Una niña con retraso madurativo, víctima de abuso de su primo

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 5, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 22 años, acusado de los delitos de abuso sexual con acceso carnal (tres hechos) y coacción, todo en concurso real, en perjuicio de una menor.

Del requerimiento surgió que el acusado se aprovechó de la menor en tres oportunidades, con fechas inciertas y en distintos años. El primer hecho ocurrió en 2016, cuando la víctima tenía entre 12 y 13 años, mientras que el segundo fue en 2018 y el tercero, en 2019. En todas las oportunidades, el acusado aprovechó las circunstancias para accederla carnalmente en contra de su voluntad, en el domicilio de la niña, ubicado en la Ciudad de Salta y bajo amenazas de dañar a sus familiares, si ella no accedía a sus bajos propósitos.

La denuncia fue radicada en octubre de este año por la madre de la víctima y en contra de su sobrino, tras notar cambios en el comportamiento de su hija y encontrar mensajes del acusado en la cuenta de Messenger de la menor.

De lo expuesto, se tiene que el acusado, con su actuar depravado e insano y para satisfacer su propia lascivia, atentó contra la integridad sexual de la víctima, quien es una persona con leve retraso madurativo.

En este sentido, el fiscal penal Federico Obeid, hizo hincapié en que los delitos contra la integridad sexual, normalmente existen serias dificultades para desentrañar lo verdaderamente ocurrido, pues es una característica del ofensor actuar con sigilo y sibilinamente, dado que tal es la desproporción y el desborde de sus conductas que prefieren actuar a hurtadillas precisamente para no ser descubiertos.

Este rasgo de la personalidad de los infractores a la integridad sexual no debe perderse nunca de vista, porque los infractores, los abusadores, los violadores o los ultrajadores tienen en común dos características: operar sobre la víctima desprevenida y elegir el momento del ataque, cuando nadie puede percatarse de su abyecto cometido. Estas premisas se verificaron en este caso, ya que el acusado aprovechaba los momentos en que la menor estaba sola en la vivienda para abusar sexualmente de ella.