Fiscales federales y provinciales optimizan recursos e infraestructura disponibles

La Procuración General de la Nación, el Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina y el Consejo Federal de Política Criminal, acordaron el trabajo conjunto de los Ministerios Públicos Provinciales y Federal en todo el territorio del país, a efectos de optimizar los recursos humanos y la infraestructura disponibles.

Lo hicieron a partir de un convenio específico complementario entre la Procuración General de la Nación, el Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina y el Consejo Federal de Política Criminal, al entender que a partir del estado de emergencia sanitaria por el que atraviesa el país, “es necesario dar un mensaje claro y contundente a la ciudadanía por parte de quienes tienen el peso institucional de llevar adelante investigaciones o colaborar con ellas en el marco de la emergencia”.

Por ello, en una actitud de racionalidad y compromiso institucional, acordaron el trabajo conjunto de los Ministerios Públicos Provinciales y Federal en todo el territorio del país, con el objetivo de optimizar los recursos humanos y la infraestructura de ambos.

En ese sentido, el procurador de Salta, Abel Cornejo ratificó la expresión del Consejo y dijo que “la situación crítica generada requiere el esfuerzo complementario de todos los estamentos, y en tal entendimiento asumimos este compromiso de actuación conjunta y de unión de voluntades en aras a un mejor servicio a la comunidad”.

El convenio, que se extenderá por dos años, tiene por objeto coordinar y aunar esfuerzos entre los fiscales provinciales y federales, para afrontar, en este momento crítico de la historia argentina, las investigaciones criminales iniciadas a partir los hechos vinculados a la pandemia del virus COVID-19 que azota a la República Argentina. Se comprometieron a colaborar, en el ámbito de sus competencias, a coordinar políticas públicas tendientes a resguardar la salud pública y lograr, una persecución penal más efectiva de los delitos vinculados a los hechos que vulneren la emergencia dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional o contribuyan a la propagación de la pandemia del virus COVID-19.

También, a fortalecer los lazos de cooperación (ya establecidos en un primer convenio de septiembre pasado), y si fuera necesario, un marco jurídico para la colaboración, tendiente a impulsar acciones de intercambio de información y utilización de los servicios existentes.

Además, generarán capacitaciones conjuntas e intercambio de experiencias que redunden en una mayor concientización de los operadores que integran los organismos y para lograr mayor eficiencia, celeridad y transparencia en los procesos penales que se lleven adelante.

Por supuesto, los fiscales mantendrán la individualidad y autonomía de sus respectivas estructuras técnicas, administrativas y presupuestarias.

Por la vigencia del protocolo que restringe la circulación, las interconsultas de los fiscales serán realizadas digitalmente.

El acuerdo fue firmado por el procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal; el presidente del Consejo de Procuradores, Alejandro Gullé, y el del Consejo de Política Criminal, Eduardo Quattropani.

Normativa específica

• El Poder Ejecutivo Nacional adoptó medidas tendientes a mitigar el flagelo epidemiológico y su impacto sanitario. Dictó el DNU 260/2020, que se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley n° 27.541.

• Se advirtió que en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento indicado y demás obligaciones allí establecidas se estarían infringiendo, cuanto menos, los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal de la Nación.

• Las infracciones a las normas de la emergencia sanitaria previstas en ese decreto darían lugar a las sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente, sin perjuicio de las denuncias penales que corresponda efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública, conforme lo previsto en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.

• Las medidas se profundizaron por medio del DNU 297/2020, que dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él. La existencia de infracción al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.

• La Procuración General de la Provincia, dictó distintas resoluciones específicas para garantizar agilizar el cumplimiento de todas las normativas en el territorio provincial