Imputaron al concejal Ledesma por abuso sexual simple

La medida, según se informó desde la fiscalía de la ciudad de Metán, se concretó esta mañana. La investigación se había iniciado a partir de la denuncia de la madre de una menor de 16 años, quien sostuvo que el edil habría intentado besarla y tocar sus partes íntimas. 

“La audiencia se formalizó en horas de la mañana” sostuvo la fiscal penal 2 de Metán, Ana Inés Salinas, a cargo del caso. La audiencia de imputación se dispuso a partir de un análisis inicial de la denuncia y otras pruebas que se produjeron en la etapa preliminar.

Raúl Ledesma, cabe señalar, fue denunciado por acosar y tocar las partes íntimas de una menor, hecho que habría ocurrido en una sede partidaria ubicada en la esquina de las calles San Martín y 20 de Febrero, en la ciudad de Metán.

Tras la denuncia, la fiscal Salinas, por excusación de su colega Sergio Castellanos, asumió la investigación y ordenó una serie de medidas procesales a fin de poder establecer detalles de la acusación realizada por la madre de la menor en su denuncia.

En ese marco se realizó una sesión de cámara gesell a la menor, como así también a otras menores, amigas de la presunta víctima. En vista de estas diligencias y a fin de darle participación a las partes, la defensa y la querella, Salinas dispuso esta mañana la imputación penal contra el concejal por el delito de supuesto abuso sexual simple, establecido en el artículo 119, primer párrafo, del Código Penal.

“A partir de la formalización de la imputación, ahora las partes podrán litigar y arrimar pruebas que permitan esclarecer lo sucedido. Asimismo, el acusado, quien había solicitado ya hacer su descargo, tuvo su oportunidad de prestar declaración indagatoria, instancia de la cual ya hizo uso”, reveló la fiscal.

En tanto, se encuentran aún pendientes otras medidas de investigación ordenadas, entre ellas “un informe victimológico, la inspección ocular de los mensajes existente en el teléfono celular y, al menos, otras tres o cuatro testimoniales”.

La escala penal de la calificación impuesta establece la libertad provisoria del acusado, situación que podrá o no modificarse en el curso del proceso, siendo para ello de vital importancia el resultado de las pruebas que se produzcan.