Condenado a 13 años de prisión por abuso y corrupción de su hijo menor de edad

La pareja llegó a juicio, acusada de haber cometido abuso sexual y corrupción de menores contra un menor de 8 años, al momento del hecho. La denunciante fue la madre biológica del niño.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual (UDIS), Rodrigo González Miralpeix, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala III del Tribunal de Juicio del Distrito Centro, en la audiencia de debate contra un hombre de 36 años por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el vínculo, guarda y convivencia y corrupción de menores agravada por el vínculo y contra una mujer de 34 años por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores, por la edad del menor al momento del hecho.

En virtud de lo declarado durante la audiencia de debate por la víctima, quien al momento del hecho era menor de edad, el fiscal González Miralpeix solicitó el cambio de calificación para ambos.

La madre biológica del entonces niño de 8 años denunció que en julio de 2013, había tomado conocimiento por mensaje de texto de su hijo que su padre lo había obligado a hacerle “cosas sucias” a la acusada, las que luego le relató personalmente.

En los fundamentos del requerimiento a juicio, el fiscal sostuvo que se tiene debidamente acreditado que el acusado había obligado a su hijo menor de edad a realizar actos depravados de carácter sexual, evidenciado en el dibujo que realizó en Circuito Cerrado de Televisión (CCTV). Del resultado de la entrevista psicológica surgió, además, que era notable el menoscabo que le había ocasionado la situación, debido a que no logró dar a conocer lo sucedido de forma oral.

El Juez Pablo Farah condenó al hombre de 36 años a la pena de 13 años de prisión de ejecución efectiva por encontrarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia, en concurso ideal con el delito de corrupción de menores, agravado por el vínculo.

En el mismo fallo, el Juez absolvió a la mujer de 34 años por mediar una causa de justificación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34, inciso 2 del Código Penal, ordenando su inmediata libertad.

Se dispuso, además, la extracción de material genético del condenado, por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Una niña contó que su papá la abusaba desde los 5 años

La fiscal Penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, Soledad Filtrín Cuezzo, requirió que la menor recibiera contención del Servicio de Asistencia a la Víctima y fuera examinada por médicos del CIF. Imputó al hombre y solicitó el mantenimiento de su detención.

La fiscal Penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, Soledad Filtrín Cuezzo, imputó provisionalmente a un hombre de 42 años por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia; y por corrupción de menores agravada por la minoridad de la víctima, vínculo y convivencia.

La intervención del Ministerio Público Fiscal inició luego de que una persona denunciara el 5 de febrero que una niña de 12 años le había contado que su papá abusaba sexualmente de ella.

La denunciante manifestó que la menor de edad había relatado que los abusos comenzaron a los cinco años y que, muchas veces, su papá le sacaba fotos y videos de sus partes íntimas.

Al tomar conocimiento de la denuncia, la fiscal Filtrín Cuezzo ordenó distintas medidas a fin de resguardar a la víctima e investigar los hechos.

El hombre fue capturado, imputado y se solicitó el mantenimiento de su detención. La menor de edad fue examinada por especialistas del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) y se solicitó sea contenida por el Servicio de Asistencia a la Víctima (SAVIc).

Cumplirá 12 años de prisión efectiva por abusar de las nietas de su expareja

Las madre descubrió en el historial del teléfono celular de una de ellas, el registro de ingreso a páginas de contenido sexual.  El hombre permaneció prófugo durante cuatro años.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual (UDIS), Rodrigo González Miralpeix, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de debate contra un hombre de 54 años, como autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y circunstancias de realización, agravado por la guarda y corrupción de menores agravada en concurso real y en perjuicio de dos menores de 8 y 9 años.

En el requerimiento a juicio, el fiscal fundamentó la acusación en el hecho que el acusado, aprovechando los días que las niñas quedaban en casa de su abuela, quien era pareja del ahora condenado, las sometía a  tocamientos y actos libidinosos y ultrajantes, conductas que se reiteraron en el tiempo y cuyos actos atentaron contra la dignidad e integridad sexual de las menores.

Por otra parte, sostuvo el fiscal Gonzalez Miralpeix que el imputado incurrió en el delito de corrupción de menores agravada ya que, aprovechando la situación de vulnerabilidad de ambas niñas (edad y cuidado), consumó un accionar objetivamente idóneo para la depravación de la conducta sexual de las mismas, a través de prácticas sexuales precoces y obligándolas a ver videos de contenido sexual, siendo tales actos destinados a corromper el normal desarrollo de la sexualidad de las nietas de su pareja.

Todo ello encuentra sustento en la declaración de ambas víctimas, mediante Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), que fuera respaldada mediante informes psicológicos y con el testimonio de la madre de las menores.

La denuncia había sido radicada en febrero de 2018 por parte de la madre de las niñas, quien relató que el individuo era pareja de su madre, con quien convivía y que sus hijas se quedaban a dormir en ese domicilio, quedando al cuidado de su abuela.

La mujer relató que un día, al revisar el celular de una de sus hijas, observó que en el historial del buscador habían quedado registrados los ingresos a páginas de contenido para adultos. Al interrogarlas, las niñas contaron lo que sucedía con la pareja de su abuela, quien les decía que si le contaban a su mamá o a su papá, les iban a pegar.

Luego de la denuncia, el acusado se retiró de la vivienda que compartía con la abuela de las menores y permaneció prófugo hasta 2022.

El Juez José Luis Riera, de la Sala VI del Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Centro condenó a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo al hombre de 54 años. En el mismo fallo, el Juez dispuso que se le extraigan muestras de ADN para su incorporación en el Registro Nacional de Datos Genéticos, vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual y en el Banco de Datos Genéticos Provincial.

11 años de prisión para un hombre por abusar sexualmente de su hija

La hermana de la víctima radicó la denuncia en febrero de 2022.

El fiscal Penal de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual 4, Pablo Rivero, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia debate que se llevó a cabo en la Sala 4 del Tribunal de Juicio del distrito Centro, en contra de un hombre acusado de abusar sexualmente de su hija de diez años.

Tras la presentación de todas las pruebas reunidas a lo largo de la investigación realizada por la UDIS 4, el acusado fue condenado a once  años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización y la duración en el tiempo agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia en perjuicio de una menor de 18 años de edad;  abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia en perjuicio de una menor de 18 años de edad; y corrupción de menores agravado por ser cometido en perjuicio de una menor de 13 años, por mediar violencia o cualquier otro medio intimidatorio, el vínculo y la guarda, todo en concurso real.

Tras ser hallado culpable, el juez Maximiliano Troyano dispuso que se le realice al condenado un examen genético (ADN) para su incorporación al Banco de Datos Genéticos, previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG) por el Registro provincial de condenados vinculados a delitos contra las personas y contra la integridad sexual.

La intervención del Ministerio Público Fiscal inició luego de que una joven radicara denuncia el 23 de febrero de 2022 en contra del padre de su hermana de diez años. La mujer aseguró que el hombre abusaba sexualmente de la adolescente.

En Circuito Cerrado de Televisión, la víctima confirmó lo denunciado, contando que los tocamientos habían comenzado cuando tenía nueve años de edad y que habían llegado a suceder delante de un hermano de 20 años. Además, narró otros hechos en los que se vio vulnerada su integridad sexual.

Teniendo en cuenta la declaración de la víctima, el testimonio de su hermana y los informes médicos, ambientales y psicológicos, el fiscal Rivero formalizó la acusación en contra del hombre y solicitó que fuera juzgado, instancia que finalmente concluyó con la condena a once años de prisión efectiva.

 

Padre condenado a 12 años de prisión por hechos de abuso contra su hija menor

Los abusos comenzaron desde que la niña tenía 5 o 6 años de edad, en ausencia de su madre y pareja del hombre de 36 años.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual (UDIS), Rodrigo González Miralpeix, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de debate contra un hombre de 36 años como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por la reiteración y circunstancias de realización, agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia; abuso sexual con acceso carnal continuado, agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia; coacción y corrupción de menores agravada.

En febrero pasado, fue la pareja del imputado quien radicó la denuncia contra quien, además, es el padre de sus hijos y de la menor que sufrió los abusos.

Según relató la mujer, la niña se acercó llorando y le pidió hablar. Fue entonces  cuando le manifestó que no quería quedarse con su papá porque cuando se iba a dormir la sometía a tocamientos. Los abusos se consumaban desde hacía cuatro años y cuando la pareja del imputado se ausentaba de la vivienda en la que convivían con sus hijos, para ir a trabajar.

Al momento de elevar el requerimiento a juicio, el fiscal González Miralpeix sostuvo que el delito descripto resulta agravado, ya que el imputado se valió de la posición de superioridad, derivada del vínculo familiar existente, por ser el padre de la niña, figura que presupone protección y seguridad, además de la obligación de cuidado.

Además, mientras desplegaba los hechos abusivos, le infundía miedo a la menor, a través de los dichos que profería, obligándola a actuar de determinada manera y aprovechando la figura de autoridad por ser el padre.

La figura de corrupción de menores se verifica por cuanto el hombre, mediante conductas corruptoras, alteró el desarrollo y la integridad psicosexual de la niña y que se evidencia en sus declaraciones, hechos que sucedieron desde que ella tenía 5 o 6 años de edad, demostrado a través del crudo relato.

De los resultados del informe psicológico realizado a la niña por parte de la perito del Servicio de Psicología del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) surge que no se evidenciaron indicadores de mendacidad (hábito de mentir). Se observan sentimientos de inseguridad, vivencia los vínculos como peligrosos. Se mencionan, también, síntomas reactivos a situaciones traumáticas que requirieron tratamiento psicológico.

La Sala IV del Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Centro condenó a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo al hombre, padre de la menor de 10 años. En el mismo fallo, la jueza Norma Beatriz Vera dispuso que se le extraigan muestras de ADN para su incorporación en el Registro Nacional de Datos Genéticos, vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual y en el Banco de Datos Genéticos Provincial.

Quedaba al cuidado de su hija y abusó de ella durante años

La menor fue sometida a diferentes actos de abuso y recibía amenazas para que no contara lo ocurrido. El relato coherente y constante de la víctima fue fundamental para fortalecer la credibilidad de su testimonio.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual (UDIS), Rodrigo González Miralpeix, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 2, del Distrito Centro, para un hombre de 36 años, por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por la reiteración y circunstancias de realización, agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia; abuso sexual con acceso carnal continuado, agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia; coacción, todo en concurso real y corrupción de menores agravada, en concurso ideal.

El acusado es padre de la víctima, a la que sometió a tocamientos desde que tenía 5 años y hasta los 10, mientras se quedaba a su cuidado y la madre trabajaba, lo que sucedió en reiteradas oportunidades.

En la declaración mediante Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), la niña confirmó que fue sometida a tocamientos a partir de los 5 o 6 años de edad, y que ella buscaba protección en la habitación que compartía con su hermana para evitar que el acusado continuara con su accionar. Relató además, que este comportamiento sucedía también mientras jugaba con sus hermanos, o cuando dormía.

El fiscal de UDIS 2 entiende que corresponde la imputación por el primer delito, dado que los tocamientos implicaron un ultraje severo, humillante y vejatorio, el que resulta agravado por el hecho de ser el imputado el padre biológico de la menor, lo que presupone el cuidado hacia su hija. En los fundamentos, afirma que los hechos descriptos se encuentran debidamente corroborados, no sólo en la declaración de la niña, sino también en el certificado de revisación médica.

La menor relató que para ocultar los hechos abusivos, el hombre la amenazaba diciéndole que no le iban a creer y que le sucedería lo mismo a sus hermanas menores. Es por ello que corresponde atribuir al imputado el delito de coacción, sostiene en el requerimiento el fiscal González Miralpeix, puesto que lograba impartir miedo en la víctima con sus dichos, colocándola en un estado de necesidad para que actúe de cierto modo, aprovechando la figura de autoridad, por ser el padre.

El delito de corrupción de menores agravada se verificaría, sostiene el requerimiento, en el crudo relato de la víctima, lo que demuestra que el imputado llevó adelante actos con entidad suficiente como para alterar el normal proceso de formación y desarrollo sexual de la misma, quien sufrió ataques salvajes y sistemáticos contra su libertad, dignidad e integridad sexual, por parte de su propio padre y cuya aptitud corruptora de todos y cada uno de estos ataques, resulta indudable. Lo anterior se corrobora en el resultado del informe psicológico, realizado por la psicóloga del Servicio de Psicología del CIF, del que surge que la niña presenta una serie de conductas y trastornos indicadores de vivencia de daño y trauma.

El fiscal González Miralpeix destaca la consistencia del testimonio de la víctima, que se ha mantenido firme a lo largo de todo este periodo, lo que confirma su credibilidad. “No hay que olvidar que los delitos de abuso sexual se consuman en un marco de privacidad que conspira habitualmente para la incorporación de elementos probatorios, por ello el testimonio de la víctima adquiere plena prueba al no advertir interés y odio tendiente a perjudicar al imputado”, concluye el requerimiento.

Condenan a comerciante por abuso sexual y corrupción de menores

El hombre fue sentenciado a siete años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo. Se dispuso que el condenado realice un tratamiento psicológico.

La fiscal Penal de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual 3, Cecilia Flores Toranzos, representó al Ministerio Público Fiscal durante el juicio en el que se condenó a un hombre de 34 años a la pena de siete años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal y corrupción de menores agravada.

Los padres de una niña de 12 años denunciaron al hombre, quien tenía un comercio en la zona de residencia, por haber violado la integridad sexual de su hija.

Durante el juicio, la fiscal Flores Toranzos presentó las pruebas reunidas en la etapa de investigación y que fueron concluyentes para la condena del acusado.

El comerciante fue puesto a disposición del Servicio Penitenciario Provincial y la jueza Norma Vera de la Sala 4 del Tribunal de Juicio dispuso además, que reciba tratamiento psicológico.

 

J.V. González: 15 años de prisión para un abusador

Un hombre de 40 años, que se desempeñaba como efectivo policial, fue condenado por cometer reiterados actos de abuso sexual en perjuicio de una menor de edad, a la que no reconoció como hija pero con la que mantenía contacto. Será registrado en el Banco de Datos Genéticos.

La fiscal penal de Joaquín V. González, María Celeste García Pisacic, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala II del Tribunal de Juicio de ese distrito, en la audiencia de debate contra un hombre de 40 años por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda, y corrupción de menores agravado por la guarda en concurso ideal en perjuicio de una menor de edad.

La denuncia fue radicada por la madre de la menor de edad en contra de un hombre con el que  mantuvo una relación de pareja, de la que habría nacido la damnificada. El acusado se desempeñaba como personal policial y sin haber reconocido a la adolescente, mantenía un vínculo y pasaba a buscarla para pasear o tomar un helado.

A partir de unos mensajes que detectó la denunciante, pudo constatar que el acusado abusó sexualmente de su hija en reiteradas oportunidades entre 2018 y 2019 y la mantenía amenazada para que no revele lo que sucedía.

Durante la investigación no pudo acreditarse científicamente el vínculo parental entre el acusado y la menor pero sí quedó establecida la situación de guarda, ya que la retiraba desde el domicilio materno con fines de afianzar el supuesto vinculo parental (padre-hija).

La jueza Carolina Poma Salvadores condenó al acusado a la pena de 15 años de prisión efectiva y en el mismo fallo, dispuso la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Lautaro Teruel: Desistieron de las réplicas y se espera el veredicto

La audiencia de debate contra Lautaro Teruel, acusado por el abuso sexual agravado de dos víctimas, y contra Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán en uno de los casos, fue clausurada por los jueces de la Sala III del Tribunal de Juicio, luego de que el fiscal penal Federico Obeid y ambas querellas desistieran del uso de las réplicas. Se aguarda el veredicto.

Antes de que los jueces pasaran a deliberar, declararon brevemente y por última vez los tres coimputados.

Marco Lautaro Teruel está acusado en una primera causa de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño en la salud de la víctima en concurso ideal con exhibiciones obscenas agravadas continuadas en concurso ideal con corrupción doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño.

En la segunda causa, Teruel fue imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas en coautoría con Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán. Interviene el fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid.

Durante los alegatos, el fiscal penal Federico Obeid, requirió ante la Sala III del Tribunal de Juicio, la pena de 17 años de prisión efectiva para Marco Lautaro Teruel por ambas causas acumuladas, mientras que la querella de la primera causa solicitó al Tribunal la pena de 15 años de prisión efectiva.

Por otra parte, la querella de la segunda causa solicitó una pena de 15 años de prisión efectiva para Marco Lautaro Teruel y la pena de 10 años de prisión efectiva para los coimputados Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán.

Tanto el fiscal como las querellas requirieron al Tribunal que en caso de que se dicte una sentencia condenatoria, se revoque la prisión domiciliaria de los coimputados y sean inmediatamente alojados en establecimiento carcelario.

Lautaro Teruel: Réplicas en el juicio por las dos causas de abuso sexual

La audiencia de debate contra Lautaro Teruel, acusado por el abuso sexual agravado de dos víctimas, y contra Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán en uno de los casos, continuará este lunes con el desarrollo de las réplicas.

Marco Lautaro Teruel, está acusado en una primera causa de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño en la salud de la víctima en concurso ideal con exhibiciones obscenas agravadas continuadas en concurso ideal con corrupción doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño.

En la segunda causa, Teruel fue imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas en coautoría con Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán. Interviene el fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid.

En la jornada anterior, ocurrida el pasado viernes, concluyeron los alegatos con la exposición de las defensas de los coimputados.

Previamente, el fiscal penal Federico Obeid, requirió ante la Sala III del Tribunal de Juicio, la pena de 17 años de prisión efectiva para Marco Lautaro Teruel por ambas causas acumuladas, mientras que la querella de la primera causa solicitó al Tribunal la pena de 15 años de prisión efectiva.

Por otra parte, la querella de la segunda causa solicitó una pena de 15 años de prisión efectiva para Marco Lautaro Teruel y la pena de 10 años de prisión efectiva para los coimputados Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán.

Tanto el fiscal como las querellas requirieron al Tribunal que en caso de que se dicte una sentencia condenatoria, se revoque la prisión domiciliaria de los coimputados y sean inmediatamente alojados en establecimiento carcelario.

Las instancias finales de la audiencia de debate que inició el 27 de septiembre y que se encuentra a cargo de la Sala III del Tribunal de Juicio, presidido por la jueza Carolina Sanguedolce y con la vocalía de los jueces María Gabriela González y Pablo Farah, continuarán este lunes 18 de octubre, desde las 8.30, en el Salón de Grandes Juicios del Poder Judicial, con el desarrollo de las réplicas.