Bº Limache: atacó a machetazos a su expareja

Un hombre de 40 años fue detenido e imputado por la tentativa de homicidio calificado de su expareja, con quien convive y la tentativa de homicidio de un hombre que se encontraba circunstancialmente en la vivienda. El acusado ingresó a uno de los dormitorios con un machete y lesionó en la cabeza a la mujer y a su acompañante. Luego huyó. El machete fue encontrado en tirado en la vía pública.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en turno, Ramiro Ramos Ossorio, imputó a Víctor Orlando Díaz Valdez como autor de los delitos de tentativa de homicidio doblemente calificado en perjuicio de Estela Patricia Gálvez en concurso real con el delito de tentativa de homicidio simple en perjuicio de Mauricio Javier Burgos.

El hecho ocurrió el domingo por la madrugada en una vivienda de barrio Limache, cuando según los testimonios recogidos, el acusado atacó con un machete y en una de las habitaciones atacó a su expareja y a otra persona que se encontraba participando de una reunión.

Ambos resultaron con lesiones en la cabeza y Burgos además con una fractura en un pie. Fueron trasladados al hospital San Bernardo, donde recibieron asistencia.

Díaz Valdez huyó del lugar y luego se presentó en forma voluntaria en la dependencia policial de la zona. El machete usado fue encontrado en la vía pública. Tras conocer la acusación en su contra, el imputado se abstuvo de declarar.

Imputado por un siniestro vial con cuatro víctimas fatales y un herido

El conductor de una de las camionetas intervinientes en el hecho ocurrido el pasado 12 de julio en el kilómetro 648 de la ruta nacional 16, donde cuatro mujeres perdieron la vida, fue detenido y acusado del hecho.  Una maniobra imprudente habría causado el siniestro.

La fiscal penal de Joaquín V. González, Yonny Zigarán, imputó a Juan Carlos Ratti de 64 años, como autor de los delitos de homicidio culposo múltiple en accidente de tránsito, agravado por el fallecimiento de cuatro personas y por la conducción imprudente y antirreglamentaria en perjuicio de cuatro mujeres de 75, 57, 51 y 11 años de edad en concurso real con el delito de lesiones graves en accidente de tránsito por la conducción imprudente y antirreglamentaria en perjuicio un hombre de 56 años.

El siniestro ocurrió el pasado 12 de julio al mediodía sobre ruta nacional 16 a la altura del kilómetro 648 e intervinieron dos camionetas y un colectivo y, como resultado fallecieron calcinadas tres mujeres adultas y una menor.

Las dos camionetas circulaban en el mismo sentido y según se pudo conocer durante la investigación, la conducida por el contratista rural Ratti, intentó sobrepasar a la de menor porte, y al ver que en sentido contrario venía el colectivo, realizó una maniobra imprudente para regresar a su carril e impactó en la parte de atrás al vehículo donde viajaban las cuatro mujeres y provocó que éstas chocaran en forma frontal con el bus.

Como resultado del siniestro, fallecieron calcinadas las cuatro mujeres que circulaban en una de las camionetas y los conductores de los otros dos vehículos resultaron heridos, por lo que fueron trasladados para su asistencia.

Caso Di Marzo: Gareca no declaró durante la primera jornada

Durante la primera jornada del juicio que se sigue por el homicidio calificado de Antonella Mirna Eva Di Marzo, el acusado no declaró y dijo que lo hará en el transcurso del debate. Entre los primeros testigos, declaró la madre de la víctima y otros testigos desde la ciudad de General Güemes mediante el uso de métodos tecnológicos para evitar el traslado.

Presidida por el juez Roberto Faustino Lezcano, dio inicio este lunes en la Sala de Grandes Juicios, la audiencia de debate contra José Gustavo Gareca, imputado por el delito de homicidio agravado por mediar violencia de género en perjuicio de Mirna Antonella Eva Di Marzo.

Luego de la lectura del requerimiento a juicio, el acusado dijo que declarará en el transcurso del debate.

Los testigos de la primera jornada residen en General Güemes, por lo que prestaron declaración mediante videoconferencia para evitar los traslados por la situación sanitaria actual.

La primera en declarar fue la madre de la víctima, quien se refirió a la situación particular que vivía su hija por ser trans y que se enteró del hecho durante la mañana del 21 de octubre de 2018 y nunca pudieron hablar porque no recuperó la conciencia.

Para este martes está previsto que declaren conocidos, familiares de la víctima y personal policial que intervino durante la investigación.

Juicio: mató a su amigo y abandonó el cuerpo en una camioneta

Jorge Ariel Mendoza será juzgado desde este martes por el homicidio calificado por alevosía y ensañamiento de Antonio Gaspar, ocurrido en el mes de mayo de 2019. Luego de quitarle la vida, dejó el cuerpo en la caja de una camioneta sobre avenida Constitución, donde fue encontrado once días después.

El fiscal penal 3 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gustavo Torres Rubelt, representará al Ministerio Público ante la Sala VI del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra Jorge Ariel Mendoza, imputado como autor del delito de homicidio calificado por alevosía y ensañamiento en perjuicio de Antonio Gaspar.

El 24 de mayo de 2019, Antonio Gaspar pasó en su camioneta por la casa de su amigo Jorge Ariel Mendoza y tras una discusión, éste lo agredió con una barreta en la cabeza y le provocó heridas punzopenetrantes en la zona del tórax, provocando su muerte.

Luego cargó el cuerpo en la caja de la camioneta y la dejó abandonada en la intersección de avenida Constitución y Juramento de la ciudad de Salta, donde fue detectada por los vecinos once días después, por el olor nauseabundo que emanaba.

Al pedir la elevación a juicio, el Fiscal sostuvo “que el imputado atacó en forma artera y desmesurada e infligió un padecimiento desmedido al damnificado”. En el requerimiento también constan las declaraciones testimoniales recogidas, pericias e informes socioambientales, oculares y científicos sobre los elementos hallados en la escena del crimen. Se sumaron los informes sobre el allanamiento en el que fue secuestrada la barreta que Mendoza habría utilizado para ultimar a Gaspar y otros elementos de interés para la causa.

Al momento de su detención, Mendoza, quien se desempeña como tapicero, reconoció ser el autor del hecho.

La audiencia estará a cargo del juez José Luis Riera y está previsto que se desarrolle los días 4, 5, 6, 7 y 11 de agosto.

Requieren juicio contra los autores del femicidio de María Leonor Gine

La fiscal penal 1 de Graves Atentados contra las Personas, Ana Inés Salinas Odorisio requirió la elevación de juicio oral y público de la causa caratulada “Morales, Agustín; Detzel, Federico Leonardo y Aguirre, Tania Rocío por homicidio agravado por alevosía y ensañamiento en perjuicio de Gine, María Leonor”.

La fiscal Salinas Odorisio solicitó a la Jueza de Garantías 7, la elevación a juicio de la causa al Tribunal correspondiente y remitió el legajo de investigación para el control de legalidad respectivo. En la presentación, la fiscal describió los hechos y puso a disposición los elementos valorados para la imputación y luego de notificadas las familias de la víctima de sus derechos y reunidos los elementos de convicción suficientes para sostener como probable la participación punible de los imputados en el hecho, dio por concluida la investigación.

La fiscal acusó formalmente a Agustín Morales, de 21 años, del delito de “Homicidio Agravado por el Vinculo, Ensañamiento, Alevosía, Criminis Causa y por haber Mediado Violencia de Género, en concurso real con Violación de las Medidas Dispuestas por Autoridad Competente para Impedir la Propagación de una Pandemia”; a Federico Detzel, de 30 años, del delito de “Homicidio Agravado por Ensañamiento, Alevosía, Criminis Causa y por haber Mediado Violencia de Género, en concurso real con Violación de las Medidas Dispuestas por Autoridad Competente para impedir la Propagación de una Pandemia”; y a Tania Rocío Aguirre, también de 30 años, del delito de “Homicidio Agravado por Ensañamiento, Alevosía y Criminis Causa, en concurso real con Violación de las Medidas Dispuestas por Autoridad Competente para Impedir la Propagación de una Pandemia”.

Según consta en el decreto de imputación, el 28 de marzo pasado, dos familiares de María Leonor Gine, se presentaron en su domicilio de calle Belgrano al 900 ya que no respondía mensajes ni llamados. No pudieron ingresar y detectaron la falta de su vehículo, por lo que dieron aviso a personal policial que se encontraba en la zona. El vehículo había sido tomado por un nieto de la víctima que vivía con ella en forma circunstancial y cuando uno de los familiares pudo subir al departamento, la encontró sin vida en la cocina. De las tareas investigativas desplegadas por la División Homicidios, que incluyó el análisis de cámaras de seguridad privadas y del Sistema de Emergencias 911, se pudo identificar al nieto de la víctima, a un amigo y a una mujer trans, como quienes ingresaron y egresaron del edificio durante las últimas horas del viernes y primeras horas del sábado.

Para más, los elementos reunidos a través de la autopsia sugirieron la participación de al menos dos personas con dos armas blancas de diferentes características y que Gine murió como consecuencia de un shock hipovolémico, debido a heridas de arma blanca múltiples. Los exámenes confirmaron la presencia de los perfiles genéticos de la víctima y su nieto en el mango del cuchillo hallado en la cocina, en la remera que vestía la mujer y en una zapatilla del nieto. Y como se sabe,  la prueba aportada a través del informe realizado por la Unidad Especial de Investigación del Ministerio Público sobre el análisis de comunicaciones telefónicas y de cámaras de seguridad, reveló que María Leonor Gine se encontraba con vida cuando regresaron los tres imputados al departamento, alrededor de la 1 de esa madrugada, lo que coincide con la data de muerte que determina el informe de autopsia.

Así, los elementos reunidos, no dejaron dudas de la participación de los imputados en la muerte brutal y sustracción de elementos de valor de María Leonor Gine, ante la convicción de que al momento que los tres ingresaron al departamento nuevamente, la víctima se encontraba con vida. 

Alevosía, ensañamiento y cuestión de género

La fiscal destacó que el homicidio por  alevosía, se encontró configurado  porque el 28 de marzo en el domicilio de la víctima, los imputados aprovecharon el estado de indefensión de la víctima; procurando anular cualquier tipo de ayuda al actuar en el horario nocturno y la habrían atacado físicamente con arma blanca a fin de ocasionarle la muerte.

Sobre el ensañamiento, dijo Salinas Odorisio que bajo el ánimo homicida le provocaron heridas múltiples punzocortantes (unas 18), con el deliberado propósito de causarle un intenso dolor innecesario, hasta que por una importante hemorragia falleció de shock hipovolémico.

Y sobre la calificación del hecho como homicidio criminis causae, por los elementos colectados resultó evidente que la muerte procurada dolorosamente por los imputados, se encontraba claramente dirigida a lograr el apoderamiento de una importante suma de dinero que resguardaba Gine en una caja fuerte oculta y bajo llaves que en bolsitas escondía entre su ropa.

Tanto es así que las llaves de la caja fuerte fueron halladas por los acusados, quienes extrajeron dinero y parte de él, se utilizó para continuar con la compra e ingesta de sustancias, bebidas y otros consumos. Es que en el marco de la investigación, una de las hijas de la víctima declaró que halló un sobre roto, en el que habría habido casi USD 20.000 (veinte mil dólares) y casi 9.000 (nueve mil euros),  según le había informado poco antes su madre. Sí encontraron una riñonera que la mujer guardaba en la caja fuerte, con 80 reales, 315 euros, 370 bolivianos y 1.313 dólares. Según el testimonio de las hijas, la víctima les informó que habría tenido otros $25.000 de alquileres que iba a destinar a la compra de mercadería.

Cuestión de género

Frente al ilícito, una especial situación le cabe al imputado Morales, “por el vínculo” que lo unía a la víctima, quien era su abuela. Por ello se aplica el agravante del inciso 1° del Art. 80 del Código Penal.

En cuanto a la agravante de haber mediado una cuestión de género imputada a Morales y Detzel, se determinó que se trató de un homicidio agravado  con la característica de que el sujeto pasivo fue una mujer en un determinado contexto de género y dos de los imputados son hombres. La fiscal agregó el concepto de “violencia de género”, que es extralegal y para ello, se remitió a la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales.

Por otra parte, el Protocolo para la investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres (femicidios), al cual adhirió el Ministerio Publico Fiscal de Salta, define “la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal; en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión”.

En conclusión, las acciones violentas ejecutadas por Morales, Aguirre y Detzel, resultaron idóneas para producir la muerte de cualquier persona, mucho más aun tratándose la víctima de una persona de avanzada edad; agresión que realizan Morales y Detzel en un contexto de dominación con control general coercitivo por pertenecer al género opuesto. En este sentido es que la fiscal sumó otra agravante a los últimos imputados al contar la modalidad de la comisión del hecho, la violencia previa, la especial saña desplegada como medio comisivo y demostrativa de la intención de causarle daño por el hecho de ser mujer, la forma de selección y abordaje de la víctima, el aprovechamiento de indefensión de la damnificada por ser más vulnerable al pertenecer al género femenino, por su edad, su relación vincular y la convivencia preexistente en el caso de Morales, el horario elegido (la noche, cuando los vecinos dormían), y la imposibilidad fáctica y física de defenderse, lo que permitió a los agresores asegurarse de sus objetivos y culminarlos, yéndose con el dinero, cerrando la puerta, llevándose la llave del departamento y la camioneta.  

La fiscal pidió la elevación a Juicio con medidas pendientes de realización

Salinas Odorisio entendió que todos los elementos de convicción reunidos, resultan suficientes para pedir la elevación a juicio, a pesar de la medida dispuesta por la Jueza de Garantías 7 y cuyo resultado que quedará pendiente, no afectaría la convicción de dar por concluida la investigación.  

Es que el lunes 27 de julio pasado, la jueza de Garantías 7,  hizo lugar a un pedido de la defensa técnica de Detzel, para que se designe a un médico especialista en medicina legal del Poder Judicial con especialidad expedida por el Colegio Médico de Salta para que examine y valore el informe producido por la Junta Médica ya realizada por los médicos propuestos por cada parte.

Morillo: se abstuvo de declarar el acusado de homicidio

Un hombre de 37 años fue detenido e imputado por el homicidio de Marcos Leoncio Paz, a quien le efectuó un disparo de escopeta en la cabeza el pasado jueves. Durante la audiencia de imputación se abstuvo de declarar.

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas de Tartagal, Pablo Cabot, imputó a Elvio Leandro Maza como autor del delito de homicidio simple en perjuicio de Marcos Leoncio Paz.

El hecho ocurrió el pasado jueves por la tarde en un paraje conocido como El Campamento, ubicado a 20 kilómetros de Coronel Juan Solá. La víctima se encontraba reunido con otras personas de su familia, cuando llegó el acusado en estado de ebriedad y tras mantener una discusión, recibió un disparo de escopeta en la cabeza de parte de Maza y murió en forma casi instantánea.

El personal policial que se hizo presente en el lugar procedió a la demora del autor del disparo y al secuestro de un arma de fuego con la que habría realizado el disparo.

Maza, tras conocer la acusación en su contra, se abstuvo de declarar y desde la Fiscalía se solicitó que se mantenga su detención.

Comienza el juicio por el homicidio de Antonella Di Marzo

José Gustavo Gareca será juzgado desde este lunes por el homicidio calificado de Antonella Mirna Eva Di Marzo en la Sala IV del Tribunal de Juicio. El ataque ocurrió en octubre de 2018 y la joven trans falleció en enero de 2019 tras una larga internación. La audiencia de debate se desarrollará entre el 3 y el 12 de agosto.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio, representará al Ministerio Público ante la Sala IV del Tribunal de Juicio, en la audiencia de debate contra José Gustavo Gareca, imputado por el delito de homicidio agravado por mediar violencia de género en perjuicio de Mirna Antonella Eva Di Marzo.

La madrugada del 21 de octubre de 2018, la mujer trans fue encontrada tendida en la vía pública por una patrulla en General Güemes. Se encontraba inconsciente, visiblemente golpeada y semidesnuda, por lo que fue asistida y permaneció internada hasta el 27 de enero de 2019, cuando falleció.

De las tareas investigativas desplegadas, entre ellas el análisis de cámaras de seguridad y de datos obtenidos de testimonios de otras personas, se logró la identificación de Gareca como el autor.

La audiencia estará presidida por el juez Roberto Faustino Lezcano y está previsto que se extienda hasta el próximo 12 de agosto.

Joven imputado por el homicidio de un anciano

Este viernes se concretó la audiencia de imputación de un joven, acusado de haber golpeado a un octogenario en la vía pública, provocando su posterior deceso. El acusado es hijo del propietario de un negocio ubicado en avenida San Martín al 800.

La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en turno, Ana Inés Salinas Odorisio, imputó este viernes a Maximiliano Rubén Yazlle Armata como autor del delito de homicidio simple en perjuicio de Néstor Borja de 80 años.

El octogenario ingresó al hospital con un golpe en la cabeza el pasado viernes y falleció tras dos días de internación por traumatismo encéfalo craneano. De la primera intervención policial, se pudo conocer que el octogenario se habría caído desde su propia altura en la vía pública y se golpeó la cabeza, por lo que fue trasladado al hospital San Bernardo.

Tras su fallecimiento, la fiscal profundizó la investigación y le dio intervención a personal de la División Homicidios, que con relevamiento de testigos y el análisis de cámaras de seguridad del Sistema de Emergencias 911,  pudo verificar que el anciano fue agredido con una patada en el pecho por un hombre que salió de un negocio, provocando que éste caiga en la vereda y golpee con la cabeza.

Se pudo conocer que en los registros fílmicos se ve cuando el anciano se detiene por algunos minutos frente a un negocio y aparentemente orina, sale una persona del comercio con la que discute y luego sale Yazlle Armata y con la pierna levantada, golpea en el pecho de Borja, que cae pesadamente al suelo e impacta con su cabeza.

El joven, acompañado de un defensor particular, se abstuvo de declarar. Desde la Fiscalía se solicitó al Juzgado de Garantías en turno, que se mantenga su detención.

Morillo: Murió al recibir un disparo en la cabeza

Un hombre falleció tras recibir el disparo de un arma de fuego en la cabeza en un paraje conocido como El Campamento, ubicado a 20 kilómetros de Coronel Juan Solá. Hay un detenido y se secuestró un arma, que sería la empleada en el hecho.

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas de Tartagal, Pablo Cabot, investiga un hecho ocurrido este jueves por la tarde en un paraje conocido como El Campamento, ubicado a 20 kilómetros de Coronel Juan Solá, donde un hombre falleció tras recibir el disparo de un arma de fuego en la cabeza.

Al llegar el personal policial al lugar, se pudo verificar que había tendido en el piso un hombre sin vida, que presentaba una herida de arma de fuego en la cabeza.

Se pudo entrevistar a las personas presentes en el lugar, se procedió a la demora de un hombre señalado como el autor del hecho y al secuestro de un arma de fuego, que sería la empleada para realizar el disparo.

La audiencia de imputación se concretará en las próximas horas en la sede fiscal.

Orán: recurso de casación por la condena de tres de los “sicarios”

Las fiscales penales Claudia Carreras y Mónica Viazzi presentaron recurso de casación parcial ante el Tribunal de Impugnación respecto a la sentencia, cuyo veredicto se dio a conocer el pasado 4 de julio, para los acusados Norberto Roque Mendoza, Enzo Javier Quiroga y Matías Francisco Sarmiento. Solicitaron que se les imponga a los tres la pena de 20 años de prisión efectiva en calidad de coautores, como pidieron en los alegatos.

El veredicto del Tribunal de la Sala II de Juicio de Orán, integrado por los jueces María Laura Toledo Zamora, Héctor Fabián Fayos y Raúl Fernando López, impuso a los imputados Norberto Roque Mendoza y Enzo Javier Quiroga la pena de 19 años de prisión efectiva y el pago de una multa como coautores del delito de tentativa de homicidio doblemente agravado por haber sido cometidos bajo promesa remuneratoria, por el número de participantes y por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Ricardo Ariel Gerónimo y a Matías Francisco Sarmiento le impuso la pena de 15 años de prisión efectiva y el pago de una multa como partícipe necesario del delito de tentativa de homicidio doblemente agravado por haber sido cometidos bajo promesa remuneratoria, por el número de participantes y por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Ricardo Ariel Gerónimo.

Conocidos los fundamentos de la sentencia, las fiscales penales Claudia Carreras y Mónica Viazzi, como representantes del Ministerio Público, interpusieron Recurso de Casación Parcial ante el Tribunal de Impugnación respecto a la condena impuesta a los acusados Mendoza, Quiroga y Sarmiento.

En sus fundamentos, las fiscales consideran en el caso de Sarmiento, que ha quedado acreditada su calidad de coautor del delito tentativa de homicidio doblemente agravado por haber sido cometidos bajo promesa remuneratoria, por el número de participantes y por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Ricardo Ariel Gerónimo, a través de diferentes pruebas presentadas en el debate, entre ellas, el análisis exhaustivo que se ha realizado de los audios que surgen de las distintas escuchas telefónicas ordenadas judicialmente, donde Sarmiento se comunica con Quiroga y se evidencia que conoce lo que iba a ocurrir con el arma que entregó.

Plantean que no se muestra acertado lo considerado por el Tribunal, que en la condena considera a Sarmiento partícipe necesario, porque hay división de la tarea delictiva. El aporte de armas y municiones que hizo el acusado, es de naturaleza tal que, conforme al plan concreto, sin ese aporte, el hecho no se podría haber realizado como se hizo. Él tuvo en sus manos la posibilidad de interrumpir el curso del suceso, teniendo presente que Sarmiento no se encontraba detenido como lo estaban sus consortes de causa, Rojas y Quiroga, y que su intervención fue el nexo en la “calle”. No sólo para conseguir las armas que Quiroga le requería insistentemente por encargo del “Patrón Rojas”, sino también dinero y remedios, llegando incluso a pedir hasta un teléfono celular.

En consecuencia, solicitan que se condene al imputado Matías Francisco Sarmiento a la pena de 20 años de prisión efectiva más costas y multa como coautor material y penalmente responsable del delito de tentativa de homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria y con el concurso premeditado de dos o más personas agravado por la utilización de arma de fuego.

Respecto de Mendoza y Quiroga, solicitan que se les imponga la pena de 20 años de prisión efectiva, como habían solicitado durante los alegatos.