La UFICON sancionó a más de 500 propietarios de ganado mayor incautado en la vía pública

La Unidad Fiscal Contravencional sancionó a 596 dueños de animales secuestrados en la Capital, Valle de Lerma y Valle de Sianca. La tenencia irresponsable de animales constituye una infracción a la Ley 7135 y atenta contra la seguridad de las personas. Recientemente se aprobó en Salta la ley que eleva de 30 a 60 días el valor de la sanción monetaria o de arresto a los responsables.

La Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) labró 596 actas contravencionales por animales sueltos en la vía pública, en los últimos cuatro meses. Los propietarios fueron sancionados por infringir el artículo 66 de la Ley 7135.

Las incautaciones fueron en Capital, Cerrillos, El Carril y General Güemes.

El trabajo preventivo y operativo de la UFICON y la Policía de Salta se intensificó en los últimos meses a fin de promover la tenencia responsable de animales y evitar que deambulen en rutas y barrios de la provincia poniendo en riesgo la seguridad de las personas.

Recientemente la Legislatura de la Provincia aprobó modificaciones en los artículos 66, 67, 68 y 71 del Código Contravencional de Salta endureciendo las sanciones a quienes infrinjan la ley. Se elevó de 30 a 60 días el valor de la sanción monetaria o de arresto a los propietarios de animales incautados en la vía pública.

El artículo 66 del Código Contravencional establece una sanción de arresto o multa para quien deje vagar libremente a su animal por la vía pública poniendo en riesgo la seguridad de las personas. Si se trata de ganado mayor la pena se incrementa en un tercio. El artículo 67 estipula que, junto con la multa, se cobrará un adicional por gastos de manutención, calculado en dos días de multa por cada día y por cada animal retenido. El artículo 68 fija un plazo máximo de cinco días corridos desde la notificación del secuestro para que el propietario retire a los animales, notificándosele de inmediato. Por último, el artículo 71 dispone que si pasado ese plazo no se paga la multa ni se retiran los animales, en las siguientes 24 horas se procederá a su comiso y venta en subasta pública, conforme a lo que establece la Ley 7838.

 

Propietario de un bar deberá insonorizar el local y donar alimentos a un comedor comunitario

Con el objetivo de evitar una condena, la defensa del acusado solicitó la suspensión del juicio y ofreció reparar el daño ocasionado a los vecinos, quienes habían denunciado la imposibilidad de descansar debido a los ruidos molestos.

Por disposición del fiscal de turno en la Unidad Fiscal Contravencional (UFICON), Federico Jovanovics, el auxiliar fiscal Marcos Bravo representó al Ministerio Público Fiscal, aceptando el pedido de suspensión de juicio presentado por el propietario de un bar ubicado en calle General Güemes al 200, en el marco de reiteradas denuncias por ruidos molestos formuladas por vecinos de la zona.

El acuerdo, aprobado por el Juzgado de Garantías 8, establece que el acusado deberá insonorizar completamente el local, utilizando materiales adecuados para la absorción acústica y térmica. La obra deberá incluir las paredes medianeras y la cubierta del patio, y ejecutarse en un plazo máximo de tres meses, por personal especializado y conforme a la normativa técnica vigente. Además, el propietario se comprometió a donar alimentos al Comedor de Villa Floresta, debiendo acreditar la entrega ante la Fiscalía en la fecha estipulada.

Los vecinos denunciaron que desde el bar mencionado, se emitía música a alto volumen, acompañada de gritos, aplausos y el uso de micrófonos para animar fiestas que se prolongaban hasta la madrugada. Por requerimiento de la UFICON, el Cuerpo Especial de Investigaciones del CIF constató estas irregularidades mediante registros de audio que confirmaron la perturbación sonora. También se verificó que el local funcionaba como espacio de espectáculos, a pesar de estar habilitado únicamente como bar, confitería y restaurante sin show, y que no contaba con el certificado de seguridad contra incendios, exigido por la normativa vigente.

En virtud de los hechos constatados, la UFICON acusó formalmente al propietario por violar el artículo 72 del Código Contravencional, que sanciona a quienes perturban el descanso y la tranquilidad pública, y el artículo 64, que penaliza la falta de condiciones mínimas de seguridad en establecimientos habilitados.

Solicitan elevar a juicio una causa por ruidos molestos y falta de habilitación en un taller

La denuncia fue realizada por un padre cuya hija con autismo se ve seriamente afectada por los ruidos constantes.

La Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) solicitó al Juzgado de Garantías la remisión a juicio de la causa iniciada contra un hombre, acusado de infringir los artículos 72 y 64 de la Ley 7135/01, por generar ruidos molestos y funcionar sin las medidas de seguridad obligatorias.

La investigación se inició a partir de dos denuncias presentadas por un vecino del barrio Mirasoles, quien manifestó que el propietario de un taller de carpintería de aluminio genera ruidos permanentes debido al uso de maquinaria y música a elevado volumen, además de poseer perros de gran porte que ladran de manera persistente. Según lo expuesto por el denunciante, esta situación afecta particularmente a su hija de 15 años, diagnosticada con Trastorno del Espectro Autista (TEA), condición que implica una hipersensibilidad auditiva.

Durante la investigación, la UFICON recabó diversas pruebas, entre ellas grabaciones de los ruidos provenientes del taller y de los ladridos de los animales. También se constató que el local carece de habilitación municipal y de las medidas de seguridad exigidas por la normativa vigente.

El artículo 72 del Código Contravencional establece sanciones para quienes generen ruidos que perturben el descanso o la tranquilidad de las personas, incluyendo aquellos producidos por animales. Por su parte, el artículo 64 prevé penas para quienes no cumplan con las condiciones mínimas de seguridad en establecimientos que así lo requieran.

Además de requerir la elevación a juicio, desde la UFICON se solicitó la clausura preventiva del taller, al considerar que su funcionamiento pone en riesgo la tranquilidad del vecindario y continúa infringiendo las normas vigentes.

Requerimiento de juicio por infracciones ambientales en el Salar de Rincón

Se formalizó el requerimiento de juicio contra la empresa por infracciones ambientales. La denuncia expone el vertido ilegal de efluentes en el Salar del Rincón.

La Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) formalizó un requerimiento de juicio contra una empresa dedicada al alquiler de baños químicos y del desagote, análisis y tratamiento de desechos cloacales, por infringir los artículos 89 bis, 89 ter y 94 de la Ley 7135/01 y sus modificaciones, en perjuicio del ecosistema.

La investigación se inicio a partir de una denuncia realizada por un supervisor de una empresa minera, quien informó que el 26 de enero pasado a dos operarios de una empresa privada descargando efluentes de baños químicos en un pozo aljibe cercano al campamento Chocobar, en el Salar del Rincon.

Por disposición de la Fiscalía Contravencional, el Departamento Técnico Científico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales realizó inspecciones y tomó muestras en el lugar denunciado. El informe determinó que el pozo afectado forma parte de un sistema hidrogeológico y que el agua dulce, especialmente en ambientes áridos, es un recurso vital para las comunidades locales, la flora, la fauna nativa y las actividades industriales. Las muestras líquidas analizadas excedieron ampliamente los valores establecidos por la normativa legal (Ley 18.284), por lo que fueron declaradas no aptas para el consumo humano.

En base a las pruebas recopiladas, UFICON requirió juicio tanto contra el propietario de la empresa privada, como contra los operarios, acusados de violar los artículos 89 bis, 89 ter y 94 de la Ley 7135/01 y sus modificaciones. Estos artículos establecen sanciones por el vertido de materiales o residuos que dañen el medio ambiente, la falta de certificados de aptitud ambiental y la responsabilidad solidaria de las personas jurídicas en casos de contravenciones cometidas en su beneficio.

Allanan una vivienda en la que realizan fiestas “after” clandestinas

En el lugar se secuestró una gran cantidad de bebidas alcohólicas. El inquilino del domicilio ya había sido multado en abril de 2022 con 28.800 pesos y, en marzo de 2024 fue beneficiado con una probation.

La Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) solicitó al Juzgado de Garantías 4 el allanamiento de una vivienda ubicada en la calle Manuel Anzoátegui al 700, donde se llevaban a cabo fiestas clandestinas tipo “After”.

Durante el operativo, que inició a las 6 de la mañana del 13 de octubre, se identificó a más de 40 personas dentro del local y culminó con el secuestro de una importante cantidad de bebidas alcohólicas.

La investigación de la UFICON surgió tras numerosas denuncias de vecinos que indicaban que en la propiedad se realizaban fiestas de jueves a domingos, desde las 5 de la mañana hasta el mediodía. Estas actividades fueron confirmadas por el Cuerpo Especializado de Investigadores del CIF.

El inquilino del domicilio había sido multado en abril de 2022 y se comprometió a abstenerse de generar ruidos molestos, tras múltiples denuncias de vecinos por las fiestas y guitarreadas que organizaba. A pesar de haber sido citado en reiteradas ocasiones por violar la tranquilidad pública, nunca se presentó a las convocatorias .

En marzo de 2024, el hombre obtuvo una suspensión de juicio a prueba sobre la que la Fiscalía expresó su rechazo. Como parte del acuerdo, se le impuso la obligación de donar pañales al Hogar San Vicente de Paul por un valor de $57.000, además de la prohibición de acercarse a menos de 200 metros del lugar donde se organizaban las fiestas.

Sin embargo, en junio y julio de este año, vecinos de barrio El Pilar denunciaron que las actividades ilegales continuaban realizándose.

Nuevas investigaciones del CEI confirmaron el ingreso y egreso constante de personas al domicilio en horas nocturnas. En el operativo más reciente, también se constató que una mujer era la encargada de abrir el portón para permitir el acceso de los asistentes.

 

Por ruidos molestos, pagará una multa de $28.800

Multado por transportar especies nativas de forma ilegal

Se trata de un camión que transportaba palos borrachos sin la guía correspondiente. Se le labró un Acta Contravencional secuestrando el semirremolque y la totalidad de las piezas de especie arbórea. 

El domingo 4 de agosto, en el kilómetro 1587 de la Ruta Nacional 9, personal policial que realizaba controles de rutina, detectó la presencia de un camión que transportaba 4 ejemplares de palo borracho -de 2,54; 3,50; 3,50 y 4,50 metros- aserrados, sin la guía respectiva ni documentación probatoria alguna.

Desde la Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) se dispuso iniciar el protocolo de procedimiento por infracción al artículo 90 bis de la Ley 7914/15 que señala: “Será sancionado con arresto de hasta 100 días o multa de hasta 100 días, el que desmontare o talare árboles ubicados en bosques nativos o implantados caracterizados como de bajo valor de conservación (Categoría III – Verde) sin permiso de la autoridad competente o en forma contraria a las normas nacionales y provinciales de aprovechamiento sostenible, manejo sostenible y conservación. Tendrá igual pena el que a sabiendas transportare, almacenare, comprare, vendiere, procesare, aserrare, carbonizare, manufacturare, industrializare o de cualquier modo pusiere en el comercio piezas, productos o subproductos provenientes de dicha actividad. La sanción indicada en los párrafos anteriores se incrementará al doble si se trata de un bosque nativo caracterizado como de mediano valor de conservación (Categoría II -Amarillo). Asimismo, la sanción se elevará al triple si se trata de un bosque nativo caracterizado como de muy alto valor de conservación (Categoría I – Rojo). La sanción deberá adecuarse a la magnitud del desmonte o tala realizada. En todos los casos la sanción implicará para el contraventor la obligación accesoria de recomponer el bosque al estado anterior mediante técnicas de reforestación y conservación in situ”

Ademas, se requirió el secuestro del semirremolque y la totalidad del producto forestal.

El contraventor fue citado a audiencia en sede Fiscal, en donde finalmente se dispuso el pago de una multa de 613.000 pesos.

Como parte de las medidas dispuestas, se solicitó al Juzgado de Garantías de turno que las especies secuestradas sean donadas a una fundación a fin de poder ser trasplantadas en un lugar adecuado para las mismas.

Arresto en suspenso por ruidos molestos

La causa se originó el 25 de noviembre de 2021, cuando un hombre denunció que su vecino generaba constantes molestias al poner música a alto volumen durante todo el día, perturbando la armonía del barrio y afectando el descanso de los residentes.

El fiscal Penal interino de la Unidad Fiscal Contravencional, Santiago López Soto, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia debate seguida contra un vecino de la ciudad de Salta, quien fue sentenciado a siete días de arresto en suspenso y sometido a reglas de conducta, entre las cuales se incluye la obligatoriedad de realizar tratamiento psicológico en una institución pública.

El juez de Garantías 4, Diego Rodríguez Pipino, ordenó el decomiso de los bienes secuestrados durante un allanamiento , entre los que se incluyen un parlante de gran tamaño y un equipo de música.

El hombre fue acusado por la Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) de la comisión de la contravención tipificada en el Artículo 72 de la Ley 7135,  Código Contravencional de Salta, que establece que “será sancionado con arresto de hasta quince días o multa de hasta quince días y decomiso el que profiriere voces, gritos o emitiere sonidos o ruidos o inmisiones que perturben el reposo o la tranquilidad de las personas”

La causa se originó el 25 de noviembre de 2021, cuando un hombre denunció que su vecino de Ruta 48, Km 1, en la zona La Pedrera, generaba constantes molestias al poner música a alto volumen durante todo el día, perturbando la armonía del barrio y afectando el descanso de los residentes; a pesar de los intentos de mediación, la incomparecencia del denunciado impidió llegar a un acuerdo.

Durante la investigación, se recopilaron pruebas contundentes que respaldaron la acusación contra el hombre, incluyendo declaraciones de vecinos, informes policiales, evidencia fotográfica y el secuestro de un parlante de gran tamaño, tras múltiples denuncias adicionales por ruidos molestos en distintas horas del día y la noche.

 

Secuestran dos camiones de carga por circular sin la documentación correspondiente

Los infractores fueron convocados a la Unidad Fiscal Contravencional (UFICON), en donde se les impuso una multa de $613.000 pesos a cada uno de ellos por la comprobada infracción al artículo 90 bis del Código Contravencional.

La Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) ordenó el secuestro de dos camiones con sus respectivas cargas por circular sin la documentación legal correspondiente.

En el primer caso, durante un control realizado en la Ruta Nacional N° 9, específicamente en el ex peaje Aunor, agentes de la División Rural y Ambiental de la Policía de Salta identificaron un camión con acoplado que transportaba leña. Se constató que la Guía de Extracción estaba adulterada y el permiso se encontraba vencido.

En el segundo incidente, se detectó un camión circulando con 28 toneladas de carbón vegetal y con el permiso de la Secretaría de Ambiente también vencido. Se redactó el acta correspondiente y se dispuso el secuestro tanto del vehículo como de la carga.

Ante estas violaciones al artículo 90 bis del Código Contravencional, los oficiales consultaron con la UFICON, que instruyó el secuestro de los camiones y sus cargas tras una coordinación con el Juzgado de Garantías de turno.

Los infractores fueron convocados a la sede fiscal, donde se les impuso una multa de $613.000 pesos a cada uno de ellos por la comprobada infracción al Ecosistema.

Infraccionados por fiesta clandestina, incumplimiento de normativas y presencia de menores

En la casa de eventos había más de 100 personas, entre ellos menores de edad, y se comercializaba alcohol. Todo ello en clara infracción a las normas estipuladas en el Código Contravencional de la Provincia.

La Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) solicitó al Juzgado de Garantías 1 la clausura de una casa de eventos en General Güemes, donde se estaba llevando a cabo una fiesta sin las habilitaciones correspondientes. El Juzgado ordenó el cese de la actividad y la evacuación de los asistentes.

La intervención, realizada en la madrugada del sábado 20 de abril por agentes de la Dirección Unidad Regional 7 de la Policía de la Provincia, reveló la presencia de alrededor de 100 personas, incluidos menores de edad, así como la comercialización de alcohol en el lugar.

Durante la entrevista con la responsable del evento, una mujer de 49 años, se constató la falta de las autorizaciones y permisos necesarios para la realización de una celebración de esa magnitud. Las investigaciones llevadas a cabo por las autoridades revelaron que los asistentes debían pagar una tarifa de ingreso, encontrándose en el interior del recinto bebidas alcohólicas, equipos de sonido, y luces, entre otros elementos.

De acuerdo con el artículo 124 del Código Contravencional de la Provincia, que regula las disposiciones especiales para bailes públicos, se imponen sanciones a aquellos que organicen eventos de este tipo sin la debida autorización de las autoridades competentes, ya sean municipales o policiales, así como para quienes permitan el acceso o permanencia de menores de 18 años fuera de los horarios permitidos.

Ante esta situación, desde UFICON se labró la correspondiente acta de infracción contravencional y la propietaria del lugar será citada a la Fiscalía para prestar declaración.

Requieren juicio para la propietaria de un perro que mató a otro animal

Se trata de un perro de raza dogo. La Unidad Fiscal Contravencional sostiene que la mujer incumplió normativas de seguridad animal y de tenencia de perros potencialmente peligrosos.

Desde la Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) se requirió juicio al Juzgado de Garantías en turno para la propietaria de dos perros de raza dogo que atacaron a otro perro, según lo establecido en el Código Contravencional (CCP) de la Provincia de Salta (Ley 7135/01).

En la acusación se sostiene que la mujer incumplió los artículos 58 y 66 del Código Contravencional Penal. El artículo 58 establece sanciones para aquellos propietarios de animales que representen un peligro para las personas y no hayan tomado medidas preventivas adecuadas. Mientras que el artículo 66 detalla las consecuencias para aquellos dueños que permitan que sus animales deambulen en espacios públicos generando riesgos.

El incidente que motivó la solicitud de juicio por parte de UFICON tuvo lugar el 23 de abril de 2023 en el barrio Scalabrini Ortiz, cuando dos perros de raza dogo ingresaron a una vivienda vecina y atacaron a otro perro, causándole graves heridas en el cuello.

Tras una intervención quirúrgica y tratamientos, el perro agredido falleció el 28 de abril a causa de neumonía por aspiración derivada de las lesiones sufridas.

Las investigaciones policiales confirmaron que los perros involucrados en el ataque son agresivos, han atacado y matado a otros animales, y se encuentran sin control ni medidas de seguridad, representando un peligro para la comunidad.

En el proceso judicial, se convocó a una mediación entre la propietaria de los perros y la denunciante, llegando a un acuerdo que posteriormente fue incumplido por la acusada.

Ante esta situaciónel fiscal Penal a cargo de UFICON resolvió elevar el caso a juicio para su evaluación correspondiente.