El Ministerio Público Fiscal participó de la Segunda reunión de la Conferencia de las Partes (COP 2)

El encuentro, denominado COP 2, contó con la presencia de autoridades nacionales y activistas socioambientales de América Latina y El Caribe.

Atento al rol de defensa de los intereses generales ambientales de la sociedad y de atención y resguardo de víctimas ambientales al que está llamado a cumplir el Ministerio Público Fiscal, se comisionó al funcionario especializado en asuntos ambientales, Sebastián Lloret, a concurrir a la Segunda Reunión de la Conferencia de las Partes (COP 2).

La invitación a participar de este encuentro llegó por parte del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en Argentina (PNUD), cuyo representante Residente en Argentina es Claudio Tomasi. El PNUD es la red mundial de la ONU que impulsa el acceso al conocimiento, experiencia y obtención de recursos necesarios por parte de los países como una forma de colaborar a que las personas accedan y labren un futuro mejor. Trabaja en 1470 países y territorios, ayudando a erradicar la pobreza, reducir las desigualdades y la exclusión social.

La dinámica de esta segunda reunión en la que Lloret hizo uso de la palabra en calidad de miembro del Sistema Judicial, abarcó una serie de paneles multiinstitucionales, en los que se abordaron temáticas  vinculadas al ambiente como, la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran comunidades del mundo, la directa relación del ambiente con los derechos humanos, la relación de los desastres naturales con la contaminación, y la implementación de las leyes ambientales.

En julio de 2022, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) emitió una resolución general en la que reconoce el derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible, como un derecho humano universal. Además pide a los Estados, las organizaciones internacionales y las empresas que intensifiquen sus esfuerzos para garantizar un medio ambiente sano para todos.

El Acuerdo de Escazú del 4 de marzo de 2018, es el primer acuerdo regional ambiental de América Latina y el Caribe y el primero en el mundo cuyo contenido incluye disposiciones específicas sobre personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales. Tiene como objetivo garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos al acceso a la información ambiental; la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia en asuntos ambientales. Además, promueve la formación de autoridades y equipos de gobierno, la sensibilización ciudadana y la cooperación entre los países.

Argentina aprobó dicho acuerdo en el año 2020, mediante Ley 27566.