Julio Frias

Luego de permanecer prófugo, fue detenido un exsacerdote denunciado por abuso sexual

Se habrían consumado cuando el acusado aún era sacerdote de una parroquia barrial a la que concurría la víctima, de 14 años. Estuvo prófugo un año y será imputado en las próximas horas.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual (UDIS), Rodrigo González Miralpeix imputó provisionalmente por la presunta comisión del delito de abuso sexual simple, agravado por ser ministro de culto reconocido y abuso sexual con acceso carnal, agravado por ser ministro de culto reconocido, en concurso real, a un hombre de 41 años.

La denuncia fue radicada en la Oficina de Orientación y Denuncia (OyD), en agosto de 2021, por parte de una joven mujer que expresó que el acusado era sacerdote de una iglesia ubicada en barrio Miguel Ortíz.

En aquel entonces, la damnificada tenía 14 años y concurría a esa iglesia, ya que formaba parte de un grupo que él, además, coordinaba.

La adolescente le había confiado un problema por el que estaba atravesando en su hogar, a lo que el acusado se había ofrecido a ayudarla.Entre ambos se había establecido un vínculo, gracias al que la denunciante depositó su confianza en el acusado.

Una tarde de domingo que ella se encontraba en la iglesia, el hombre le pidió que subiera a la casa parroquial y, luego de hacerle  preguntas, se sentó a su lado y la habría besado en la boca y sometido a tocamientos. Luego, la hizo pasar a la habitación, pero la joven le dijo que quería irse y así lo hizo.

Pasado un tiempo, volvió a encontrarla y la condujo a una habitación, donde finalmente, habría consumado el abuso, a pesar de los pedidos de la víctima de que la dejara ir, tras lo cual salió llorando de la habitación.

La damnificada contó lo sucedido a varias personas de la parroquia y, al enterarse el acusado, no se lo volvió a ver hasta dos años después que la buscó por la red social Facebook. Luego, la mujer lo pudo ver un día frente a la iglesia.

Conforme al informe realizado por la perito psicóloga del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), surge que la damnificada presenta indicadores de daño subjetivo que han dejado secuelas en su identidad psicosexual.

El acusado permaneció prófugo durante un año, con pedido de captura. En las próximas horas está previsto que se realice la audiencia de imputación.

Condenado por amenazar a una mujer a través de una red social

La damnificada mantuvo contacto con el acusado mediante la red social Instagram. Ante la negativa de continuar el contacto, el hombre la amenazaba mediante mensajes. 

El fiscal penal Marcos Vega Ortiz, subrogante en Fiscalía Penal de Violencia Familiar  y de Género 5, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia multipropósito en la que un hombre de 19 años fue condenado a seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de amenazas.

En enero pasado, el hombre había mantenido contacto con la damnificada a través de la red social Instagram. Cuando éste comenzó a enviarles fotos íntimas, la mujer decidió no continuar en contacto.

Fue entonces que el acusado le envió un mensaje con su número telefónico para que le escriba por whatsapp, a lo que la denunciante no accedió y provocó la molestia del hombre, el cual se tornó violento y comenzó a enviarle mensajes con insultos y amenazas. La damnificada optó por bloquear al acusado.

La jueza Mónica Faber, luego de recibir la confesión del acusado, lo condenó a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional y le impuso una serie de reglas de conducta, entre ellas no acercarse a la denunciante, ni a su grupo familiar; no mantener contacto por ningún medio, sea de manera presencial, telefónica o por redes sociales; decomiso del teléfono celular, entre otras.

Campo Quijano: Imputado por daños y lesiones contra su pareja e incumplir orden judicial

El hombre agredió verbal y físicamente a su pareja. Posteriormente se presentó en el domicilio, incumpliendo la restricción impuesta. 

El fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Escalante, imputó de manera provisional por la presunta comisión del delito de daños, lesiones doblemente agravadas por la relación de pareja preexistente y por el género y desobediencia judicial, en concurso real, a un hombre de 47 años.

La denunciante, pareja del acusado, con quien tiene dos hijos, dijo que la noche del pasado 1 de agosto el hombre llegó al domicilio en estado de ebriedad y habría comenzado a agredirla verbalmente. Luego, habría tomado el teléfono celular de la damnificada, arrojándolo al suelo y dañándolo, para posteriormente, agredirla con golpes de puño en el rostro, mientras la tomaba del cuello.

Tras la denuncia, el Juzgado de Violencia Familiar y de Género 3 dispuso la exclusión de hogar del acusado y prohibición de acercamiento, además de otras mediadas cautelares.

No obstante ello, la noche del 20 de agosto pasado, el acusado se hizo presente en la vivienda, a la que habría ingresado. Ante tal situación, la damnificada llamó a personal policial, que se hizo presente de inmediato y procedió a la demora del hombre.

Según consta en el certificado médico, la denunciante presentaba “en región del rostro: hematoma zona pómulo tamaño aproximado 4×3 y 3×2; equimosis zona cuello de 2×2, aproximadamente. En brazo derecho, hematoma 2×2, aproximadamente”.

Durante la audiencia de imputación, el acusado se abstuvo de declarar. Por su parte, el fiscal Escalante solicitó ante el Juzgado de Garantías en turno, mantenimiento de detención.

Ley Lucio: un antes y después como respuesta a la violencia contra las infancias

La denominada «Ley Lucio» busca prevenir y detectar de forma temprana situaciones que vulneran los derechos de niños, niñas y adolescentes. Además, resalta la importancia de la capacitación de los funcionarios públicos, la coordinación de los organismos involucrados y la difusión de indicadores de violencia y medios de denuncia eficaces.

En el marco de la labor en el Servicio de Asistencia a la Víctima de Salta (S.A.Vic.), se destaca la relevancia de esta reciente ley, aprobada de manera unánime a nivel nacional el 13 de abril de 2023.

A partir de esta ley se crea el Plan Federal de Capacitación, permanente, obligatorio y continuo, en derechos de niños y adolescentes. Su implementación estará a cargo de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objetivo de formar a personas que trabajan en diferentes áreas y dependencias de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

La «Ley Lucio» surge en respuesta a casos trágicos de violencia contra niños y niñas en Argentina, como el de Lucio Dupuy, un niño de 5 años de edad, brutalmente asesinado en 2021, en la provincia de La Pampa. Como antecedente en la ciudad de Salta, cabe mencionar el caso del niño Thiago Quipildor, de 4 años, que falleciera a raíz de los maltratos recibidos por parte del matrimonio designado como su “familia cuidadora”.

Esta legislación persigue, además, la modificación de prácticas institucionales y comunitarias para prevenir y detectar maltratos y abusos en la infancia. Reconoce que la prevención de violencias en la infancia es responsabilidad compartida y compromete a toda la sociedad.

Desde el enfoque institucional del Servicio de Asistencia a la Víctima de Salta, es fundamental promover y difundir los indicadores de violencia hacia niños y adolescentes, así como los recursos disponibles para denunciar.

En este sentido, S.A.Vic. se suma a la concientización y sensibilización en esta materia, ya que las violencias en contra de las infancias no son un asunto privado, sino una cuestión de derechos humanos, política, social y de salud pública que requiere la colaboración de todos los sectores.

Resulta fundamental afirmar que: es responsabilidad de toda persona que conozca de modo directo o indirecto o tenga la sospecha o develamiento de violencias que afecte y vulnere derechos de niñas, niños y adolescentes, a fin de prevenirlas.

Cabe mencionar que la responsabilidad primaria respecto a la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes es de padres, madres, familia ampliada y compromete a entidades de la comunidad, sectores de salud, seguridad, sistema de administración de justicia (Ministerio Público Fiscal, Pupilar y de la Defensa y Poder Judicial).

Las intervenciones de cada organismo y dependencia deben coordinarse hacia el interior de la institución, entre quienes tienen incumbencia en el caso y articular la participación de otros órganos para evitar atención superpuesta, parcializada o revictimizante de niñas, niños y adolescentes y que no queden desprovistos de acompañamiento institucional.

Consideramos esencial la capacitación de los profesionales y su involucramiento en la implementación de esta ley. Además, desde S.A.Vic. se apoya, de manera constante, el desarrollo de estrategias que eviten la revictimización y garanticen la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes. En este sentido, este Servicio colabora con otras instituciones y organismos para lograr una respuesta interinstitucional efectiva ante situaciones de vulneración de derechos.

El Servicio de Asistencia a la Víctima comparte la responsabilidad de contribuir al cambio cultural necesario para eliminar las violencias hacia los más jóvenes. A través de la capacitación, la sensibilización y la atención integral, se trabaja para crear un entorno seguro y protector para todas las niñas, niños y adolescentes de la comunidad.

S.A.Vic. Salta, además, alienta el desarrollo de campañas de concientización sobre violencia y vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes en medios nacionales, provinciales y en entidades públicas de todo el país. Por su parte, las denominadas TICs (Tecnologías de la Información y Comunicación) se convierten en herramientas de concientización que posibilitan, a través de la difusión de campañas, modificar concepciones muy arraigadas del niño “incapaz”, de la niñez como objeto de propiedad de adultos, todavía toleradas y sostenidas hoy en día.

Desde S.A.Vic. se subraya la imperiosa necesidad de desarrollar estrategias para desnaturalizar los diversos tipos y modalidades de violencias hacia las infancias, tanto en el mundo real, como en el virtual (en línea) para aprender a prevenirlas, detectarlas tempranamente, reconocerlas, identificarlas, denunciarlas, investigarlas, sancionarlas, intervenir adecuadamente y acompañarlos responsablemente en el proceso de recuperación, reparación y restitución de derechos.

Los servicios, oficinas y centros de Asistencia a la Víctima de la República Argentina vienen desarrollando experiencias en atención de niñas, niños y adolescentes víctimas de violencias, cuyo reconocimiento en lo atinente a sus funciones resulta necesario, dadas las tareas que la Ley Lucio dispone, con un activo rol en materia de capacitación, concientización, sensibilización, asesoramiento, orientación y atención.

El Consejo Federal de Oficinas de Asistencia a la Víctima de la República Argentina despliega, desde 1999, diferentes acciones con perspectiva victimológica, poniendo en agenda todas las formas de violencias que sufren las infancias.

En la provincia de Salta, puntualmente, en materia de prevención y detección temprana de sospechas y develamientos de malos tratos, abusos y violencias hacia niños, niñas y adolescentes, cabe destacar el positivo avance que ha experimentado con la implementación de una Resolución del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en 2019, que aprueba el Protocolo de Intervención ante situaciones de Maltrato Infantil, Abuso sexual y Violencia de Género en espacios educativos.

Como conclusión, todo el equipo interdisciplinario que integra S.A.Vic. Salta impulsa la llegada, una vez más, a toda la comunidad con este contenido, a fin de generar conciencia respecto a la crucial tarea que, como sociedad toda, debe cumplirse para con nuestras infancias, apelando a la sensibilización que brinda uno de los brazos que las instituciones extienden hacia los ciudadanos: el conocimiento y la prevención.

La Ley Lucio conmina, interpela, exige a cada sector, público y privado, a que todos los actores de la comunidad se involucren en materia de protección de niñas, niños y adolescentes, en ese acto de corresponsabilidad que implica velar por la salud integral de nuestros niñas, niños y adolescentes, que son nuestro aquí y ahora.

Acusado de sustraer bicicletas en la vía pública en tres ocasiones

Los denunciantes habían ingresado a hacer compras en distintos comercios y dejaron sus rodados en la vía pública.  Se solicitó mantenimiento de detención.

El fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Escalante, imputó de forma provisional por la presunta comisión del delito de hurto calificado (tres hechos), en concurso real, a un hombre de 38 años.

Los hechos sucedieron entre el 31 de julio y el 23 de agosto pasados, en la vía pública, cuando el acusado, aprovechando que los damnificados dejaron sus bicicletas sin seguridad, ni candado, las habría sustraído para luego darse a la fuga.

Merced a tareas de búsqueda del Grupo Investigativo Sector 82 y análisis de las cámaras de videovigilancia, tanto públicas como privadas, se logró recuperar los rodados, los que posteriormente fueron restituidos a sus legítimos dueños.

Durante la audiencia de imputación, el acusado se abstuvo de declarar. Por su parte, el fiscal Escalante solicitó mantenimiento de detención ante el Juzgado de Garantías en turno.

Condenado por lesiones y amenazas a su expareja

La mujer radicó la denuncia, luego de que este la golpeara e intimidara mediante mensajes de texto. Deberá cumplir reglas de conducta.

El fiscal penal Marcos Vega Ortiz, subrogante en Fiscalía Penal de Violencia Familiar y de Género 5, representó al Ministerio Público Fiscal en el acuerdo de juicio abreviado en el que el Juez de Garantías 2, Ignacio Colombo, condenó a un hombre de 23 años, como autor de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja previa y por el género y amenazas.

Los hechos ocurrieron la noche del 29 de julio de 2022, en el domicilio que compartía la damnificada con el acusado, en barrio Miguel Aráoz. Ambos mantenían una relación de pareja hacía dos años, con un hijo en común.

Durante el incidente, el acusado le había hecho un reclamo, a lo que la mujer le pidió que no levantara la voz. Ante esta respuesta, el hombre la tomó del cuello y la apretó con fuerza. Además, le tapó la boca con contundencia, mientras ella se defendió con las manos.

La damnificada levantó a su bebé y el hombre volvió a tomarla del cuello. Fue en ese momento que ingresó la hermana de la expareja del acusado, lo que llevó al hombre a cesar en su agresión física. Días después, el hombre le envió mensajes de texto, amenazándola.

Las lesiones sufridas fueron constatadas por el médico legal que examinó a la denunciante y certificó “hematoma y excoriaciones en zona anterior del cuello, hematoma en mano derecha (lesión de defensa)”.

Luego de recibir la confesión del acusado, el juez Colombo le impuso al imputado una pena de nueve meses de prisión de ejecución condicional y el cumplimiento de reglas de conducta.

Padre condenado a 12 años de prisión por hechos de abuso contra su hija menor

Los abusos comenzaron desde que la niña tenía 5 o 6 años de edad, en ausencia de su madre y pareja del hombre de 36 años.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual (UDIS), Rodrigo González Miralpeix, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de debate contra un hombre de 36 años como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por la reiteración y circunstancias de realización, agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia; abuso sexual con acceso carnal continuado, agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia; coacción y corrupción de menores agravada.

En febrero pasado, fue la pareja del imputado quien radicó la denuncia contra quien, además, es el padre de sus hijos y de la menor que sufrió los abusos.

Según relató la mujer, la niña se acercó llorando y le pidió hablar. Fue entonces  cuando le manifestó que no quería quedarse con su papá porque cuando se iba a dormir la sometía a tocamientos. Los abusos se consumaban desde hacía cuatro años y cuando la pareja del imputado se ausentaba de la vivienda en la que convivían con sus hijos, para ir a trabajar.

Al momento de elevar el requerimiento a juicio, el fiscal González Miralpeix sostuvo que el delito descripto resulta agravado, ya que el imputado se valió de la posición de superioridad, derivada del vínculo familiar existente, por ser el padre de la niña, figura que presupone protección y seguridad, además de la obligación de cuidado.

Además, mientras desplegaba los hechos abusivos, le infundía miedo a la menor, a través de los dichos que profería, obligándola a actuar de determinada manera y aprovechando la figura de autoridad por ser el padre.

La figura de corrupción de menores se verifica por cuanto el hombre, mediante conductas corruptoras, alteró el desarrollo y la integridad psicosexual de la niña y que se evidencia en sus declaraciones, hechos que sucedieron desde que ella tenía 5 o 6 años de edad, demostrado a través del crudo relato.

De los resultados del informe psicológico realizado a la niña por parte de la perito del Servicio de Psicología del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) surge que no se evidenciaron indicadores de mendacidad (hábito de mentir). Se observan sentimientos de inseguridad, vivencia los vínculos como peligrosos. Se mencionan, también, síntomas reactivos a situaciones traumáticas que requirieron tratamiento psicológico.

La Sala IV del Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Centro condenó a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo al hombre, padre de la menor de 10 años. En el mismo fallo, la jueza Norma Beatriz Vera dispuso que se le extraigan muestras de ADN para su incorporación en el Registro Nacional de Datos Genéticos, vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual y en el Banco de Datos Genéticos Provincial.

Campo Quijano: Condenado por lesionar a su pareja

En la vivienda que ambos compartían, la mujer fue víctima de una agresión por parte del imputado. Sus familiares fueron quienes alertaron a las autoridades policiales para que intervengan en la situación.

El fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Escalante, representó al Ministerio Público Fiscal en una audiencia multipropósito ante la Sala V del Tribunal de Juicio, donde se dictó una condena de seis meses de prisión de ejecución condicional para un hombre de 30 años. Fue encontrado culpable del delito de lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente y por razones de género.

La jueza Gabriela Romero Nayar homologó el acuerdo de juicio abreviado al que arribaron el fiscal Escalante y la defensa, basado en la confesión del imputado, quien había sido denunciado por su pareja, con quien tiene dos hijos, por un episodio de violencia ocurrido en mayo de 2021.

En una vivienda situada en el loteo Nicolás Jovanovics, tuvo lugar el incidente en el que el hombre implicado profirió insultos y  tironeo del cabello a su pareja. En respuesta a esta situación, los familiares de la víctima alertaron a las autoridades policiales, lo que resultó en la intervención de los efectivos.

Un certificado médico, emitido por el profesional encargado de examinar a la mujer afectada, registró una contusión de 2 centímetros de diámetro en la región occipital y otra contusión en la zona anterior del cuello, confirmando así las lesiones físicas que sufrió.

La jueza, en su veredicto, estableció una serie de reglas de conducta para el condenado con una duración de dos años. Entre estas medidas, se incluye la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima por cualquier medio, además de la obligación de participar en el Programa de Inserción Social y Supervisión de Presos y Liberados de la Provincia, con el propósito de lograr su reintegración efectiva en la sociedad.

 

Condena a prisión efectiva de ocho meses por sustraer una bicicleta

La denuncia fue radicada por la damnificada, luego de que el acusado sustrajera una bicicleta de interior de su vivienda.

El fiscal penal 4, Facundo Ruiz de los Llanos, representó al Ministerio Público Fiscal ante el Juzgado de Garantías 6, donde, en audiencia de prisión preventiva, se resolvió la condena para un hombre de 33 años, acusado del delito de hurto calificado por escalamiento.

El hecho por el que llega acusado el hombre mayor de edad sucedió la madrugada del pasado 4 de agosto, cuando, luego de escalar la reja de entrada del domicilio de la damnificada, ingreso y sustrajo una bicicleta, para luego darse a la fuga.

Media hora después, personal policial, con la colaboración del servicio de videovigilancia, procedió a la demora del acusado.

La Jueza Ada Zunino hizo lugar al pedido de condena de 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo, solicitado por el fiscal Ruiz de los Llanos, por el delito de tentativa de hurto calificado.

Condenado por violación de domicilio y desobediencia judicial

Con acuerdo de las partes, fiscalía y defensa, se llegó a juicio abreviado, por el que se condenó al hombre a cumplir pena condicional y se le impuso una serie de reglas de conducta.

El fiscal penal de Cachi, Daniel Escalante, representó al Ministerio Público Fiscal durante el juicio abreviado en el que el Juez del Tribunal de Juicio Sala II, Ángel Longarte, condenó a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional a Hugo Orlando Guaymás, de 39 años, por los delitos de violación de domicilio y desobediencia judicial, todo en concurso real.

El caso que llevó a juicio a Guaymás se remonta al año 2022, cuando la víctima, quien es la expareja del acusado y madre de su hija, recibió mensajes por WhatsApp en los que él intentaba iniciar una discusión y afirmaba estar en su domicilio.

En ese momento, la mujer se encontraba en la casa de su madre, y al percatarse de la situación, alertó a personal policial. Estos constataron que, de hecho, el imputado estaba presente en una de las habitaciones de la vivienda.

La expareja del ahora condenado ya había presentado denuncias previas, lo que llevó al Juzgado de Violencia Familiar y de Género 3 a imponer medidas cautelares, como la exclusión del hogar y la prohibición de acercamiento.

El juez Longarte le impuso, además, reglas de conducta por el término de dos años que, en caso de incumplimiento, el Tribunal podrá revocar la condicionalidad de la condena.