salta, además de elementos reunidos por un agente revelador, permitieron determinar que los acusados tenían en su poder estupefacientes acondicionados para su venta directa al público. También fue secuestrado dinero en efectivo y el teléfono celular con el que coordinaban lugares y horarios de entrega.

Las actuaciones de la Unidad Fiscal contra la Narcocriminalidad iniciaron con un informe de la División de Investigaciones Complejas contra la Narcocriminalidad presentado ante la Procunar NOA, del que surgió que una mujer que pidió mantener el anonimato, se presentó en la Base de Drogas Peligrosas y refirió que notó actitudes cambiantes en un familiar menor de edad. Al joven de 16 años, le halló en su habitación un frasco con una especie de planta, papel para armar cigarrillos, bolsas pequeñas con polvo blanco y una bolsa plástica con una lámina con dibujos, a la cual le faltaban varios segmentos.

En la app “Telegram” del celular del joven, la mujer encontró mensajes de personas que ofrecían estupefacientes y entonces, advirtió el parecido con las sustancias halladas en el cuarto del menor. El grupo se llamaba “Química” y estaba integrado por unos seis mil participantes. Uno de ellos era el que agregaba al grupo a quienes querían ingresar, por lo que aportó su número telefónico.

El titular de la Procunar NOA solicitó la autorización al Juzgado Federal de Garantías para la intervención de un agente revelador y su incorporación en el grupo de Telegram.

Tras advertir que se trataba de una cuestión de microtráfico de estupefacientes, el titular de la Procunar NOA pidió la incompetencia y las actuaciones se remitieron al MPF provincial.

El pasado 3 de septiembre, Germán Nicolás Delgadillo fue interceptado por personal policial en calle Lerma, luego de intentar escapar. En la base de Drogas Peligrosas, se le secuestró un teléfono celular, ocho papeles glasé, 16 bolsitas de polietileno vacías, dos billetes de $500 utilizados por el agente revelador, un envoltorio de papel glasé con 217 troqueles de LSD, un envoltorio de papel con cocaína y una caja de cigarrillos con cuatro bolsitas con marihuana.

El mismo día, durante el allanamiento al domicilio de calle Urquiza, se secuestraron tres envoltorios, una bolsa y un frasco con marihuana con un total de 73,82 gramos; tres balanzas y un frasco con 62 semillas.

En el domicilio de Barrio Autódromo, fueron secuestrados dos goteros de plástico, tres frascos de vidrio con sustancia aceitosa, tres bidones de plástico con sustancia líquida, cuatro frascos de plástico con sustancia granulada blanquecina, una balanza, un rollo de plástico de polietileno; marihuana en una bolsa de nylon negra, 74 bolsas tipo Ziploc y 650 troqueles de LSD dentro de un cuaderno. El narcotest también dio positivo para anfetaminas y el procedimiento culminó con la detención de Delgadillo.

El sábado 11 de septiembre, el agente revelador envió un mensaje para realizar una compra simulada y acordó como lugar de encuentro una estación de servicio, ubicada sobre avenida Bolivia. El personal policial autorizado llegó en un vehículo particular, se encontró con Melani Giselle Alfaro, quien entregó tres envoltorios de papel glasé con un troquel cada uno y recibió $ 1500 con número de serie marcados.

Concluida la venta simulada, Alfaro fue a su vehículo Fiat Spazio, estacionado en 20 de Febrero y Miguel Ortiz, donde fue interceptada por la comisión policial e intentó escapar. Allí, se le secuestró un celular y la suma de $8690, además de los y $1500 utilizados en la compra simulada, una bolsita con 6 troqueles de LSD y un envoltorio con marihuana. Al día siguiente fue allanado el domicilio de calle Luis Borja Díaz, sin que surgieran elementos de interés para la investigación.

Por último, este domingo 12 también fue allanado el domicilio de calle Miguel Ortiz, donde fue detenida Sofía Candela Muñoz, tras el secuestro de un arma de fuego tipo pistola sin número de serie ni municiones.

Pichanal: Condenan a un enfermero a 18 años de prisión por múltiples abusos

Durante años, el hombre, de 66 años, abusó sexualmente de su propia hija y una amiga de la hija. Además, las obligaba a ver pornografía.

El juez del Tribunal de Juicio Sala 1, Aldo Primucci, condenó a un hombre a 18 años de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal y corrupción de menores agravados en perjuicio de su hija y abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de la amiga de una de las hijas.

La fiscala de Pichanal, Sofía Fuentes, fue la encargada de llevar adelante la investigación que inició en 2018 cuando una de las hijas del hombre, ya siendo mayor de edad, se animó a denunciar a su padre.

“Desde que tengo uso de razón, sufro abusos”, comenzó diciendo la joven para luego relatar innumerables hechos en los que el hombre la sometió a tocamientos, la hacía desvestirse y la penetraba con los dedos o la hacía ver pornografía; siempre cuando la madre estaba ausente.

La joven, además, contó que creía que las acciones de su padre eran “normales” y que, cuando se negaba, su papá le decía que era “aburrida”. A los once años, cuando su madre le explicó que no debía dejar que nadie tocara sus partes íntimas, recién entendió que lo que sucedía “estaba mal”. Por ese entonces, le contó a su mamá, pero esta finalmente creyó a su pareja, que negó toda la situación.

La víctima debió continuar conviviendo con el padre hasta los 17 años.
La joven también denunció que el hombre – enfermero de profesión- también abusó de una vecina.

La fiscala de Violencia Familiar y de Género, María Soledad Filtrín Cuezzo, estuvo a cargo de la acusación durante el juicio y, luego de probar los hechos, solicitó 18 años de prisión efectiva para el hombre, pena que fue concedida por el juez.

Piden juicio contra el propietario de un restobar por ruidos molestos e incumplimiento del distanciamiento social

El fiscal de la Unidad Contravencional, Santiago López Soto, requirió ante el Juzgado de Garantías 3, la elevación a juicio de la causa en la que Gustavo Emanuel Esnal, de 28 años, imputado como autor de la contravención de ruidos molestos e infracción al artículo 13, inciso 3 de la ley 8206/20 Covid, por actividades autorizadas que no adopten las medidas adecuadas conforme el protocolo, en concurso real.

Del requerimiento se desprendió que el restobar ubicado sobre calle San Luis al 600 de la Ciudad de Salta, propiedad del acusado, emitió ruidos muy altos y generó molestias a vecinos, ya que en su patio cervecero se desarrolló concursos de DJs y de bandas.

La situación fue constatada con el acta de infracción del 27 de febrero del corriente año, realizada por el Tribunal Administrativo de Faltas 3. De ella, surgió que al realizar el control, personal de la Municipalidad de Salta constató que el sonido excedió los decibeles permitidos por el artículo 94 de la Ordenanza 5941/20.  

Por otra parte, fue constatado también mediante grabaciones y fotografías aportadas por personal policial, la infracción al artículo 13, inciso 3, de la Ley 8206/20 Covid, ya que se advirtió la presencia de gran cantidad de personas que excedieron el límite autorizado por el personal de Bomberos.

Debe tenerse en cuenta que de acuerdo a las disposiciones del Comité Operativo de Emergencias, la capacidad se encontraba reducida al 30%.

También fue observado que la distancia entre mesa y mesa no cumplía con la Resolución 11 del COE, que establece un metro y medio de separación para dar cumplimiento con el distanciamiento social dispuesto para evitar la propagación del coronavirus.

Además, fue constatado mediante la actuación contravencional 366/21, que el infractor, al momento del control policial, carecía del certificado habilitante para la venta de bebidas alcohólicas al copeo.

De acuerdo a la Fiscalía, lo expuesto dejó al descubierto que la conducta desplegada por el imputado Gustavo Emanuel Esnal, fue de una falta total de prudencia, interés y desaprensión ante la situación de público conocimiento, que a la fecha lleva gran cantidad de contagios y de muertes, no solo en nuestro país sino a nivel mundial.

Piden juicio contra un hombre que arrojó escombros en el Río Arenales

El fiscal de la Unidad Contravencional, Santiago López Soto, requirió ante el Juzgado de Garantías 4, la elevación a juicio de la causa en la que Adrián Mamaní Llanos, de 42 años, fue imputado por contravención contra el ecosistema.

De los elementos recolectados durante la investigación penal preparatoria, surgió la participación punible del acusado con el grado de convicción suficiente en esta etapa.

La situación fue constatada mediante un acta de infracción contravencional del 17 de noviembre de 2020, de la que surgió que durante un control policial por calle Salvador Benedetti, sobre los márgenes del Río Arenales, fue observado un vehículo Dodge, desde el cual el acusado arrojaba residuos domiciliarios sobre márgenes del cauce.

Tales hechos fueron constatados mediante fotos aportadas por personal policial, en la que puede verse gran cantidad de escombros sobre el vehículo mencionado, que eran arrojados por el infractor.

Todo ello dejó al descubierto la conducta desplegada por el imputado Adrián Llanos Mamaní y demostró una falta total de interés y cuidado sobre el medio ambiente.

El MPF y Aguas del Norte buscan reducir y eliminar conexiones clandestinas

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, recibió este miércoles al presidente de Aguas del Norte, Luis María García Salado, con quien analizó la próxima firma de un convenio de colaboración mutua entre el Ministerio Público Fiscal y la empresa, referido especialmente a la detección y sanción de conexiones clandestinas.

Las conexiones clandestinas ponen en riesgo la salud y el ambiente, además de dañar los bienes públicos y afectar el servicio a otros vecinos. Por ello, el Ministerio Publico Fiscal y Aguas del Norte alcanzarán en un acuerdo que permita poner operativos los procedimientos para detectar y sancionar las conexiones clandestinas, especialmente las cloacales.

El presidente de Aguas del Norte anticipó que entre otras cuestiones, el convenio marco permitirá determinar fehacientemente cuáles son las zonas de la provincia más afectadas por conexiones clandestinas y que en consecuencia, tienen posibilidades de presentar mayor daño ambiental y mayor riesgo de salud para la población.

En ese sentido, el procurador general Abel Cornejo, recordó que la Constitución de Salta se refiere a la protección del medio ambiente y la defensa de la calidad de vida en su artículo 30, que establece que “todos tienen el deber de conservar el medio ambiente equilibrado y armonioso, así como el derecho a disfrutarlo” y que “los poderes públicos defienden y resguardan el medio ambiente en procura de mejorar la calidad de vida, previenen la contaminación ambiental y sancionan las conductas contrarias”.

En su artículo 41, la Carta Magna sostiene que “la salud es un derecho inherente a la vida y su preservación es un deber de cada persona. Es un bien social” y que “compete al Estado el cuidado de la salud física, mental y social de las personas, y asegurar a todos la igualdad de prestaciones ante idénticas necesidades”.