Policías, a juicio por la muerte de Cristian Gallardo

Cinco efectivos policiales y un testigo que aportó datos falsos durante la investigación, será llevados a juicio por la muerte del joven, ocurrida en agosto de 2019 en la zona sudeste de la ciudad de Salta, en el marco de un operativo policial. 

El fiscal penal 3 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gustavo Torres Rubelt, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 7 para los efectivos policiales Ricardo José Antonio Llaves, Lucas Maximiliano Ozuna, Ricardo Ezequiel López y Jorge Antonio Olea por el delito de homicidio culposo en concurso ideal con vejaciones calificadas en perjuicio de Cristian Exequiel Gallardo y contra Elio Maximiliano Moya por falsedad ideológica en concurso ideal con encubrimiento agravado. Para Ángel Ismael Lozano se requirió juicio por falso testimonio en concurso ideal con encubrimiento. 

El 26 de agosto de 2019, los efectivos Llaves, Ozuna, López y Olea, a bordo de un móvil policial, intervinieron ante un hecho de robo y cuando se disponían a demorar a quienes lo habrían provocado, ingresaron a una vivienda de Finca Independencia y dos de ellos huyeron por los techos. Gallardo se encontraba oculto en un lavadero y en su poder, estaban un arma blanca con la que habían atacado al damnificado y el teléfono celular que le habían sustraído.

Cristian Exequiel Gallardo se resistió abiertamente a su aprehensión, forcejeando con los dos efectivos que procuraban sacarlo del inmueble. En tanto los efectivos habiendo sido capacitados con técnicas de sujeción para este tipo de procedimiento aplicaron maniobras inadecuadas, impropias y excesivas en su afán de aprehenderlo. Así se tiene que uno de los dos policías lo arrastraba cruzando su brazo y antebrazo desde el cuello haciendo presión y el otro de los policías trataba de sujetarlo de los pies. La intervención de estos dos efectivos no resultó suficiente para reducirlo dado que al salir a la vereda del inmueble Gallardo logra zafarse e intenta huir, pero a escasos metros es aprehendido nuevamente por dos efectivos que le aplican nuevamente un trato áspero y riguroso sobre el cuerpo, golpes de puño a la altura del abdomen y en el antebrazo izquierdo.

Luego es trasladado en la caja cubierta del móvil policial, donde lo pusieron boca abajo, esposado donde continuaron aplicándole trato riguroso. Ya en la dependencia policial, el demorado comenzó a tener dificultades para respirar, por lo que luego se solicitó una ambulancia, que, al llegar, constató que Gallardo se encontraba sin vida.

En la extensa base probatoria, Torres Rubelt expone el informe de autopsia realizado al fallecido, donde se confirma que el deceso de Gallardo se produjo por isquemia aguda de miocardio, lo que fue corroborado por los profesionales médicos que integraron la Junta que realizó la necropsia en forma posterior.

También consigna que los profesionales corroboraron las causas del deceso de Cristian Exequiel Gallardo y verificaron en su cuerpo numerosas lesiones producto del trato riguroso que recibió de parte del personal policial durante el procedimiento de detención y traslado.

En la acusación a los efectivos que actuaron en su detención, el fiscal destaca que inobservaron los reglamentos que le incumben, le dispensaron un trato áspero y riguroso sobre el cuerpo del mismo provocándole lesiones en diversas partes del cuerpo. Luego el deceso se produjo porque ante una situación previsible como lo era la descompensación de quien tenían bajo su custodia en un nuevo accionar imperito no respondieron a la emergencia, practicando al menos maniobras de reanimación que también formaba parte de la capacitación de los mismos, ni efectuando el pedido oportuno de asistencia sanitaria, para que personal de emergencia pudiera concurrir al lugar para resolver la situación.

Respecto a Elio Maximiliano Moya, Torres Rubelt advirtió que con fecha 26 de agosto de 2019, éste encontrándose de oficial de servicio de la Base del Sector 6, consigna datos y situaciones que no se correspondían a lo que había acontecido tras el arribo de Cristian Exequiel Gallardo y la descompensación que sufrió. Como tampoco se correspondían con los registros efectuados en el Libro de Guardia de la Dependencia, todo esto con la única intención de favorecer a sus colegas involucrados a fin de que eludan la persecución penal.

En relación a Ángel Ismael Lozano, se tiene debidamente acreditado que el mismo en ocasión de prestar declaración testimonial ante la Fiscalía, habiendo prestado juramento de decir verdad, omitió referir a las circunstancias acaecidas dentro de la caja del móvil cuando Gallardo fue subido para ser trasladado a la Base del Sector 6A de B° Democracia. Si bien el mismo expresó que allí Gallardo se resistió a que le colocaran las esposas nada dijo de lo que exhibe el video aportado a la causa por la hermana del damnificado, en el que se aprecia la agresión perpetrada por uno de los policías. Debiendo entenderse que su silencio favorecía la situación a quienes lo auxiliaron tras el ilícito que sufrió en la vía pública en el que había intervenido Gallardo.

Juzgan a dos mujeres por la muerte de un bebé en una sala maternal

La propietaria del establecimiento y la persona que se encontraba al cuidado del bebé de 8 meses que falleció por broncoaspiración en el mes de julio de 2018, son juzgadas desde este lunes por el delito de homicidio culposo.

La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ana Inés Salinas Odorisio, representa al Ministerio Público ante la Sala VII del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra Luciana Noelia Dan Fernández y Cristina María Yapura por el delito de homicidio culposo en perjuicio de un bebé de 8 meses que se encontraba a su cuidado en una guardería infantil que funcionaba en calle Santa Fe al 600 de esta ciudad.

Según lo fijado por el Tribunal, la audiencia se desarrollará hasta el 17 de noviembre en el Salón de la Escuela de la Magistratura.

En el requerimiento fiscal se expone que del informe de autopsia se concluyó que la muerte del menor se produjo por neumopatía (bronquilitis), broncoaspiración y de los elementos colectados se determinó que el bebé estaba a cargo de Cristina María Yapura y que la propietaria y responsable de la guardería era Luciana Noelia Dan Fernández, por lo que entiende que ambas incurrieron en el delito de homicidio culposo, ya que a ellas se les había delegado el cuidado y guarda del niño, que por su corta edad no disponía de la capacidad de valerse por sí mismo y que exigía un mayor cuidado.

Según la fiscal, la responsabilidad de la propietaria de la guardería obedece a que su conducta negligente contribuyó al resultado muerte, al haber contratado para el cuidado de un bebé, a una persona que no tenía idoneidad necesaria para asumir el rol.

En tanto, Cristina María Yapura, en su carácter de empleada de la guardería, tenía la obligación de cuidado, protección y vigilancia constante del niño, habiendo incurrido en una conducta omisiva que derivó en la muerte del bebé, que falleció por broncoaspiración, lo que demuestra que hubo un lapso en el que el menor no estaba siendo vigilado por la persona que lo tenía a cargo, ya que de haberlo estado observando, habría podido percibir manifestaciones externas e intervenir para salvarle la vida. Finalmente expresa que se sospecha que las maniobras de resucitación que se hicieron, fueron extemporáneas.

Mathieu Martin: Comenzó el juicio contra los hermanos Cuevas

Este lunes comenzó el juicio contra los hermanos Juan y Froilán Cuevas por el homicidio de Mathieu Martin. Se desarrolla en la Sala de Grandes Juicios y durante la primera jornada se prevé la declaración de los familiares de la víctima mediante video llamada desde Francia. El Tribunal de la Sala VI dispuso que toda la audiencia se transmita por el canal de Youtube del Poder Judicial en atención a la situación epidemiológica actual.

Los fiscales penales Ramiro Ramos Ossorio y Pablo Rivero, representan al Ministerio Público ante la Sala VI del Tribunal de Juicio desde este lunes, en la audiencia de debate contra los hermanos Froilán y Juan Cuevas, imputados como coautores del delito de homicidio simple en perjuicio de Mathieu Pierre Martin.

El Tribunal es colegiado y se dispuso que la audiencia se desarrolle los días 9, 10, 11, 12, 13, 17, 18, 19, 20 y 24 de noviembre, por la mañana.

Para la primera jornada se prevé la lectura del requerimiento a juicio, la identificación de los acusados, la posibilidad de que éstos declaren si así deciden hacerlo y la declaración de los familiares de la víctima, quienes lo harán mediante video llamada desde Francia.

En atención a la situación sanitaria existente, y la imposibilidad de que los familiares de la víctima puedan participar personalmente de la audiencia, el Tribunal dispuso que las instancias sean transmitidas por el canal de Youtube del Poder Judicial.

Un fiscal se aparta del caso Nüesch-Peñalva

El fiscal penal de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio, informó al Tribunal de Juicio Sala II Vocalía II, su excusación para seguir interviniendo en las actuaciones caratuladas como “Muerte Dudosa – Nüesch Yanina, Peñalva, Luján”.

El fiscal Ramiro Ramos Ossorio se excusó de seguir interviniendo en la causa, por mediar Violencia Moral y en base a lo dispuesto por los Arts. 86, 53 letra n del Código Penal.

En la presentación hecha ante el Tribunal, el fiscal describió la situación registrada mientras se recibía una declaración testimonial este jueves, oportunidad en la que se produjo un intercambio de palabras entre el querellante y el funcionario del Ministerio Público Fiscal. Atento al episodio señalado, ocurrido delante de la Jueza interviniente y otras personas, el fiscal pidió al Tribunal que disponga las medidas correctivas pertinentes.

En el documento elevado a la Magistrada para informar sobre su excusación, Ramos Ossorio también citó la situación por la que atravesó debido a las amenazas denunciadas oportunamente y que surgieron luego de la publicación de notas periodísticas en las que se dieron a conocer elementos del proceso. Citó también distintas publicaciones hechas por parte de familiares de Gustavo Peñalva, que descalificaron su labor profesional.

A juicio por conducir ebrio y causar un siniestro vial

Raúl Oscar Roveda se encuentra imputado por el homicidio culposo agravado de una mujer y las lesiones provocadas al conductor de la motocicleta donde viajaba la víctima. El hecho ocurrió el pasado 11 de enero sobre ruta provincial 21. El acusado conducía en estado de ebriedad y a exceso de velocidad.

Imagen ilustrativa

El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 2 para Raúl Oscar Rovera, imputado por los delitos de homicidio culposo por la conducción imprudente y negligente de un vehículo automotor doblemente agravado por superar el nivel de alcoholemia permitido y por exceder ampliamente la velocidad establecida en perjuicio de Yamila López, en concurso ideal con el delito de lesiones culposas en accidente de tránsito en perjuicio de Jonathan Choque.

El hecho ocurrió la noche del pasado 11 de enero sobre ruta provincial 21, intersección con rotonda circunvalación Oeste, pasando el barrio Limache. La colisión se produjo entre una Volkswagen Amarok roja conducida por el imputado, de 53 años, y una moto Honda Titán negra en la que circulaban Jonathan Ramón Choque, de 29 años y su pareja, Rosana Yamila López.

La mujer salió despedida de la motocicleta y al llegar el personal del Samec, constató su deceso, mientras que Roveda y Choque debieron ser trasladados al hospital San Bernardo con politraumatismos y traumatismo de cráneo.

El test de alcoholemia arrojó resultado negativo para el conductor de la moto y su pareja, mientras que el realizado al conductor de la camioneta, dio 1.23 gramos por litro de alcohol en sangre.

También pudo constatarse a través de la pericia accidentológica realizada por el CIF, que la camioneta embistió en la parte trasera a la motocicleta y que circulaba a exceso de velocidad, ya que la máxima permitida en la zona es de 60 km/h y la camioneta circulaba a 93 km/h.

Vaqueros: cuatro detenidos por una tentativa de homicidio

Un  menor y tres mayores se encuentran detenidos por un hecho ocurrido el pasado fin de semana en la localidad, cuando un hombre de 26 años resultó herido con un arma blanca en el contexto de una pelea. El menor está acusado como autor y los mayores como partícipes secundarios.

La fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ana Inés Salinas Odorisio, imputó a un menor de 16 años como autor del delito de tentativa de homicidio en perjuicio de Facundo Martín Vera. A Matías Emanuel Flores, Pablo Gastón Tolaba y Pablo Angel Javier Sumbay como partícipes secundarios del mismo delito.

Ocurrió el pasado fin de semana en la intersección de calles San Martín y Los Tarcos de Vaqueros, cuando dos grupos de personas iniciaron una gresca. En ese marco, el menor de edad hirió con un arma blanca en la clavícula a la víctima y para ello, contó con la participación de los otros acusados, según pudo comprobarse a través de los testimonios recogidos.

Los cuatro detenidos, tras su imputación, prestaron declaración y con sus dichos, trataron de desvincularse del hecho.

Mathieu Martin: el lunes inicia el juicio contra los hermanos Cuevas

Tras una modificación dispuesta por el Tribunal de la Sala VI de Juicio, el próximo lunes 9 de noviembre comenzará el juicio por el homicidio del turista francés, desaparecido en Iruya en agosto de 2018. Los fiscales Ramiro Ramos Ossorio y Pablo Rivero representarán al Ministerio Público en la audiencia de debate que prevé extenderse hasta el 24 de noviembre.

Los fiscales penales Ramiro Ramos Ossorio y Pablo Rivero, representarán al Ministerio Público ante la Sala VI del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra los hermanos Froilán y Juan Cuevas, imputados como coautores del delito de homicidio simple en perjuicio de Mathieu Pierre Martin.

El Tribunal será colegiado y se dispuso que la audiencia se desarrolle los días 9, 10.  11, 12, 13, 17, 18, 19, 20 y 24 de noviembre por la mañana.

Ángela Beatriz Saravia fue absuelta

La mujer, imputada por el homicidio de su pareja, fue absuelta por el Tribunal de la Sala VII por el beneficio de la duda y se ordenó que cesen de inmediato las medidas restrictivas impuestas a Saravia por el Juzgado de Garantías 1.

Este miércoles, pasado el mediodía, el Tribunal de la Sala VII de Juicio, integrado por los jueces María Livia Carabajal, Paola Marocco y Francisco Mascarello, dieron a conocer el veredicto donde absuelven a Ángela Beatriz Saravia del delito de homicidio agravado por la relación de pareja en perjuicio de Luis Leonardo López por el beneficio de la duda.

En los alegatos, el fiscal penal Ramiro Ramos Ossorio solicitó se le aplique una pena de nueve años de prisión por el delito de homicidio agravado por la relación de pareja con circunstancias extraordinarias de atenuación. En tanto, los defensores solicitaron su absolución por legítima defensa.

Caso Gimena Bernasar: agravan la acusación contra dos imputados y los detienen

Pablo Maximiliano Nieva y Ruth Alejandra Loaiza, se encontraban acusados por el delito de falso testimonio en la investigación que se lleva adelante por el homicidio de la mujer de 24 años, ocurrido en junio de 2019. A partir de nuevos elementos probatorios, Nieva fue imputado como partícipe necesario y su pareja como partícipe secundario.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio, imputó a Pablo Maximiliano Nieva como autor del delito de partícipe necesario del delito de homicidio doblemente calificado de Gimena Sofía Bernasar y a Ruth Alejandra Loaiza como partícipe secundario del mismo delito.

Cabe recordar que ambos se encontraban ya imputados por el delito de falso testimonio y a partir del análisis de distintos elementos probatorios, tales como el análisis de telefonía que permiten ubicar al principal acusado, José Humberto Nieva y a Pablo Maximiliano Nieva en cercanías del lugar del homicidio, la Unidad Especial de Investigadores del CIF profundizó las diligencias.

En el caso de Pablo Maximiliano Nieva, el fiscal fundamenta la ampliación de la acusación al considerar que, sin su aporte, el ilícito no se habría cometido. Éste no solo le facilitó los medios y recursos disponibles para que José Humberto Nieva ejecute la acción homicida, sino que se ocupó de articular una “defensa común” tendiente a ubicar a su primo geográficamente fuera del lugar de los hechos, exorbitando la figura de un encubridor.

En el caso de Ruth Alejandra Loaiza, se entiende que tomó conocimiento del hecho por parte de su pareja y colaboró de manera secundaria con José Humberto Nieva al realizar acciones tendientes a entorpecer la investigación en todo momento, aportando datos que hacían creer que se habría tratado de un suicidio y no un homicidio, con la única finalidad de desviar la investigación. También habría cometido maniobras obstructivas en el lugar del hecho, tales como la manipulación de las llaves de la habitación y un teléfono celular.

José Humberto Nieva se encuentra detenido desde el mes de diciembre y Pablo Maximiliano Nieva y Ruth Alejandra Loaiza fueron detenidos en las últimas horas. Ambos, tras conocer la acusación en su contra, se abstuvieron de declarar.

Prisión perpetua para «el cordobés»

Enrique René Frey fue condenado por los delitos de homicidio calificado por haberse cometido con ensañamiento y alevosía, y tentativa de homicidio calificado por haberse cometido con ensañamiento y alevosía en concurso real. Deberá recibir tratamiento psicológico y será registrado en el Banco de Datos Genéticos.

El juez de la Sala VI del Tribunal de Juicio, Guillermo Pereyra, condenó este martes a René Enrique Frey de 62 años a la pena de prisión perpetua como autor del homicidio calificado de César Pérez Oviedo y la tentativa de homicidio calificado de Raúl Ismael Sajama.

En el mismo fallo se ordena que el condenado reciba tratamiento psicológico y dispuso que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio, representó al Ministerio Público en la audiencia de debate por este hecho ocurrido la mañana del 14 de enero de este año en una casilla ubicada en cercanías del basural camino a la cárcel de General Güemes.