Un acusado de sustraer la batería de un vehículo accedió a la suspensión del juicio a prueba por un año. Deberá realizar tareas comunitarias, terminar sus estudios secundarios y pagar $100.000 como reparación a la víctima.
El fiscal penal 4, Facundo Ruiz de los Llanos, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia en la que se concedió la suspensión del juicio a prueba a un hombre acusado del delito de robo simple.
De conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 8520, la Fiscalía solicitó la aplicación del instituto y el juez Maximiliano Troyano hizo lugar al pedido, disponiendo la suspensión del proceso por el plazo de un año, durante el cual el acusado deberá cumplir distintas reglas de conducta.
Entre las obligaciones establecidas, deberá realizar tareas comunitarias durante cuatro meses en una iglesia, donde tendrá a su cargo tareas de mantenimiento y corte de pasto. También deberá retomar sus estudios secundarios.
Como parte del acuerdo, el acusado ofreció una reparación económica de $100.000 a la víctima, quien aceptó la propuesta. El monto será abonado en cuatro cuotas mensuales y consecutivas de $25.000.
La causa se inició por el robo de la batería de un vehículo en Villa Soledad. El acusado fue demorado posteriormente y el elemento pudo ser recuperado.
La audiencia se desarrolló con la intervención de la defensa técnica. El cumplimiento de las condiciones fijadas deberá acreditarse durante el período de suspensión del proceso.