Ciberdelincuencia: Fue imputado un acusado de producción y distribución de material de abuso sexual infantil en Orán

La investigación de la Fiscalía inició a partir de un reporte de la ONG NCMEC (National Center for Missing and Exploited Children), que daba cuenta de la actividad ilícita que estaría desplegando el acusado a través de Internet. Fue imputado este martes, tras verificar que se encontraba en buen estado de salud.

La fiscal especializada en Ciberdelincuencia, Sofía Cornejo, imputó de forma provisional a un hombre de 42 años como autor del delito de producción de material de abuso y/o explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, agravado por las edades de las víctimas (menores de 13 años)

Tras la audiencia de imputación, desde la Fiscalía se solicitó ante el Juzgado de Garantías interviniente, que el acusado permanezca privado de su libertad, debido a la gravedad del hecho investigado y mientras se analizan las evidencias digitales obtenidas.

El pasado 10 de julio, con autorización del Juzgado de Garantías 2 del distrito Orán, personal la División de Trata de Personas de la Policía de la Provincia, realizó un allanamiento en el domicilio del investigado, ubicado en la ciudad de Orán, desde donde se secuestraron dispositivos informáticos y toda evidencia digital de interés para la causa, los que serán analizados.

La audiencia de imputación no había podido concretarse anteriormente debido al estado de salud del detenido. Una vez verificado que se encontraba en condiciones, se realizó el control de legalidad y la audiencia fue finalmente llevada a cabo en sede fiscal.

La fiscal Sofía Cornejo sostuvo que debe tenerse en cuenta que, el delito del que se lo acusa, no sólo afecta directamente a la víctima en el momento de la producción del material, sino que su posterior distribución amplifica el daño, revictimizando a las personas menores de edad cada vez que dicho material es compartido, visualizado o consumido. Esta distribución perpetúa y multiplica el daño, prolongando indefinidamente la vulneración de la dignidad del menor.

Cabe destacar que el delito se encuentra normado en el artículo 128 del Código Penal Argentino, y que prevé penas de 3 a 6 años de prisión para quien produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, en la búsqueda de una mayor eficiencia del Derecho Penal de riesgo, siendo en estos casos una herramienta útil para proteger a los niños, niñas y adolescentes del flagelo de la pedofilia a través de Internet.

Cornejo resaltó que se trata de actividades ilícitas que se cometen en el ciberespacio, aprovechando la vulnerabilidad en la que se encuentran todos los menores de edad a través del uso de redes sociales y fundamentalmente, las niñas, en contra de quien se ejerce violencia sexual y de género de manera sistemática.

Con estas acciones se busca generar verdadera conciencia en la población acerca de la importancia de individualizar y neutralizar el accionar de estas personas vinculadas a la pedofilia digital, que ha crecido exponencialmente en el último tiempo, con la hiperconectividad sin los debidos controles a la que se encuentran expuestos. Se enfatiza la importancia de denunciar toda actividad sospechosa y de fomentar el compromiso en todos los ámbitos, sobre todo en el familiar y escolar, dijo la Fiscal.

 

Ciberdelincuencia: Allanamiento en Orán por producción y distribución de material de abuso sexual infantil