María Fernanda Quinteros

Homicidio culposo: «Estoy muerta en vida» dijo la acusada

El viernes inició la audiencia de debate por un siniestro vial ocurrido en Julio de 2008 donde fallecieron dos hermanas y resultaron heridos sus padres. La acusada declaró y dijo lamentar profundamente lo sucedido. Hoy será una larga jornada de testimonios. 

El viernes dio inicio en la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, la audiencia de debate contra María Florencia Bridoux Tello por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas en concurso ideal. El Tribunal integrado por los jueces Raúl FernandoLópez, María Laura Toledo Zamora y Edgardo Laurenci, tras resolver algunos planteos presentados por la defensa de la joven, declaró abierto el debate y recibió la breve declaración de la acusada.

Bridoux Tello dijo ante el Tribunal que lamentaba lo sucedido hace 10 años, que no fue su intención causar tal suceso y que desde aquel día se encuentra “muerta en vida”. Sus palabras fueron breves y no aceptó responder preguntas.

También declaró Orlando Barba, padre de las jóvenes de 14 y 21 años fallecidas. Fue un testimonio muy emotivo pues relató cuando detuvieron su marcha sobre la ruta nacional 50 ante un control de Gendarmería Nacional y fue embestido de atrás por el vehículo guiado por Bridoux.

“Papá me estoy quemando” le habría dicho una de sus hijas tras el siniestro donde también resultó gravemente herido junto a su esposa. “Lo único que quiero es justicia” enfatizó.

Varios de los testigos citados para esa jornada fueron reprogramados para hoy lunes, por lo que está previsto que la audiencia de hoy sea extensa.

Representan al Ministerio Públicolas fiscales penales de Orán, María Soledad Filtrin y Mónica Viazzi.

Bridoux Tello se encuentra acusada de los delitos de homicidio culposo en perjuicio de Vanesa y Gisela Barba y por lesiones culposas en perjuicio de Orlando Barba y su esposa Alicia Gómez en el año 2008. Tras permanecer prófuga, la joven se presentó ante laFiscalía y se ordenó su detención bajo la modalidad de prisión domiciliaria.

El beneficio de la prisión domiciliaria quedó revocado a través de la misma resolución donde ordenó que sea trasladada a la Unidad Carcelaria Nº9 de Orán a la espera de la realización de la audiencia de debate para evitar el riesgo de fuga conforme a la conducta que ha demostrado la acusada durante “todos estos años de ausencia”.

11 años de prisión para el «Chato» Rodríguez

Roberto Daniel Rodríguez fue condenado hoy a la pena de 11 de años prisión por el delito de tentativa de homicidio doblemente agravado y otros delitos conexos en perjuicio de su pareja. Deberá además someterse a tratamiento psicológico y/o psiquiátrico mientras dure su detención. 

El Tribunal de la Sala VI de Juicio, integrado por los jueces Guillermo Pereyra, Mónica Mukdsi y José Luis Riera, condenó hoy a Roberto Daniel Rodríguez a la pena de 11 años de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de coacción, amenazas, lesiones doblemente agravadas, desobediencia judicial (2 hechos) en concurso real y tentativa de homicidio doblemente agravada en perjuicio de Nancy Elizabeth Manzaras.

Además se ordenó que reciba tratamiento psicológico y/o psiquiátrica mientras dure su estado de detención. En el mismo fallo se dispuso que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

En los alegatos, el fiscal Pablo Rivero solicitó la aplicación de la pena de 13 años de prisión y dijo que se trataba de una causa singular, que debía ser analizada con perspectiva de género, la misma que se empleó durante la investigación, ya se trata de una causa típica de violencia de género. 

El abogado defensor de Rodríguez solicitó su absolución por el beneficio de la duda para los delitos conexos y la aplicación de la pena de hasta 6 meses de prisión por el delito de lesiones leves. 

San Agustín: A prisión por abusar de un joven con padecimientos mentales

Un hombre de 19 años fue condenado hoy por un hecho ocurrido el pasado 2 de Noviembre en un potrero de esa localidad, donde abusó sexualmente de un joven de la misma edad que padece una enfermedad mental grave. 

El hecho fue denunciado el 2 de Noviembre de este año por la madre del joven de 19 años, que padece una enfermedad mental grave y presenta un notorio deterioro en su salud. Ese día había sido abusado por otro joven de la misma edad en el interior de un potrero de la localidad de San Agustín. 

La Fiscalía Penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, a cargo de Cecilia Flores Toranzos, inició las actuaciones y recibió la declaración filmada del joven damnificado y se incorporaron los informes médicos que acreditan el estado de salud de la víctima. 

A partir de la confesión del acusado y del acuerdo manifestado por las partes, la fiscal solicitó juicio abreviado para el acusado. El mismo estuvo a cargo del juez interino de la Sala V del Tribunal de Juicio, José Luis Riera, quien lo condenó a la pena de 6 años de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal y en el mismo fallo, dispuso que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

En Marzo será el juicio por el femicidio de Cintia Carmen Tapia

Ramón Ángel Chocobar, «Ramoncito”, acusado del homicidio triplemente calificado de la joven madre de 25 años que fue encontrada sin vida en el camping El Préstamo el 21 de Setiembre de 2017, será juzgado desde el 21 al 29 de Marzo de 2019.

El fiscal penal 4 de la Unidad deGraves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio, fue notificado por la Sala VII del Tribunal de Juicio de la fijación de fecha para audiencia de debate en la causa que investiga por el homicidio calificado por alevosía,criminis causae y femicidio en perjuicio de Cintia Carmen Tapia, ocurrido la madrugada del 21 de Setiembre de 2017 en el camping El Préstamo del dique Cabra Corral.

Según lo previsto, la audiencia se desarrollará los días 21 y 22 de Marzo a las 10.30; los días 25, 26 y 27 de Marzo a las 15 y 28 y 29 de Marzo a las 10.30.

En el requerimiento a juicio, Ramos Ossorio consigna los numerosos testimonios recogidos de las personas que compartían el festejo con la víctima y el acusado, quienes presenciaron cuando Chocobar acompañó a la joven madre al baño y luego volvió solo y fue encontrado con las prendas manchadas con sangre.

También se refiere a los resultados de las diferentes pericias realizadas por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales, donde la situación del acusado se ve seriamente comprometida, sobre todo en las pruebas genéticas, de donde surge la certeza de su autoría.

La hipótesis criminal del fiscal sostiene que Chocobar tenía la intención de abusar sexualmente de Cintia CarmenTapia y ante la imposibilidad de consumar ese delito, desplegó su intencionalidad homicida con alevosía. Ante la negativa de la mujer, la golpeó con un elemento contundente en una zona vital, actuando a traición, ya que la víctima se encontraba bajo los efectos del alcohol y confiaba en su victimario porque lo conocía y había sido su pareja. En relación a la calificación de femicidio, se refiere al acto de violencia de género perpetrado en función de la desigualdad física existente y a la vulnerablidad de la mujer.

La Poma: Juzgado por abusar sexualmente dos veces de una mujer

Un hombre de 28 años es juzgado dos hechos de abuso sexual en perjuicio de una joven a la que sometió sexualmente dos veces y que en la primera oportunidad resultó embarazada. Ocurrió en la localidad de Cobres y tras el segundo hecho, la mujer decidió denunciarlo pese a estar amenazada. 

La fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, María Luján Sodero Calvet, representa al Ministerio Público ante la Sala VI del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra Diego Alejandro Gerónimo, acusado de dos hechos de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una joven de la localidad de Cobres. 

Según pudo conocerse, la joven había mantenido un noviazgo con el acusado cuando tenía 15 años y decidieron distanciarse porque ella no accedía a mantener intimidad con el acusado. Pasado un tiempo, Gerónimo volvió a aparecer y aprovechando que la joven vive con su padre que es mayor y se encuentra discapacitado, ingresó a la vivienda y la sometió sexualmente. 

Producto de ese abuso, la víctima resultó embarazada pero no denunció el hecho porque el acusado la amenazó con matarla o quitarle la beba. Pasado aproximadamente un año, volvió a irrumpir en la humilde vivienda y con la misma modalidad, abusó nuevamente de ella.

Esta vez, la mujer pese a estar amenazada, decidió trasladarse hacia la dependencia policial más próxima y radicó la denuncia en contra de Gerónimo.

Durante la investigación, la Fiscalía recibió el testimonio de familiares y algunos vecinos de la mujer, quienes ratificaron los dichos de la mujer respecto a que no mantenía ningún vínculo con el acusado. 

También el Servicio de Biologia Molecular del CIF realizó un estudio de comparación genética entre las muestras indubitadas de la damnificada y su hija con las del imputado a los fines de determinar la existencia de vínculo filiatorio con la niña, donde se concluyó que Gerónimo tiene vínculo biológico de paternidad con la menor. 

La audiencia unipersonal está a cargo de la jueza Mónica Mukdsi y está previsto que finalice hoy. 

Oran: Inicia el juicio por un siniestro vial donde fallecieron dos hermanas

Hoy dará inicio en la Sala II del Tribunal de Juicio de ese distrito, la audiencia de debate contra María Florencia Bridoux Tello por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas en concurso ideal. A la joven se le revocó la prisión domiciliaria y permanece detenida en la Unidad Carcelaria Nº9 de Orán.

Las fiscales penales de Orán, María Soledad Filtrin y Mónica Viazzi, representarán al Ministerio Público ante la Sala II del Tribunal de Juicio del Distrito Orán en la audiencia de debate contra María Florencia Bridoux Tello por un siniestro vial con víctimas fatales y lesionados que provocó en Julio de 2008.

La audiencia se desarrollará según lo establecido, hoy viernes 14, el lunes 17 y el martes 18 de Diciembre y será con tribunal colegiado, integrado por los jueces Raúl Fernando López, María Laura Toledo Zamora y Edgardo Laurenci, ya que el juez Fallos se inhibió.

Bridoux Tello se encuentra acusada de los delitos de homicidio culposo en perjuicio de Vanesa y Gisela Barba y por lesiones culposas en perjuicio de Orlando Barba y su esposa Alicia Gómez en el año 2008. Tras permanecer prófuga, la joven se presentó ante la Fiscalía y se ordenó su detención bajo la modalidad de prisión domiciliaria.

El beneficio de la prisión domiciliaria quedó revocado a través de la misma resolución donde ordena que sea trasladada a la Unidad Carcelaria Nº9 de Orán a la espera de la realización de la audiencia de debate para evitar el riesgo de fuga conforme a la conducta que ha demostrado la acusada durante “todos estos años de ausencia”.

Llega a su fin el juicio contra el “Chato” Rodríguez

Tras recibir los últimos testimonios, el Tribunal de la Sala VI dispuso que los alegatos de las partes se lleven a cabo hoy viernes a partir de las 16. La declaración de una asistente social que tomó intervención ante una denuncia de violencia familiar previa al hecho del 1 de Julio, fue contundente, ya que aseguró que pudo verificar la existencia de violencia dentro de la pareja y la dependencia emocional y económica de la mujer.

El juicio que se lleva adelante contra Roberto Daniel Rodríguez por la tentativa de femicidio y otros delitos conexos en perjuicio de su pareja y madre de sus tres hijos, se encuentra en sus últimas instancias. Hoy viernes a partir de las 16, está previsto que se lleven a cabo los alegatos de las partes y se conozca el veredicto.

Entre los últimos testigos citados, se recibió la declaración de una psicóloga perteneciente al Sistema de Emergencias 911, quien brindó asistencia al imputado en forma previa al hecho del 1 de Julio, cuando éste intentó quitarse la vida.

También brindó su testimonio una licenciada en Servicio Social que integra el equipo interdisciplinario de la Fiscalía de Rosario de Lerma, que tuvo a su cargo elaborar un informe socio ambiental de la pareja por hechos de violencia familiar anteriores y en su declaración dijo que pudo identificar los claros signos de violencia en la pareja,donde el imputado desempeñaba el rol de proveedor y la mujer tenía una clara dependencia emocional y económica del mismo. Concluyó que dentro de la pareja existía violencia física, verbal y psicológica.

San Lorenzo: aclaran sobre las actuaciones por el supuesto abuso sexual a una menor

El hecho ocurrió el pasado 4 de Diciembre cuando la menor de 10 años quedó a cargo de su abuela y su pareja, se acercó y le realizó tocamientos con contenido sexual. Tras ser identificado, se le impusieron medidas restrictivas al acusado y la semana próxima se le realizará un circuito cerrado de televisión a la menor. 

La Fiscalía Penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, a cargo de Sergio Federico Obeid, inició actuaciones preliminares por supuesto abuso sexual simple ante la denuncia radicada por la madre de una menor de 10 años en la localidad de San Lorenzo, donde acusa a la pareja de su madre de haber sometido a su hija a tocamientos inapropiados. 

La mujer consigna que el día 4 de este mes dejó a la menor en la casa de su abuela por cuestiones laborales y cuando regresó, la niña le reveló que el novio de su abuela se le había acercado y le realizó tocamientos, mientras le decía que no cuente nada.

Tomado conocimiento de los hechos, desde la Fiscalía se dispuso la citación de los padres de la menor para entrevista y se puso en conocimiento de la situación a la Asesoría de Menores e Incapaces en turno. 

También se solicitó al Juzgado de Garantías interviniente para el acusado la prohibición de acercamiento a la menor, prohibición de ejercer actos de violencia física, psíquica o moral contra la menor, prohibición de mantener contacto con la menor por cualquier medio y que se fije una consigna ambulatoria por 10 días.

El acusado fue identificado y se fijó una entrevista con la menor mediante circuito cerrado de televisión para la semana próxima para tratar de obtener más detalles de lo sucedido.

Colonia Santa Rosa: Era abusada por su padrastro y quedó embarazada

Una menor de 13 años fue víctima en forma reiterada del concubino de su madre y producto de los abusos, resultó embarazada. La situación se puso en evidencia cuando en una atención médica se detectó que gestaba un embarazo de más de 20 semanas. El acusado fue detenido e imputado. 

La Fiscalía Penal de Pichanal, Delegación Colonia Santa Rosa, imputó a un hombre de 40 años por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda y la convivencia, resultando grave daño físico a la víctima en perjuicio de una menor de 13 años. 

El acusado se desempeñaba como trabajador rural y era concubino de la madre de la menor y convivían hace 5 años aproximadamente. Según pudo conocerse, aprovechando la ausencia de su pareja por cuestiones laborales, abusó en forma reiterada de la adolescente y la amenazaba para que no lo delatara. 

En ocasión de una revisación médica, el profesional que la atendió a la menor le diagnosticó un embarazo de más de 20 semanas de gestación. Fue a partir de este suceso que la madre radicó la denuncia y se iniciaron las actuaciones. 

El hombre de 40 años fue detenido e imputado y se dio intervención a la Asesoría de Menores e Incapaces en turno

Confirman un amparo fiscal ambiental contra el municipio de J.V. González

Había sido planteado ante la falta de información del estudio de impacto ambiental presentado por la empresa ganadera Inversora Juramento SA al municipio. El amparo, interpuesto por el fiscal de Joaquín V. González, Gonzalo Gómez Amado, fue promovido por la jueza civil, Patricia Rahmer, pero la Municipalidad apeló. Recientemente la Corte de Justicia rechazó esa apelación y confirmó el accionar de la fiscalía.

Desde el año 2013, y en el marco de actuaciones preliminares iniciadas en torno a un supuesto hecho de contaminación denunciado por la Cámara de Diputados, el fiscal de competencia múltiple de Joaquín V. González, Gonzalo Gómez Amado, solicitó al municipio documentación vinculada a la presentación de un estudio de impacto ambiental y social presentado por la empresa ganadera Inversora Juramento SA.

La firma posee en esa localidad instalaciones dedicadas a la actividad de engorde bovino a corral, labor que fue objeto de denuncias realizadas por habitantes de los parajes vecinos, entre ellos La Ranchería y Gaona por supuestos malos olores y contaminación ambiental.

En vista de ello, y dada la legitimación que el Ministerio Público Fiscal posee para entender respecto a interposición y prosecución de pretensiones destinadas a la defensa del medio ambiente, contempladas en la Ley 7.328 entre otras normas legales vigentes, la fiscalía solicitó informes a la Municipalidad de Joaquín V. González respecto  a los trámites ambientales presentados por Inversora Juramento SA, como así también documentación relacionada a la habilitación de la misma por parte de esa comuna.

Dichos pedidos de informes de la fiscalía, dirigidos al intendente de esa ciudad, Juan Domingo Aguirre, ingresaron al municipio en fecha 8 de diciembre de 2013, y ante su omisión, el 22 de enero de 2014 se reiteraron.

El 3 de febrero de 2014, el municipio a través dela Coordinadora Ejecutiva de Ingresos Públicos, contadora Sandra Páez,respondió los pedidos pero sin precisar la información requerida, sobre todo respecto a la información y participación social exigida por la ley. Se aludió a que tal certificación ambiental había sido presentada, pero fue observada por la municipalidad, sin dar detalles de los puntos cuestionados.

Amparo

Esta situación, pese a la insistencia ejercida desde la fiscalía, se extendió por todo el año 2014, hecho que llevó al fiscal a plantear al año siguiente un recurso de amparo ante el Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia de Joaquín V. González, a cargo de la jueza Patricia Rahmer.

En respuesta al recurso de amparo, que es la acción judicial que tutela derechos de raigambre constitucional como el derecho a la información pública ambiental, la jueza resolvió hacer lugar al mismo en agosto de 2017, con lo cual la municipalidad quedó obligada a presentar la documentación requerida desde la fiscalía.

En su fallo, la jueza ordenó que dicha información debía seren carácter de “actualizada”, con lo cual el municipio debía presentar el estudio en cuestión, las observaciones realizadas por la municipalidad, las audiencias y dictámenes técnicos realizados como así también las acciones que la empresa ejecutó en consecuencia.

Apelación

Ante este revés judicial, el municipio a través de su representante legal, apeló el fallo de la jueza. Entre sus argumentos, la municipalidad aludió supuestas irregularidades y deficiencias formales que derivaron en la afectación del derecho de defensa en juicio y el debido proceso.

La apelación fue girada a la Corte de Justicia, la que el 5 de diciembre pasado, en un fallo unánime, resolvió rechazar el recurso interpuesto por el municipio, con lo cual confirmó el fallo de la jueza Rahmer y la acción iniciada por la fiscalía a fin de poder obtener la información necesaria respecto a las actuaciones preliminares iniciadas.

En sus fundamentos, la Corte señaló que “no se logra dilucidar cuál o cuáles han sido las defensas de las que se habría visto privada de ejercitar, toda vez que se limita a describir el desarrollo procesal de la causa sin señalar –concretamente- la afectación alegada”.

Por otra parte, la Corte rechazó que la Fiscalía no tuviera legitimación como planteó el municipio. Los jueces adujeron que el Ministerio Público Fiscal tiene competencia en la interposición y prosecución de pretensiones destinadas a la defensa del medio ambiente.

Asimismo, afirmaron que “Al Procurador General de la Provincia le corresponde –de acuerdo a los lineamientos de la Ley 7.328- la promoción de dichas pretensiones o peticiones procesales, pudiendo expedir instrucciones a los fiscales de cualquier fuero o instancia”.

“A mayor abundamiento, es dable advertir que la finalidad de todo el marco normativo citado es garantizar ampliamente el libre y efectivo acceso a la información pública ambiental a toda persona que la solicite, poniendo a disposición las herramientas que consolidan la participación pública en la materia”, agrega finalmente el fallo.