La Justicia hizo lugar a un pedido del Ministerio Público Fiscal y amplió a más de $21.800 millones el embargo preventivo sobre dos catastros en el norte provincial, ante los reiterados incumplimientos de un acuerdo de restauración ambiental firmado en 2018 por el desmonte ilegal de más de 11 mil hectáreas de bosque nativo.
Por pedido del procurador general de la provincia de Salta, Pedro García Castiella, y de la fiscal civil, comercial y laboral del Distrito Judicial del Norte–Tartagal, Rosa Vélez Román, el Juzgado en lo Civil de Personas y Familia de Tartagal ordenó ampliar una medida cautelar ambiental en contra Juan José y Daniel Darío Karlen, por el incumplimiento de un acuerdo de recomposición ambiental firmado en 2018.
Se trata de una causa por el desmonte ilegal de más de 11 mil hectáreas de bosque nativo ubicadas cerca de la localidad de Dragones, en el departamento San Martín, del norte provincial, y su recomposición ambiental.
El pedido del Ministerio Público Fiscal se basó en la ampliación de una de las medidas precautorias preexistentes con el fin de garantizar el cumplimiento del Acuerdo Definitivo de Restauración Ambiental homologado en 2018.
La resolución elevó el embargo preventivo original –de más de $171 millones- que recae sobre los catastros afectados por el desmonte ilegal- catastros 30.746 y 30.747- ubicados en el departamento San Martín, hasta la suma de $21.805 millones, con el objetivo de garantizar fondos suficientes para una eventual ejecución forzada de las tareas de restauración ambiental.
Según los informes técnicos y económicos elaborados por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), el nuevo monto representa el valor actualizado del costo de restauración ambiental.
En sus fundamentos, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que, pese al convenio homologado judicialmente, persistieron reiterados incumplimientos por parte de los demandados, detectados en distintos informes técnicos y relevamientos realizados entre 2019 y 2026.
Los informes del CIF sostienen que desde 2018 no hubo evidencia concreta de restauración activa y que persisten actividades productivas dentro de los catastros afectados, pese a las restricciones judiciales.
Entre las irregularidades señaladas figuran actividades agrícolas no autorizadas, almacenamiento de maíz, incumplimientos en la reforestación y ausencia de avances en la restauración del bosque nativo.
Desde el Juzgado se consideraron acreditados tanto la verosimilitud del derecho como el peligro en la demora, al advertir que el paso del tiempo y las actividades incompatibles con el plan ambiental agravan los daños y dificultan la recomposición del ecosistema afectado.
En consecuencia, se ordenó la inscripción de la ampliación de la medida cautelar ambiental sobre los inmuebles involucrados y se dispuso notificar a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su registración.
En su presentación, el Procurador General de la Provincia, con asistencia de la Relatoría Ambiental, a cargo de Juan Sebastián Lloret, señaló también que los demandados habrían utilizado recursos judiciales con fines dilatorios, lo que demoró el avance del expediente y la ejecución efectiva de la sentencia ambiental, y advirtió que el paso del tiempo agrava el daño ambiental y dificulta la recomposición del bosque nativo, por lo que se considera necesario asegurar fondos suficientes para afrontar una eventual ejecución forzada de las tareas de restauración.
El 20 de septiembre de 2017, los demandados asumieron voluntariamente el compromiso de llevar a cabo un plan de recomposición ambiental que debía abarcar toda la finca y que debía extenderse por 30 años, integrando en la solución a los puesteros y las comunidades de la zona.
“En ese acuerdo, que se firmó con la Procuración General de la Provincia, se buscaba una salida concertada de justicia restaurativa que permitiera la recomposición de un paisaje de bosque nativo con trabajo local e indígena, y la regularización de los ocupantes”, explicó Lloret.
Asimismo, indicó que la intención, a partir de allí, era “paulatinamente pasar a actividades agropecuarias bajo un monte protegido por el color amarillo del Manejo de Bosques con Ganadería Integrada (MBGI), con beneficios económicos, ambientales y climáticos para la sociedad del departamento San Martín”.
Ante la posterior reticencia a cumplir, la Fiscal Civil requirió la imposición de una multa por incumplimiento procesal o astreintes, la cual fue concedida por el Juzgado de Primera Instancia de Tartagal, a cargo de la jueza Viviana Yance, intimándolos a cumplir desde el 19 de mayo de 2020.
Contra ello, los Karlen interpusieron un planteo de nulidad que resultó rechazado, tanto en primera instancia como en segunda instancia, a cargo de la Sala Segunda de la Cámara Civil, con el voto de los jueces Alejandro Lávaque y Leonardo Aranibar.